Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-13300)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 12 de junio de 2025, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de refuerzo de la competencia matemática, en el ejercicio presupuestario 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 86214

Secuenciación de las actuaciones:
El programa deberá implantarse de forma secuenciada y en el orden de prelación
siguiente:
1.º Designación de los equipos de asesores de las Administraciones educativas:
antes del 1 de septiembre de 2025 las comunidades autónomas seleccionarán y designarán
los asesores asignados al programa, tratando de mantener los ya designados. Las
comunidades autónomas podrán aumentar justificadamente el número de asesores
en función del número de centros seleccionados.
2.º Selección de los centros participantes: las CC.AA. deberán tener identificados
los centros en los que se implantará el programa antes de la finalización de las
actividades lectivas del curso 2024-2025. Estos centros serán aproximadamente un 15 %
de entre los que tengan un bajo rendimiento en matemáticas y alta vulnerabilidad de
cada comunidad autónoma. La participación de los centros en el programa estará
supeditada a su aceptación de este, y a su compromiso de ponerlo en funcionamiento.
3.º Designación de coordinadores para cada centro educativo seleccionado:
las CC.AA. designarán un coordinador del programa en cada uno de esos centros
seleccionados. Con esta designación deberá preverse para el inicio del curso 2025-2026
la reducción horaria descrita en la actuación número 2 de este apartado. Las CC.AA. que
así lo deseen, y la financiación disponible se lo permita tras cumplir con las actuaciones
de carácter obligatorio en los centros seleccionados, podrán designar coordinadores en
otros centros educativos, aunque no se encuentren dentro del porcentaje de los más
vulnerables o con peor resultado educativo.
4.º Los asesores designados por las comunidades autónomas deberán impartir
la formación inicial sobre metodologías para el aprendizaje competencial de las
matemáticas a los coordinadores de los centros participantes en el programa. Esta
formación inicial debe dar comienzo antes del 15 de octubre de 2025. Además,
acompañarán a los coordinadores en el diseño del Plan de mejora de la competencia
matemática del centro.
5.º Los asesores del programa, en colaboración con los coordinadores, programarán
sesiones de formación para los docentes de los centros implicados. Estas sesiones de
formación servirán para difundir entre los docentes los contenidos y actividades de la
formación inicial, así como los que conforman cada uno de los cursos del itinerario
formativo diseñado por el comité científico. Estas sesiones formativas se llevarán a cabo
de manera que, conforme los coordinadores vayan recibiendo la formación, esta pueda
ser replicada y esté disponible en los centros de manera secuenciada y no dilatada en
el tiempo.
6.º La actuación de atención individualizada al alumnado mediante creación
de grupos reducidos en horario escolar o codocencia (actuación 1) en los centros
seleccionados deberá establecerse para el inicio del curso escolar 2025-2026, siempre
que el centro no tenga ya una baja ratio.
9.

Compromisos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes,
de las comunidades autónomas y de los centros educativos

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, se compromete a:
– Aportar los fondos comprometidos para el Programa de refuerzo de la competencia
matemática que serán distribuidos en función de los porcentajes y los criterios de
distribución aprobados en el seno de la Conferencia Sectorial.
– Mantener una estructura de coordinación que colaborará con el equipo responsable
de cada comunidad autónoma en el apoyo y seguimiento de este programa.

cve: BOE-A-2025-13300
Verificable en https://www.boe.es

Los compromisos adquiridos por las partes son los siguientes: