Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13709)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas de fomento e incentivos estatales a la cinematografía y al sector audiovisual, ejercicios 2020 y 2021.
91 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88702
una estrategia de recursos humanos orientada a disponer de los medios necesarios para el
desempeño de sus funciones y la segunda a elaborar un instrumento de planificación de
subvenciones. Por los motivos señalados en el epígrafe II.3.1 no se han constatado avances
significativos en relación con la primera, mientras que, conforme a lo expuesto en el epígrafe II.2.3,
el ICAA incluye sus líneas de subvenciones en los correspondientes PES del MCUD, si bien son
reseñables las debilidades y aspectos de mejora que se señalan en este último epígrafe.
II.10. TRANSPARENCIA
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno, regula en sus artículos 5 y siguientes, la obligación de publicidad activa de las instituciones
públicas.
Respecto a la publicación de la Información institucional, organizativa y de planificación, en la página
web del ICAA, como consecuencia de las carencias puestas de manifiesto en el epígrafe II.2.1, no
se puede recoger la correspondiente a su planificación anual y plurianual.
Por su parte, la Recomendación 1/2017, de 23 de abril, del Consejo de Transparencia y Buen
Gobierno, instaba a dar publicidad de las agendas de los responsables públicos, sin que la web del
ICAA recoja esta información.
Se considera de relevancia jurídica, conforme al artículo 7 de la Ley de Transparencia y dadas las
competencias del ICAA, el Anteproyecto de Ley del Cine y la Cultura Audiovisual, el cual no aparece
en la web del Organismo, aunque sí está alojado en la del MCUD. También son de relevancia
jurídica las memorias e informes que conforman los expedientes de elaboración de los textos
normativos, en particular, la memoria del análisis de impacto normativo regulada por el RD
931/2017, de 27 de octubre, que, aun refiriéndose al sector del cine y audiovisual, no aparecen en
la web de transparencia del ICAA.
Respecto a la información económica y presupuestaria, se observa la ausencia de una relación de
los convenios suscritos y de las retribuciones percibidas anualmente por la Directora General,
aunque estas se encuentran disponibles en el Portal de Transparencia de la AGE. La información
presupuestaria se refiere solo a las ayudas concedidas, aunque no se incluyen datos sobre las
subvenciones nominativas otorgadas a las instituciones y entidades culturales que se detallan en el
epígrafe II.5.5.
Finalmente, si bien la información estadística existente en la web del ICAA y del MCUD es muy
amplia y diversa, no permite valorar directa y completamente el grado de cumplimiento y calidad de
los servicios públicos competencia del ICAA, pese a lo dispuesto en el artículo 8.1.i de la Ley de
Transparencia.
De acuerdo con los datos contenidos en el estudio de indicadores estadísticos culturales vinculados
al cine y desgloses por sexo, por la Subsecretaría del MCUD, en 2022, el 44,3 % del empleo en
actividades de carácter cinematográfico, de vídeo, radio y televisión, era femenino.
II.11.1. A través de las ayudas
El artículo 19 de la LC indica que el ICAA ha de establecer medidas de fomento de igualdad de
género en el ámbito de la creación cinematográfica y audiovisual. Como concreción de este
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 26/10/2023
67
cve: BOE-A-2025-13709
Verificable en https://www.boe.es
II.11. FOMENTO DE LA IGUALDAD DE GÉNERO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88702
una estrategia de recursos humanos orientada a disponer de los medios necesarios para el
desempeño de sus funciones y la segunda a elaborar un instrumento de planificación de
subvenciones. Por los motivos señalados en el epígrafe II.3.1 no se han constatado avances
significativos en relación con la primera, mientras que, conforme a lo expuesto en el epígrafe II.2.3,
el ICAA incluye sus líneas de subvenciones en los correspondientes PES del MCUD, si bien son
reseñables las debilidades y aspectos de mejora que se señalan en este último epígrafe.
II.10. TRANSPARENCIA
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno, regula en sus artículos 5 y siguientes, la obligación de publicidad activa de las instituciones
públicas.
Respecto a la publicación de la Información institucional, organizativa y de planificación, en la página
web del ICAA, como consecuencia de las carencias puestas de manifiesto en el epígrafe II.2.1, no
se puede recoger la correspondiente a su planificación anual y plurianual.
Por su parte, la Recomendación 1/2017, de 23 de abril, del Consejo de Transparencia y Buen
Gobierno, instaba a dar publicidad de las agendas de los responsables públicos, sin que la web del
ICAA recoja esta información.
Se considera de relevancia jurídica, conforme al artículo 7 de la Ley de Transparencia y dadas las
competencias del ICAA, el Anteproyecto de Ley del Cine y la Cultura Audiovisual, el cual no aparece
en la web del Organismo, aunque sí está alojado en la del MCUD. También son de relevancia
jurídica las memorias e informes que conforman los expedientes de elaboración de los textos
normativos, en particular, la memoria del análisis de impacto normativo regulada por el RD
931/2017, de 27 de octubre, que, aun refiriéndose al sector del cine y audiovisual, no aparecen en
la web de transparencia del ICAA.
Respecto a la información económica y presupuestaria, se observa la ausencia de una relación de
los convenios suscritos y de las retribuciones percibidas anualmente por la Directora General,
aunque estas se encuentran disponibles en el Portal de Transparencia de la AGE. La información
presupuestaria se refiere solo a las ayudas concedidas, aunque no se incluyen datos sobre las
subvenciones nominativas otorgadas a las instituciones y entidades culturales que se detallan en el
epígrafe II.5.5.
Finalmente, si bien la información estadística existente en la web del ICAA y del MCUD es muy
amplia y diversa, no permite valorar directa y completamente el grado de cumplimiento y calidad de
los servicios públicos competencia del ICAA, pese a lo dispuesto en el artículo 8.1.i de la Ley de
Transparencia.
De acuerdo con los datos contenidos en el estudio de indicadores estadísticos culturales vinculados
al cine y desgloses por sexo, por la Subsecretaría del MCUD, en 2022, el 44,3 % del empleo en
actividades de carácter cinematográfico, de vídeo, radio y televisión, era femenino.
II.11.1. A través de las ayudas
El artículo 19 de la LC indica que el ICAA ha de establecer medidas de fomento de igualdad de
género en el ámbito de la creación cinematográfica y audiovisual. Como concreción de este
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 26/10/2023
67
cve: BOE-A-2025-13709
Verificable en https://www.boe.es
II.11. FOMENTO DE LA IGUALDAD DE GÉNERO