Cortes Generales. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-13357)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Presidencia del Congreso de los Diputados, por la que se convoca la provisión de plazas de Guía con idioma inglés y Guía con idioma francés, en la Dirección de Relaciones Institucionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Martes 1 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 86536
3. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de exención de
dicho pago determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso
el pago de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las
causas de exención del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud para participar en el proceso selectivo.
4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a cada aspirante, ni en caso de
no presentarse a los ejercicios.
Octava. Admisión de aspirantes.
Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección
dictará resolución declarando aprobadas las relaciones provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos a la realización de las pruebas, con expresión de los motivos de
exclusión en cada caso, la cual se hará pública en el «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Sección Congreso de los Diputados y en la página web de la Cámara. A
efectos de lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con esta publicación se
considerará realizada la oportuna notificación a las personas interesadas.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a
petición de la persona interesada.
Quienes hayan sido excluidos expresamente, así como quienes no figuren en la
relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución, para subsanar
el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Finalizado dicho
plazo, la Comisión de Selección hará pública, mediante el mismo procedimiento, la
resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos
y en la que se indicará el lugar, fecha y hora de realización de la primera prueba.
Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán
alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia
Española, y en las publicaciones en las que deban reflejarse datos personales, se
identificarán mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas
aleatorias del documento nacional de identidad, de acuerdo con lo establecido en la
legislación vigente.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios se harán
públicos por la Comisión de Selección en la página web de la Cámara con veinticuatro
horas al menos de antelación al comienzo de cada prueba.
Embarazo de riesgo o parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización de aquel y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el derecho de los demás
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por la Comisión de Selección y, en todo caso, la realización de aquellas
tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
Décima.
Procedimiento de selección.
El proceso de selección se ajustará a las siguientes fases:
1. Los ejercicios no comenzarán antes del mes de octubre de 2025. El lugar, fecha
y hora que se señalen para la realización del primer ejercicio se harán públicos, como se
señala en la base Séptima de esta convocatoria, junto con la resolución por la que se
cve: BOE-A-2025-13357
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 157
Martes 1 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 86536
3. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de exención de
dicho pago determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso
el pago de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las
causas de exención del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud para participar en el proceso selectivo.
4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a cada aspirante, ni en caso de
no presentarse a los ejercicios.
Octava. Admisión de aspirantes.
Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección
dictará resolución declarando aprobadas las relaciones provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos a la realización de las pruebas, con expresión de los motivos de
exclusión en cada caso, la cual se hará pública en el «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Sección Congreso de los Diputados y en la página web de la Cámara. A
efectos de lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con esta publicación se
considerará realizada la oportuna notificación a las personas interesadas.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a
petición de la persona interesada.
Quienes hayan sido excluidos expresamente, así como quienes no figuren en la
relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución, para subsanar
el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Finalizado dicho
plazo, la Comisión de Selección hará pública, mediante el mismo procedimiento, la
resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos
y en la que se indicará el lugar, fecha y hora de realización de la primera prueba.
Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán
alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia
Española, y en las publicaciones en las que deban reflejarse datos personales, se
identificarán mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas
aleatorias del documento nacional de identidad, de acuerdo con lo establecido en la
legislación vigente.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios se harán
públicos por la Comisión de Selección en la página web de la Cámara con veinticuatro
horas al menos de antelación al comienzo de cada prueba.
Embarazo de riesgo o parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización de aquel y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el derecho de los demás
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por la Comisión de Selección y, en todo caso, la realización de aquellas
tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
Décima.
Procedimiento de selección.
El proceso de selección se ajustará a las siguientes fases:
1. Los ejercicios no comenzarán antes del mes de octubre de 2025. El lugar, fecha
y hora que se señalen para la realización del primer ejercicio se harán públicos, como se
señala en la base Séptima de esta convocatoria, junto con la resolución por la que se
cve: BOE-A-2025-13357
Verificable en https://www.boe.es
Novena.