Comunidad Autónoma de Aragón. I. Disposiciones generales. Servicio Público de Justicia. (BOE-A-2025-13232)
Decreto 65/2025, de 25 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales de Instancia que han de constituirse con fecha 1 de julio de 2025 en la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 85864

6. Servicio de información sobre medios adecuados de solución de controversias:
proporcionar la información necesaria a las personas solicitantes para dirigirles a la
oficina correspondiente.
7. Servicio de coordinación con las Oficinas de Justicia en los Municipios y sus
Agrupaciones: prestar la coordinación necesaria con las Oficinas de Justicia en los
Municipios que agrupe el Tribunal de Instancia, en atención a los servicios que se
presten desde las mismas.
8. Servicio de averiguación de domicilio y patrimonio: gestionar las solicitudes de
averiguación patrimonial y domiciliaria que se acuerden por las unidades de la Oficina
Judicial, ejecutándolas conforme a lo ordenado en la resolución correspondiente e
integrar los resultados en los procedimientos en los que hayan sido acordadas.
9. Servicio de gestión de caja:
a) Realizar el control de ingresos y pagos de la cuenta de consignaciones judiciales
y de las cuentas expedientes asociadas a los diferentes procedimientos judiciales,
incorporándolos a los procedimientos a los que van dirigidos para su adecuada gestión
por la unidad actuante.
b) Expedir mandamientos de pago y entrega a las personas beneficiarias conforme
a lo acordado en la resolución que acuerda la entrega dineraria, lo que se llevará a cabo
preferentemente a través de transferencias a cuentas no judiciales.
c) Realizar el control de pagos periódicos acordados en los procedimientos
judiciales y el control y tratamiento de ingresos erróneos.
10. Servicio de gestión de subastas: gestionar y realizar la recepción de resoluciones
acordando la convocatoria de subasta, publicación y celebración de las mismas, según lo
regulado en las normas procesales, garantizando la máxima difusión y transparencia, y
ofreciendo calidad, eficiencia y responsabilidad en su celebración, a cuyo fin proporcionará la
información relevante que permita satisfacer las necesidades de las personas interesadas.
11. Servicio de apoyo de los auxilios judiciales:
a) Prestar las funciones propias del cuerpo de Auxilio Judicial en todo cuanto sea
soporte administrativo necesario para el correcto funcionamiento de la Oficina Judicial,
tales como atención telefónica, digitalización de documentación, gestión de
videoconferencias, porteo, reprografía, etc.
b) Recibir, ordenar, clasificar y remitir el correo a las unidades destinatarias de la
Oficina Judicial, garantizando el tratamiento prioritario de la correspondencia urgente.
12. Servicio de gestión de recursos materiales y de personal: atender a situaciones
asociadas a incrementos de demanda sobrevenida, acumulación en fases, o cualquier
otra contingencia sobre la que se requiera una reorganización de recursos materiales o
de personal; así como contingencias en situación de plazos vencidos, atraso relevante
acumulado, o determinada antigüedad, no dependientes de condicionantes externos.
13. Servicio de apoyo a funciones gubernativas:
a) Gestionar los expedientes gubernativos y administrativos y los incidentes y
recursos que corresponda de acuerdo con la normativa reguladora y los criterios y
directrices definidas a tal efecto.
b) Apoyo a las personas responsables y Autoridades Judiciales en sus tareas
gubernativas de acuerdo con las necesidades y especificaciones que se establezcan.
c) Colaborar en la implantación y mantenimiento de los sistemas de organización y
gestión que se establezcan.
d) Realizar los estudios, memorias, estadísticas e informes relacionados con la
organización y el funcionamiento de la Oficina Judicial que sean requeridos por sus
responsables o la Administración competente.
14. Servicio de estadística e informes: incorporar y mantener actualizados los datos
requeridos por los sistemas de gestión e información disponibles, de forma que sea

cve: BOE-A-2025-13232
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