Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13709)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas de fomento e incentivos estatales a la cinematografía y al sector audiovisual, ejercicios 2020 y 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88703
mandato general, el artículo 25 dispone que las ayudas para la producción de largometrajes sobre
proyecto valorarán positivamente aquellos casos en que se apliquen medidas de igualdad de género
en las actividades creativas de dirección y guion. En el ámbito de dichas ayudas a la producción,
las convocatorias de las cuatro líneas de 2020 y 2021 establecen, de acuerdo con la Orden
CUD/582/2020, una reserva del 35 % de la dotación total para las obras dirigidas exclusivamente
por mujeres y hasta ocho puntos por la participación de mujeres en los cargos autorales y técnicos
de máxima responsabilidad. En concreto en las ayudas selectivas y en las generales se fijaron
cuantías adicionales en 2021 con cargo al Programa 330A, de 3.000.000 euros y 8.000.000 euros
respectivamente para destinarlos a proyectos realizados exclusivamente por directoras o para
proyectos de animación.
Además, los proyectos dirigidos exclusivamente por mujeres pueden beneficiarse de una intensidad
de ayudas del 75 %, tal como se estableció en el artículo 36 de la LIS a través de las modificaciones
llevadas a cabo por el RDL 17/2020 de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al
sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID2019.
En el ámbito de las ayudas a la distribución, se otorgan más puntos a la distribución de películas
dirigidas por mujeres en tanto que tienen la consideración de obra difícil33 desde la Orden
CUD/508/2021, del 25 de mayo, con efectos ya sobre la convocatoria del ejercicio 2021.
33
Tienen la consideración de obra difícil, entre otras, los cortometrajes, las rodadas íntegramente en alguna de las lenguas
cooficiales distintas al castellano, las realizadas exclusivamente por directores o directoras con un determinado grado de
discapacidad, las realizadas exclusivamente por directoras y las de especial valor cultural y artístico que necesiten un
apoyo excepcional.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 26/10/2023
68
cve: BOE-A-2025-13709
Verificable en https://www.boe.es
En el siguiente gráfico se muestra la evolución de los largometrajes dirigidos por hombres y mujeres.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88703
mandato general, el artículo 25 dispone que las ayudas para la producción de largometrajes sobre
proyecto valorarán positivamente aquellos casos en que se apliquen medidas de igualdad de género
en las actividades creativas de dirección y guion. En el ámbito de dichas ayudas a la producción,
las convocatorias de las cuatro líneas de 2020 y 2021 establecen, de acuerdo con la Orden
CUD/582/2020, una reserva del 35 % de la dotación total para las obras dirigidas exclusivamente
por mujeres y hasta ocho puntos por la participación de mujeres en los cargos autorales y técnicos
de máxima responsabilidad. En concreto en las ayudas selectivas y en las generales se fijaron
cuantías adicionales en 2021 con cargo al Programa 330A, de 3.000.000 euros y 8.000.000 euros
respectivamente para destinarlos a proyectos realizados exclusivamente por directoras o para
proyectos de animación.
Además, los proyectos dirigidos exclusivamente por mujeres pueden beneficiarse de una intensidad
de ayudas del 75 %, tal como se estableció en el artículo 36 de la LIS a través de las modificaciones
llevadas a cabo por el RDL 17/2020 de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al
sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID2019.
En el ámbito de las ayudas a la distribución, se otorgan más puntos a la distribución de películas
dirigidas por mujeres en tanto que tienen la consideración de obra difícil33 desde la Orden
CUD/508/2021, del 25 de mayo, con efectos ya sobre la convocatoria del ejercicio 2021.
33
Tienen la consideración de obra difícil, entre otras, los cortometrajes, las rodadas íntegramente en alguna de las lenguas
cooficiales distintas al castellano, las realizadas exclusivamente por directores o directoras con un determinado grado de
discapacidad, las realizadas exclusivamente por directoras y las de especial valor cultural y artístico que necesiten un
apoyo excepcional.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 26/10/2023
68
cve: BOE-A-2025-13709
Verificable en https://www.boe.es
En el siguiente gráfico se muestra la evolución de los largometrajes dirigidos por hombres y mujeres.