Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-13301)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 12 de junio de 2025, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de Educación Inclusiva, en el ejercicio presupuestario 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86223
según los datos del Curso 2022-2023. Subdirección General de Estadísticas y Estudios
del MEFPD. Ponderación: 90 %.
– Dispersión de la población e insularidad, según las cifras oficiales de población de
los municipios españoles del Padrón Municipal a 1 de enero de 2023 del Instituto
Nacional de Estadística. Porcentaje de población en entidades singulares de población
menores de 5.000 habitantes, se incluye la población completa de las siguientes islas:
Ibiza, Formentera, Menorca, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro y La Palma.
Ponderación: 10 %.
La distribución del crédito se hace asignando a cada Comunidad Autónoma un
importe mínimo de 150.000,00 euros.
6.
Distribución resultante
Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus
competencias gestionarán los fondos que le correspondan para implementar las
actuaciones de este programa, de acuerdo con la siguiente distribución:
Comunidad autónoma
Andalucía.
Año 2025
1.250.189,00
Aragón.
318.641,00
Asturias (Principado de).
264.388,00
Balears (Las Illes).
322.065,00
Canarias.
459.831,00
Cantabria.
231.769,00
Castilla y León.
469.628,00
Castilla-La Mancha.
463.946,00
Cataluña.
1.045.564,00
Comunitat Valenciana.
711.191,00
Extremadura.
310.530,00
Galicia.
594.266,00
Madrid (Comunidad de).
793.735,00
Murcia (Región de).
302.173,00
Rioja (La).
190.875,00
Totales.
7.728.791,00
De estas cantidades se minorarán, en su caso, los remanentes no ejecutados de
años anteriores.
Plazos de ejecución
El plazo de ejecución del programa de Educación Inclusiva correspondiente al
presupuesto del año 2025 es desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de diciembre
de 2026.
cve: BOE-A-2025-13301
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86223
según los datos del Curso 2022-2023. Subdirección General de Estadísticas y Estudios
del MEFPD. Ponderación: 90 %.
– Dispersión de la población e insularidad, según las cifras oficiales de población de
los municipios españoles del Padrón Municipal a 1 de enero de 2023 del Instituto
Nacional de Estadística. Porcentaje de población en entidades singulares de población
menores de 5.000 habitantes, se incluye la población completa de las siguientes islas:
Ibiza, Formentera, Menorca, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro y La Palma.
Ponderación: 10 %.
La distribución del crédito se hace asignando a cada Comunidad Autónoma un
importe mínimo de 150.000,00 euros.
6.
Distribución resultante
Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus
competencias gestionarán los fondos que le correspondan para implementar las
actuaciones de este programa, de acuerdo con la siguiente distribución:
Comunidad autónoma
Andalucía.
Año 2025
1.250.189,00
Aragón.
318.641,00
Asturias (Principado de).
264.388,00
Balears (Las Illes).
322.065,00
Canarias.
459.831,00
Cantabria.
231.769,00
Castilla y León.
469.628,00
Castilla-La Mancha.
463.946,00
Cataluña.
1.045.564,00
Comunitat Valenciana.
711.191,00
Extremadura.
310.530,00
Galicia.
594.266,00
Madrid (Comunidad de).
793.735,00
Murcia (Región de).
302.173,00
Rioja (La).
190.875,00
Totales.
7.728.791,00
De estas cantidades se minorarán, en su caso, los remanentes no ejecutados de
años anteriores.
Plazos de ejecución
El plazo de ejecución del programa de Educación Inclusiva correspondiente al
presupuesto del año 2025 es desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de diciembre
de 2026.
cve: BOE-A-2025-13301
Verificable en https://www.boe.es
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