Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13718)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las inversiones financieramente sostenibles realizadas por los Ayuntamientos en el ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89410
38. En el Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes, el órgano de Intervención recomendó que se
declararan financieramente sostenibles todas las inversiones de los ejercicios 2018 y 2019,
financiadas con cargo al superávit de 2017, a pesar de que la entidad entró en situación de
inestabilidad, debiendo haber tenido la Corporación conocimiento del empeoramiento de su
situación financiera, lo que no permitiría la realización de IFS.
En el ejercicio 2019, a pesar del informe desfavorable de la Intervención, el Ayuntamiento
declaró como IFS un total de 43 proyectos, por importe de 9.604 miles de euros,
incumpliendo los requisitos para ello, al presentar necesidad de financiación.
En relación con el proyecto para la rehabilitación, reforma y ampliación del Teatro de las
Roquetes se incumplió el requisito de que su duración no excediera de doce meses,
habiendo reconocido obligaciones por IFS entre los ejercicios 2018 y 2021. Además, la
propia memoria de la inversión preveía que la inversión generase un déficit de 315 miles de
euros, sin que la Intervención se hubiera pronunciado sobre el impacto de la inversión sobre
la estabilidad financiera de la Corporación, no cumpliendo dicha inversión los requisitos para
su consideración como financieramente sostenible (Subapartado II.4).
E) RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
(Subapartado II.5)
39. Las entidades locales, además del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa de
la información pública previstas en la Ley de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno (LTAIBG), estaban obligadas a publicar en su portal web la información,
elevada al Pleno de la Corporación, sobre el grado de cumplimiento de los criterios exigibles
para la realización de las IFS.
Todas las entidades analizadas disponían de página web y portal de transparencia, si bien
la entidad Alcalá Desarrollo, dependiente del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, publicaba
su información en el portal de transparencia de la entidad local, sin que ello constituya un
incumplimiento legal (Subapartado II.5).
40. La totalidad de los ayuntamientos analizados publicaban los presupuestos del ejercicio
corriente, incluyendo información sobre su ejecución anual, salvo el Ayuntamiento de
Córdoba.
También publicaban, todas las entidades analizadas, los informes de la Intervención en los
que se pronunciaba, antes de la aprobación del presupuesto, sobre el grado de cumplimiento
de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
La información sobre el grado de cumplimiento de los requisitos para realizar IFS era, en
ocasiones, muy escasa y se encontraba dispersa en distintas clases de informes, lo que
dificultaba su localización.
Únicamente el Ayuntamiento de Madrid publicaba información clara, completa, centralizada
y fácilmente localizable sobre la ejecución de las IFS (Subapartado II.5).
cve: BOE-A-2025-13718
Verificable en https://www.boe.es
Sin embargo, únicamente los Ayuntamientos de Madrid, Valladolid y Alcalá de Henares
publicaban información específica sobre el cumplimiento de los requisitos y condiciones para
la realización de IFS, limitándose el resto de las entidades a informar sobre las IFS en los
informes sobre la liquidación de los presupuestos o sobre el cumplimiento de las reglas
fiscales.
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 89410
38. En el Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes, el órgano de Intervención recomendó que se
declararan financieramente sostenibles todas las inversiones de los ejercicios 2018 y 2019,
financiadas con cargo al superávit de 2017, a pesar de que la entidad entró en situación de
inestabilidad, debiendo haber tenido la Corporación conocimiento del empeoramiento de su
situación financiera, lo que no permitiría la realización de IFS.
En el ejercicio 2019, a pesar del informe desfavorable de la Intervención, el Ayuntamiento
declaró como IFS un total de 43 proyectos, por importe de 9.604 miles de euros,
incumpliendo los requisitos para ello, al presentar necesidad de financiación.
En relación con el proyecto para la rehabilitación, reforma y ampliación del Teatro de las
Roquetes se incumplió el requisito de que su duración no excediera de doce meses,
habiendo reconocido obligaciones por IFS entre los ejercicios 2018 y 2021. Además, la
propia memoria de la inversión preveía que la inversión generase un déficit de 315 miles de
euros, sin que la Intervención se hubiera pronunciado sobre el impacto de la inversión sobre
la estabilidad financiera de la Corporación, no cumpliendo dicha inversión los requisitos para
su consideración como financieramente sostenible (Subapartado II.4).
E) RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
(Subapartado II.5)
39. Las entidades locales, además del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa de
la información pública previstas en la Ley de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno (LTAIBG), estaban obligadas a publicar en su portal web la información,
elevada al Pleno de la Corporación, sobre el grado de cumplimiento de los criterios exigibles
para la realización de las IFS.
Todas las entidades analizadas disponían de página web y portal de transparencia, si bien
la entidad Alcalá Desarrollo, dependiente del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, publicaba
su información en el portal de transparencia de la entidad local, sin que ello constituya un
incumplimiento legal (Subapartado II.5).
40. La totalidad de los ayuntamientos analizados publicaban los presupuestos del ejercicio
corriente, incluyendo información sobre su ejecución anual, salvo el Ayuntamiento de
Córdoba.
También publicaban, todas las entidades analizadas, los informes de la Intervención en los
que se pronunciaba, antes de la aprobación del presupuesto, sobre el grado de cumplimiento
de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
La información sobre el grado de cumplimiento de los requisitos para realizar IFS era, en
ocasiones, muy escasa y se encontraba dispersa en distintas clases de informes, lo que
dificultaba su localización.
Únicamente el Ayuntamiento de Madrid publicaba información clara, completa, centralizada
y fácilmente localizable sobre la ejecución de las IFS (Subapartado II.5).
cve: BOE-A-2025-13718
Verificable en https://www.boe.es
Sin embargo, únicamente los Ayuntamientos de Madrid, Valladolid y Alcalá de Henares
publicaban información específica sobre el cumplimiento de los requisitos y condiciones para
la realización de IFS, limitándose el resto de las entidades a informar sobre las IFS en los
informes sobre la liquidación de los presupuestos o sobre el cumplimiento de las reglas
fiscales.