Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Sistema eléctrico. (BOE-A-2025-13076)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación para el desarrollo de un servicio de control de tensión en el sistema eléctrico peninsular español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 84791

– Cotas insuficientes en el embalse superior de las centrales hidráulicas, tanto
convencionales como reversibles.
– Limitaciones de la capacidad de consumo de bombeo debidas a cotas excesivas
en el embalse superior y/o cotas insuficientes en el embalse inferior de las centrales
reversibles de bombeo.
h) La disponibilidad de una unidad física de tipo renovable no se verá afectada por
aquellas limitaciones de capacidad de generación que sean debidas a una situación de
condiciones que limiten su fuente de energía primaria.
i) La disponibilidad de una unidad física de demanda no se verá afectada por las
condiciones de funcionamiento previstas en sus instalaciones, sino únicamente por
aquellas situaciones no esperadas que puedan afectar a su potencia máxima. En todo
caso, para la adecuada asignación de los servicios de balance, la oferta del
correspondiente servicio de balance deberá ser actualizada teniendo en cuenta el efecto
de dicha indisponibilidad.
6.

Procedimiento de comunicación de indisponibilidades

Para la comunicación de indisponibilidades de potencia activa, el correspondiente
participante en el mercado comunicará al OS, por los medios previstos a tal efecto, la
siguiente información:
a) Unidad física indisponible.
b) Fecha y hora de inicio de la indisponibilidad.
c) Fecha y hora de finalización de la indisponibilidad.
d) Potencia máxima disponible.
e) Causa de la indisponibilidad.
f) Afección a la prestación del servicio de control de tensión basado en consignas
en tiempo real.
Esta información deberá ser actualizada por el participante en el mercado mediante
la incorporación de la mejor previsión disponible en cada momento.
El OS comunicará al OM, tan pronto como los haya verificado, los datos relativos a
las indisponibilidades de potencia activa comunicadas por el participante en el mercado
para su consideración en el Mercado Diario (MD) y en las sesiones de subastas y rondas
de carácter continuo del Mercado Intradiario (MI).
El OS informará a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de los
incumplimientos que observe por falta de comunicación de los datos de indisponibilidad
por parte de los participantes del mercado o errores en la información transmitida.
Consideraciones respecto a la integración de las indisponibilidades comunicadas
en el proceso de programación

Las comunicaciones de indisponibilidad de potencia activa serán integradas en el
proceso de programación mediante la modificación del programa de la correspondiente
unidad de programación afectada, sucesivamente, para aquellas horas cerradas a
negociación en el mercado intradiario continuo y se publicarán en el siguiente programa
horario operativo (P48).
Las indisponibilidades de potencia activa comunicadas por el participante en el
mercado serán tenidas en cuenta en los procesos de asignación en los servicios de
ajuste del sistema.
El OS comunicará al OM, tan pronto como los haya verificado, los datos relativos a
las indisponibilidades comunicadas por los participantes en el mercado para su
consideración en el Mercado Diario (MD) y en las sesiones de subastas y rondas de
carácter continuo del Mercado Intradiario (MI).

cve: BOE-A-2025-13076
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7.