Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Servicios mínimos. (BOE-A-2025-13310)
Orden TED/676/2025, de 27 de junio, por la que se establecen los servicios mínimos durante la huelga de los trabajadores de Avincis Aviation España, SAU, adjudicataria de varios contratos de servicios de extinción de incendios forestales para el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86295
operativos los medios aéreos que integran el dispositivo de MITECO, atiende y resuelve
las posibles averías surgidas como consecuencia de la operación, y acomete las
revisiones periódicas exigidas por el programa de mantenimiento, según calendario o por
tiempos de vuelo. Por otro lado, el mantenimiento mayor, que se realiza en los talleres
centrales de la empresa (Albacete, Salamanca y Alicante) y se caracteriza por una
mayor complejidad y duración, resulta también imprescindible para garantizar la
operatividad de los helicópteros adscritos al dispositivo de MITECO en la campaña de
verano, que comenzó de acuerdo con lo previsto en pliego, el pasado 1 de junio, y en el
periodo posterior a la misma, dado que varios helicópteros operarán hasta el 31 de
diciembre.
En relación con la operación del servicio con medios aéreos, con el objetivo de que
las aeronaves estén disponibles para ser movilizadas en cualquier momento
comprendido entre el orto y el ocaso, se requiere la presencia física de los pilotos
durante toda la jornada de operación, que será de once horas durante los meses de julio,
agosto, septiembre y octubre, y de ocho horas los meses de noviembre y diciembre,
pudiendo el MITECO alargar la jornada en caso de actuación en incendio o en otras
circunstancias debidamente justificadas hasta el horario máximo legal establecido por el
organismo competente. Es el propio pliego de prescripciones técnicas del expediente
que rige los servicios contratados el que indica, de modo literal, que las tripulaciones y
los mecánicos permanecerán en la base, salvo excepciones expresamente autorizadas,
y la organización será la adecuada para realizar puntualmente los vuelos que puedan
establecerse y para que el despegue a un incendio se efectúe antes de quince minutos,
excepto si por razones fundamentadas de seguridad, el piloto al mando no lo estimara
posible.
VI
Por todo lo expuesto, convocada la huelga de referencia, y al amparo de lo previsto
en el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo y conforme a
las competencias atribuidas a este Ministerio, procede adoptar las medidas pertinentes
para garantizar la prestación de los servicios esenciales en el ámbito de la empresa
contratista y en relación con las actividades de defensa contra incendios forestales.
Para adoptar esa decisión, es preciso determinar el personal necesario que prestará
los servicios mínimos y esenciales para la comunidad, todo ello de acuerdo con el criterio
que en el Real Decreto-ley 17/1977 se señala y que reiterada jurisprudencia avala, de
forma que, armonizando el interés general de la comunidad con el derecho de huelga,
permita al mayor número posible de trabajadores el ejercicio de dicho derecho sin
sacrificios desproporcionados para la comunidad, como señalan, entre otras, las
Sentencias de 8 de abril de 1981 y 24 de abril de 1986 del Tribunal Constitucional.
Así pues, en ese contexto, es preciso tomar en consideración una serie de factores
críticos a la hora de determinar cuáles deberían ser los servicios mínimos aplicables a
las prestaciones desarrolladas por Avincis en desarrollo de los contratos tantas veces
referenciados.
Según la Estadística General de Incendios Forestales (datos del decenio 2014-2023),
es en los meses de julio y agosto donde se concentra, en promedio, la mayor parte de la
superficie forestal afectada por incendios forestales en España.
Por otro lado, aunque la primavera del año 2025 ha sido húmeda en la mayor parte
del territorio nacional, y el carácter del año hidrológico (desde octubre de 2024 hasta el
día de hoy), ha sido mayoritariamente húmedo, en lo que respecta a esta campaña de
verano de 2025, la previsión de la estación junio-julio-agosto realizada por
AEMET (https://www.aemet.es/es/serviciosclimaticos/prediccion_estacional) determina
que hay una mayor probabilidad de que la temperatura media se encuentre en el tercil
cálido en toda España, de manera más acusada en el este peninsular, Baleares y
Canarias. Además, para junio-julio-agosto de 2025 la probabilidad de los terciles para la
precipitación acumulada es la climatológica para toda España.
