Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. I. Disposiciones generales. Seguridad Social. Contabilidad. (BOE-A-2025-13081)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se modifica la Resolución de 1 de julio de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social; la Resolución de 3 de julio de 2014, por la que se aprueba la Instrucción de gestión contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social; y la Resolución de 11 de octubre de 2022, por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Viernes 27 de junio de 2025
5.1.3

Sec. I. Pág. 84900

Apartado pagos.

Por el importe que corresponda, cargo a la subcuenta 5580 “Provisiones de
fondos para pagos a justificar pendientes de justificación”, con abono a las
subcuentas 5702 “Caja. Pagos a justificar” y/o 5752 “Bancos e instituciones de
crédito. Cuentas restringidas de pagos. Pagos a justificar”.»
Seis. En el anexo I, «Modelos de documentos contables» se sustituyen los modelos
de los documentos contables O.603, O.604 y O.606 por los que se recogen en el anexo
de esta resolución.
Siete. En el anexo II, «Tipos y formas de pago y tipos de reintegro», se introducen
las siguientes modificaciones:
1. En la tabla de tipos de pago de entidades gestoras y servicios comunes de la
Seguridad Social se incluye el siguiente tipo de pago:
«71. Fondo de Contingencias Profesionales de la Seguridad Social
Operaciones no presupuestarias.»
2.

En la tabla de tipos de reintegro se incluye el siguiente tipo de reintegro:
«10. Reintegro IT pago delegado.»

«Código
no
presup.

10361

20361

20440

20441

Cuenta Dto.

449

419

4563

4563



-

D

D

Entidad
afectada

Definición

T

ESTADO, CUENTA LIQUIDACIÓN FINANCIACIÓN
FONDOS EUROPEOS.
En los SSCC TGSS, este concepto recogerá el saldo
de las cuentas de liquidación frente al Estado por
financiación de fondos europeos, cuando este resulte
a favor de la Seguridad Social.

T

ESTADO, CUENTA LIQUIDACIÓN FINANCIACIÓN
FONDOS EUROPEOS.
En los SSCC TGSS, este concepto recogerá el saldo
de las cuentas de liquidación frente al Estado por
financiación de fondos europeos, cuando este resulte
a favor del Estado.

T

PARTICIPES EN LAS CUOTAS DE FORMACIÓN
PROFESIONAL. SEPE.
Se imputarán las cuotas recaudadas por formación
profesional a favor del Servicio Público de Empleo
Estatal.

T

PARTICIPES EN LAS CUOTAS DE FORMACIÓN
PROFESIONAL. MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES.
Se imputarán las cuotas recaudadas por formación
profesional a favor del Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes.»

cve: BOE-A-2025-13081
Verificable en https://www.boe.es

Ocho. En el anexo III, «Códigos y definiciones de operaciones no presupuestarias y
de relaciones internas» se incorporan y, en su caso, se modifican los siguientes
conceptos: