Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13055)
Resolución de 5 de mayo de 2025, del Organismo Público Puertos del Estado, por la que se publica el Convenio con el Centro Docente Santa María de los Apóstoles, para la realización de la fase de formación en empresa u organismo equiparado de los alumnos de los grados D y E de Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 84639

El seguimiento del progreso del alumno en la entidad colaboradora será supervisado
por el tutor designado por la misma en colaboración con el tutor del centro docente. En el
documento de seguimiento figurarán las actividades formativas más significativas
realizadas en la entidad colaboradora, con registro de los resultados de aprendizaje
adquiridos significativamente, que serán supervisados por ambos tutores.
Serán requisitos necesarios para la incorporación de los alumnos a la fase de
formación en Puertos del Estado tener cumplidos los 16 años y haber superado la
formación en prevención de riesgos laborales, que será impartida por el centro docente.
Cuarta.

Compromisos de la entidad colaboradora.

a) Garantizar el acceso a las dependencias de la misma al tutor del centro docente
para realizar las visitas y llevar a cabo las actuaciones de revisión de la programación,
valoración y supervisión del proceso formativo de la persona en formación.
b) Cumplir la programación de las actividades formativas acordadas con el centro
docente.
c) Supervisar y facilitar el seguimiento individualizado y la valoración del progreso
de la persona en formación que debe realizar el tutor o tutora de Puertos del Estado.
d) Cumplir con todos los requisitos que, en materia de prevención de riesgos
laborales, le sean exigibles y proporcionar a la persona en formación, cuando el puesto
formativo lo requiera, los equipos de protección correspondientes.
e) Cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad e higiene en el trabajo que
están vigentes en cada momento.
f) Informar a la representación legal de las personas trabajadoras sobre los
acuerdos suscritos, indicando al menos, las personas que se van a incorporar a la
unidad colaboradora, el puesto o puestos en los que desarrollaran la formación y el
contenido de la actividad formativa.

a) Velar por la calidad de las actividades formativas en Puertos del Estado con las
oportunas acciones en las fases de programación, seguimiento y evaluación.
b) Comunicar a los alumnos, previamente al proceso de selección, los criterios para
la asignación de las plazas formativas disponibles para la realización de la fase de
formación en Puertos del Estado, que se elaborarán siguiendo principios de objetividad y
transparencia, teniendo en cuenta, como se establece en el artículo 155 del Real
Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de
Formación Profesional, el rendimiento y la asistencia de los alumnos a las actividades
lectivas del centro de formación profesional, sus competencias personales, capacidad de
trabajo en equipo, capacidad para toma de decisiones y capacidad para la innovación y
la creatividad, entre otros criterios. Los criterios de asignación de plazas formativas se
concretarán en el documento denominado relación de alumnos.
c) Colaborar en la selección de los alumnos y asignación de plazas formativas en
los términos que establezca con la entidad colaboradora.
d) Elaborar el Plan de Formación de conformidad con lo establecido por la
Consejería competente en materia de formación profesional. La programación de las
actividades concretas a realizar en la entidad colaboradora se realizará conjuntamente
con el responsable designado por ésta.
e) Proporcionar asesoría y apoyo a la entidad colaboradora en cualquier aspecto
relacionado con la planificación, gestión y desarrollo de la fase de formación en Puertos
del Estado, especialmente en el seguimiento y valoración de las actividades de los
alumnos.
f) Comunicar a la entidad colaboradora la relación de alumnos que se incorporarán
según modelo establecido por la Comunidad de Madrid.

cve: BOE-A-2025-13055
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Compromisos del Centro Docente.