Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Sistema eléctrico. (BOE-A-2025-13076)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación para el desarrollo de un servicio de control de tensión en el sistema eléctrico peninsular español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 84783

Estas unidades se verán reflejadas en los programas publicados por el OS en
aquellos casos en que los resultados de la ronda del continuo incorporen unidades de
porfolio sin desagregar.
ANEXO III
Contratos bilaterales con entrega física
Los contratos bilaterales con entrega física podrán ser establecidos entre dos
participantes en el mercado utilizando las unidades de programación establecidas en el
anexo II.
1.

Declaración de alta de contratos bilaterales ante el operador del sistema

La declaración de contratos bilaterales al OS se realizará desde la página Web
privada de eSIOS. Tras la solicitud de alta del contrato bilateral a través de la página
Web privada del OS, el OS revisará si la información sobre el mismo es correcta y
completa y procederá a comunicar la fecha de alta de este al PM solicitante.
Existen los siguientes tipos de contratos bilaterales:
– Internacionales:
a. Antes del mercado diario: mediante estos contratos se nominan los derechos de
la capacidad adquirida a largo plazo en las interconexiones en las que existe un método
de asignación de capacidad a largo plazo y se establecen contratos bilaterales
internacionales en aquellas interconexiones en las que no existe un mecanismo
coordinado de asignación de capacidad. Se nominan antes del mercado diario y deberán
presentar el mismo valor de programa durante los cuatro cuartos de una hora,
independientemente de la resolución que presente el período de programación del
mercado diario.
b. Después del mercado diario: En caso de desacoplamiento de los mercados
diarios y celebración de subasta diaria de respaldo (SDR). Las nominaciones de estos
contratos podrán presentar valores de programa diferentes para cada período de
programación cuartohorario, tan pronto como se establezca la posibilidad de negociación
de productos de resolución cuartohoraria en el mercado diario.

En caso de resultar de aplicación el mecanismo previsto a nivel europeo
«Rollback» (mecanismo a aplicar ante incidencias extraordinarias tras la puesta
producción de la negociación de productos cuartohorarios en el mercado diario),
nominaciones de los PM al OS de todos los contratos bilaterales deberán recuperar
condiciones previas a la puesta en producción: resolución horaria.

de
en
las
las

cve: BOE-A-2025-13076
Verificable en https://www.boe.es

– Internos dentro del sistema eléctrico peninsular español: se realizan entre
unidades de generación y unidades de demanda localizadas en el sistema eléctrico
peninsular español. Pueden ser nominados antes y después del mercado diario y podrán
presentar valores de programa diferentes para cada período de programación
cuartohorario, tan pronto como se establezca la posibilidad de negociación de productos
de resolución cuarto-horaria en el mercado diario.
– Entre comercializadoras: Estos contratos sólo se pueden nominar después del
mercado diario, una vez que el comercializador ha adquirido en el mercado diario la
energía que posteriormente será vendida a la otra empresa comercializadora y podrán
presentar valores de programa diferentes para cada período de programación
cuartohorario, tan pronto como se establezca la posibilidad de negociación de productos
de resolución cuartohoraria en el mercado diario.