cve: BOE-A-2025-13310
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86295
operativos los medios aéreos que integran el dispositivo de MITECO, atiende y resuelve
las posibles averías surgidas como consecuencia de la operación, y acomete las
revisiones periódicas exigidas por el programa de mantenimiento, según calendario o por
tiempos de vuelo. Por otro lado, el mantenimiento mayor, que se realiza en los talleres
centrales de la empresa (Albacete, Salamanca y Alicante) y se caracteriza por una
mayor complejidad y duración, resulta también imprescindible para garantizar la
operatividad de los helicópteros adscritos al dispositivo de MITECO en la campaña de
verano, que comenzó de acuerdo con lo previsto en pliego, el pasado 1 de junio, y en el
periodo posterior a la misma, dado que varios helicópteros operarán hasta el 31 de
diciembre.
En relación con la operación del servicio con medios aéreos, con el objetivo de que
las aeronaves estén disponibles para ser movilizadas en cualquier momento
comprendido entre el orto y el ocaso, se requiere la presencia física de los pilotos
durante toda la jornada de operación, que será de once horas durante los meses de julio,
agosto, septiembre y octubre, y de ocho horas los meses de noviembre y diciembre,
pudiendo el MITECO alargar la jornada en caso de actuación en incendio o en otras
circunstancias debidamente justificadas hasta el horario máximo legal establecido por el
organismo competente. Es el propio pliego de prescripciones técnicas del expediente
que rige los servicios contratados el que indica, de modo literal, que las tripulaciones y
los mecánicos permanecerán en la base, salvo excepciones expresamente autorizadas,
y la organización será la adecuada para realizar puntualmente los vuelos que puedan
establecerse y para que el despegue a un incendio se efectúe antes de quince minutos,
excepto si por razones fundamentadas de seguridad, el piloto al mando no lo estimara
posible.
VI
Por todo lo expuesto, convocada la huelga de referencia, y al amparo de lo previsto
en el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo y conforme a
las competencias atribuidas a este Ministerio, procede adoptar las medidas pertinentes
para garantizar la prestación de los servicios esenciales en el ámbito de la empresa
contratista y en relación con las actividades de defensa contra incendios forestales.
Para adoptar esa decisión, es preciso determinar el personal necesario que prestará
los servicios mínimos y esenciales para la comunidad, todo ello de acuerdo con el criterio
que en el Real Decreto-ley 17/1977 se señala y que reiterada jurisprudencia avala, de
forma que, armonizando el interés general de la comunidad con el derecho de huelga,
permita al mayor número posible de trabajadores el ejercicio de dicho derecho sin
sacrificios desproporcionados para la comunidad, como señalan, entre otras, las
Sentencias de 8 de abril de 1981 y 24 de abril de 1986 del Tribunal Constitucional.
Así pues, en ese contexto, es preciso tomar en consideración una serie de factores
críticos a la hora de determinar cuáles deberían ser los servicios mínimos aplicables a
las prestaciones desarrolladas por Avincis en desarrollo de los contratos tantas veces
referenciados.
Según la Estadística General de Incendios Forestales (datos del decenio 2014-2023),
es en los meses de julio y agosto donde se concentra, en promedio, la mayor parte de la
superficie forestal afectada por incendios forestales en España.
Por otro lado, aunque la primavera del año 2025 ha sido húmeda en la mayor parte
del territorio nacional, y el carácter del año hidrológico (desde octubre de 2024 hasta el
día de hoy), ha sido mayoritariamente húmedo, en lo que respecta a esta campaña de
verano de 2025, la previsión de la estación junio-julio-agosto realizada por
AEMET (https://www.aemet.es/es/serviciosclimaticos/prediccion_estacional) determina
que hay una mayor probabilidad de que la temperatura media se encuentre en el tercil
cálido en toda España, de manera más acusada en el este peninsular, Baleares y
Canarias. Además, para junio-julio-agosto de 2025 la probabilidad de los terciles para la
precipitación acumulada es la climatológica para toda España.
cve: BOE-A-2025-13310
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 156