Ministerio de Sanidad. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-13231)
Orden SND/671/2025, de 23 de junio, por la que se crea y regula el Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 85848
En virtud a lo anterior, con la aprobación previa del ministro para la Transformación
Digital y de la Función Pública, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1.
La presente orden tiene por objeto:
a) Establecer las normas de organización y funcionamiento del Sistema Archivístico
del Ministerio de Sanidad y, a tal efecto, determinar su composición, así como las
funciones de los órganos de dirección y consulta.
b) Regular las funciones del Archivo Central del Ministerio de Sanidad, de los
archivos de gestión y del Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y sus
organismos públicos vinculados o dependientes.
c) Prever el régimen y calendario de las transferencias y de las propuestas de
eliminación de documentos.
d) Crear el Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos y Gestión Documental
del Ministerio de Sanidad y de los organismos públicos vinculados o dependientes del
mismo.
2. El ámbito de aplicación de esta orden abarcará a todos los archivos de cualquier
órgano del Ministerio de Sanidad y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
Artículo 2.
Régimen jurídico aplicable.
Los Archivos del Ministerio de Sanidad se rigen por la Ley 16/1985, de 25 de junio,
del Patrimonio Histórico Español; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y sus normas de desarrollo; el Real
Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de
Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y
de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso; el Real Decreto 1164/2002, de 8
de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor
histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General
del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos
en soporte distinto al original; el Real Decreto 1401/2007, de 29 de octubre, por el que se
regula la composición, funcionamiento y competencias de la Comisión Superior
Calificadora de Documentos Administrativos; así como por lo establecido en esta orden.
Artículo 3.
Definiciones.
a) Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad: conjunto ordenado de normas,
medios y procedimientos con el que se hacen funcionar y protegen los archivos del
Ministerio de Sanidad y el patrimonio documental en ellos conservado. Está conformado
por unos órganos de dirección, coordinación y asesoramiento técnico, un conjunto de
archivos y una normativa que dan cohesión al sistema y regulan sus procedimientos.
b) Archivos del Ministerio de Sanidad: conjuntos orgánicos de documentos de
cualquier época generados, conservados o reunidos en el ejercicio de sus actividades
por cualquier órgano u organismo incluido en el ámbito de esta orden, al servicio de su
utilización para la gestión administrativa, la información, la investigación y la cultura.
Están compuestos por el Archivo Central del Ministerio de Sanidad y el conjunto de
archivos de gestión que conservan, controlan y tratan la documentación producida o
cve: BOE-A-2025-13231
Verificable en https://www.boe.es
A los efectos de esta orden, se entiende por:
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 85848
En virtud a lo anterior, con la aprobación previa del ministro para la Transformación
Digital y de la Función Pública, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1.
La presente orden tiene por objeto:
a) Establecer las normas de organización y funcionamiento del Sistema Archivístico
del Ministerio de Sanidad y, a tal efecto, determinar su composición, así como las
funciones de los órganos de dirección y consulta.
b) Regular las funciones del Archivo Central del Ministerio de Sanidad, de los
archivos de gestión y del Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y sus
organismos públicos vinculados o dependientes.
c) Prever el régimen y calendario de las transferencias y de las propuestas de
eliminación de documentos.
d) Crear el Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos y Gestión Documental
del Ministerio de Sanidad y de los organismos públicos vinculados o dependientes del
mismo.
2. El ámbito de aplicación de esta orden abarcará a todos los archivos de cualquier
órgano del Ministerio de Sanidad y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
Artículo 2.
Régimen jurídico aplicable.
Los Archivos del Ministerio de Sanidad se rigen por la Ley 16/1985, de 25 de junio,
del Patrimonio Histórico Español; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y sus normas de desarrollo; el Real
Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de
Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y
de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso; el Real Decreto 1164/2002, de 8
de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor
histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General
del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos
en soporte distinto al original; el Real Decreto 1401/2007, de 29 de octubre, por el que se
regula la composición, funcionamiento y competencias de la Comisión Superior
Calificadora de Documentos Administrativos; así como por lo establecido en esta orden.
Artículo 3.
Definiciones.
a) Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad: conjunto ordenado de normas,
medios y procedimientos con el que se hacen funcionar y protegen los archivos del
Ministerio de Sanidad y el patrimonio documental en ellos conservado. Está conformado
por unos órganos de dirección, coordinación y asesoramiento técnico, un conjunto de
archivos y una normativa que dan cohesión al sistema y regulan sus procedimientos.
b) Archivos del Ministerio de Sanidad: conjuntos orgánicos de documentos de
cualquier época generados, conservados o reunidos en el ejercicio de sus actividades
por cualquier órgano u organismo incluido en el ámbito de esta orden, al servicio de su
utilización para la gestión administrativa, la información, la investigación y la cultura.
Están compuestos por el Archivo Central del Ministerio de Sanidad y el conjunto de
archivos de gestión que conservan, controlan y tratan la documentación producida o
cve: BOE-A-2025-13231
Verificable en https://www.boe.es
A los efectos de esta orden, se entiende por: