Ministerio de Sanidad. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-13231)
Orden SND/671/2025, de 23 de junio, por la que se crea y regula el Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Artículo 16.
Sec. I. Pág. 85857
Publicidad.
Se publicará en la intranet información actualizada sobre:
a) Los dictámenes de series comunes aprobados por la Comisión Superior
Calificadora de Documentos Administrativos, mediante el correspondiente enlace a la
página web de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
b) Las peticiones de dictamen de series específicas del Ministerio de Sanidad y sus
organismos dependientes elevadas a la Comisión Superior Calificadora de Documentos
Administrativos, así como aquellas ya aprobadas.
c) Las resoluciones de la Subsecretaría del Departamento autorizando los plazos
de conservación y eliminación de series documentales conforme los dictámenes de la
Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
d) La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las citadas resoluciones.
Artículo 17.
Coordinación con el Archivo Central.
1. Con el fin de garantizar la correcta aplicación del procedimiento, se recomienda
informar con carácter previo al Archivo Central, así como comunicar las actuaciones que
se desarrollen en materia de eliminación de documentación.
2. En el caso de fracciones de series que ya hayan sido transferidas al Archivo
Central, esta coordinación será de carácter obligatorio.
3. Desde el Archivo Central se prestará el asesoramiento técnico necesario a lo
largo de todo el procedimiento, desde la valoración de la serie documental hasta la
eliminación de la documentación y la transferencia de las muestras.
CAPÍTULO V
Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos y Gestión Documental
del Ministerio de Sanidad y de los organismos públicos vinculados o dependientes
del mismo
Artículo 18.
Creación.
1. Se crea mediante esta orden el Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos y
Gestión Documental del Ministerio de Sanidad y de los organismos públicos vinculados o
dependientes del mismo (en adelante, Grupo de Trabajo).
2. El Grupo de Trabajo queda adscrito a la Secretaría General Técnica del
Departamento y ejercerá sus funciones respecto de todos los órganos del Ministerio y
sobre los organismos públicos adscritos al mismo.
3. El Grupo de Trabajo se encuentra comprendido entre los especificados en el
artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por lo que sus decisiones no tendrán
efectos frente a terceros, sino que sólo vinculan a nivel interno del propio Ministerio.
Artículo 19. Funciones.
El Grupo de Trabajo asume las siguientes funciones:
a) Impulsar el cumplimiento de la normativa vigente y seguir las recomendaciones
de la Comisión de Archivos de la Administración General del Estado en la gestión de
documentos y de los archivos.
b) Promover los criterios particulares en relación con el acceso a la información
obrante en los archivos de su competencia.
c) Aprobar, a propuesta de la Subdirección General de Relaciones Internacionales y
Publicaciones, el sistema de gestión documental del Ministerio de Sanidad, en el que se
establezcan los objetivos que deben cumplir sus archivos mediante los correspondientes
procesos, proyectos y actuaciones a desarrollar.
cve: BOE-A-2025-13231
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Artículo 16.
Sec. I. Pág. 85857
Publicidad.
Se publicará en la intranet información actualizada sobre:
a) Los dictámenes de series comunes aprobados por la Comisión Superior
Calificadora de Documentos Administrativos, mediante el correspondiente enlace a la
página web de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
b) Las peticiones de dictamen de series específicas del Ministerio de Sanidad y sus
organismos dependientes elevadas a la Comisión Superior Calificadora de Documentos
Administrativos, así como aquellas ya aprobadas.
c) Las resoluciones de la Subsecretaría del Departamento autorizando los plazos
de conservación y eliminación de series documentales conforme los dictámenes de la
Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
d) La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las citadas resoluciones.
Artículo 17.
Coordinación con el Archivo Central.
1. Con el fin de garantizar la correcta aplicación del procedimiento, se recomienda
informar con carácter previo al Archivo Central, así como comunicar las actuaciones que
se desarrollen en materia de eliminación de documentación.
2. En el caso de fracciones de series que ya hayan sido transferidas al Archivo
Central, esta coordinación será de carácter obligatorio.
3. Desde el Archivo Central se prestará el asesoramiento técnico necesario a lo
largo de todo el procedimiento, desde la valoración de la serie documental hasta la
eliminación de la documentación y la transferencia de las muestras.
CAPÍTULO V
Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos y Gestión Documental
del Ministerio de Sanidad y de los organismos públicos vinculados o dependientes
del mismo
Artículo 18.
Creación.
1. Se crea mediante esta orden el Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos y
Gestión Documental del Ministerio de Sanidad y de los organismos públicos vinculados o
dependientes del mismo (en adelante, Grupo de Trabajo).
2. El Grupo de Trabajo queda adscrito a la Secretaría General Técnica del
Departamento y ejercerá sus funciones respecto de todos los órganos del Ministerio y
sobre los organismos públicos adscritos al mismo.
3. El Grupo de Trabajo se encuentra comprendido entre los especificados en el
artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por lo que sus decisiones no tendrán
efectos frente a terceros, sino que sólo vinculan a nivel interno del propio Ministerio.
Artículo 19. Funciones.
El Grupo de Trabajo asume las siguientes funciones:
a) Impulsar el cumplimiento de la normativa vigente y seguir las recomendaciones
de la Comisión de Archivos de la Administración General del Estado en la gestión de
documentos y de los archivos.
b) Promover los criterios particulares en relación con el acceso a la información
obrante en los archivos de su competencia.
c) Aprobar, a propuesta de la Subdirección General de Relaciones Internacionales y
Publicaciones, el sistema de gestión documental del Ministerio de Sanidad, en el que se
establezcan los objetivos que deben cumplir sus archivos mediante los correspondientes
procesos, proyectos y actuaciones a desarrollar.
cve: BOE-A-2025-13231
Verificable en https://www.boe.es
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