Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13715)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Fomento de la Lectura 2017-2020 y su incidencia en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 89107

máximo de que dispone la Administración para hacer efectiva la conformidad a la entrega efectiva
de los bienes o prestación del servicio y retrasos en liquidaciones y pagos (epígrafe II.2.1).
15. La actividad convencional como forma de relación entre el Ministerio y organizaciones públicas
y privadas, para promocionar la lectura, ha adquirido una gran importancia. El número total de
convenios identificados durante el periodo de vigencia del PFL ha sido de 24, tres de los cuales
tienen contenido económico, cuyo importe conjunto asciende a 81.000 euros. El montante
finalmente realizado suma 61.482,50 euros (76 % de la cifra comprometida) (epígrafe II.2.2).
16. Los instrumentos de formalización de los convenios económicos se ajustan, por lo general, a las
exigencias de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, si bien se han detectado
algunas deficiencias, tales como la falta de memoria justificativa, informe jurídico e informe de
hacienda; la ausencia de comprobantes relativos a la constitución de los órganos mixtos de
seguimiento; el desfase temporal entre la firma del convenio y la publicación en el BOE; y la
carencia de datos de ejecución presupuestaria (epígrafe II.2.2).
17. A pesar de que no ha sido posible establecer un nexo claro entre las subvenciones otorgadas
por la SGLLL y el PFL 2017-2020, se ha admitido que todas las líneas de subvención
comprendidas en el programa presupuestario 334B comparten algún objetivo del PFL 20172020, por lo que el nivel de ejecución deducido en los capítulos presupuestarios de transferencias
corrientes y de capital coincide con el del total del programa presupuestario (epígrafe II.2.3).
18. Las dos líneas de subvención analizadas para valorar tanto la legalidad como los buenos
principios de gestión, se encuentran recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones 20182020 del antiguo Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. No obstante, sus respectivos
indicadores están diseñados y enfocados más a la gestión que a los resultados y no muestran
información sobre el impacto de las medidas establecidas, ni el grado de consecución de los
objetivos desde la perspectiva de la eficacia, eficiencia y economía de las subvenciones
(subepígrafe II.2.3.1).
RECOMENDACIÓN Nº 8:
Sería recomendable que, en el próximo Plan Estratégico de Subvenciones, el MCUD redefiniera
los objetivos e indicadores de las subvenciones relacionadas con el fomento de la lectura, de
modo que estuvieran más dirigidos a la medición de resultados y su consecución.
19. De las cuatro convocatorias analizadas de la subvención promoción de la lectura y las letras
españolas y de las tres de la subvención proyectos de animación a la lectura María Moliner, solo
la convocatoria de 2018 de la subvención promoción de la lectura y las letras españolas hace
referencia expresa al PFL 2017-2020. (subepígrafe II.2.3.1).

Aunque a partir del ejercicio 2022 en las convocatorias de subvenciones se hace referencia al
Plan de Fomento de la Lectura del que derivan, sería recomendable que la SGLLL reflejara
también en las convocatorias, las líneas, programas y actuaciones del Plan que se pretenden
cumplir. De esta manera se facilitaría el seguimiento de la ejecución del Plan, así como la
medición de sus resultados.
20. La mayor parte de solicitantes de la subvención promoción de la lectura y las letras españolas,
cuyo objeto es fomentar actividades de promoción de la lectura, particularmente, a través de la

cve: BOE-A-2025-13715
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RECOMENDACIÓN Nº 9: