Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Sistema eléctrico. (BOE-A-2025-13076)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación para el desarrollo de un servicio de control de tensión en el sistema eléctrico peninsular español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84742
Otro gran elemento diferencial que introduce la propuesta es el establecimiento de
mercados zonales de capacidad adicional en la red de transporte, de participación
voluntaria. Estos mercados serán convocados, a criterio del operador del sistema,
mediante un proceso competitivo el día previo a la entrega, en las zonas donde se
prevea necesidades adicionales. La asignación de potencia reactiva adicional puesta a
disposición del sistema se retribuirá a precio de oferta (pay as bid), en forma de €/Mvar.
Para poder participar en estos mercados de capacidad adicional los proveedores deben
estar acogidos a la modalidad de consignas, y deben presentar ofertas por la máxima
capacidad de potencia reactiva adicional que estimen que van a ser capaces de proveer
sin considerar la parte obligatoria. En respuesta a cuestiones surgidas en el trámite de
audiencia se aclara que el procedimiento habilita además la posibilidad de establecer
convocatorias de capacidad adicional más cercanas al tiempo real, para las que los
agentes pueden modificar sus ofertas.
La contratación de capacidad de reactiva adicional, se llevará a cabo en
determinadas zonas donde se identifiquen necesidades del sistema superiores a la
capacidad de control de tensión que pueden aportar los medios existentes con su
capacidad obligatoria. La convocatoria de estos mercados de capacidad reactiva
adicional presenta un segundo requisito, la existencia de suficiente nivel de competencia
en la zona correspondiente. La introducción de mercados zonales de capacidad adicional
se prevé progresiva, a medida que se constaten tanto la necesidad como la suficiencia
competitiva, y deberán establecerse con el suficiente tiempo de preaviso para facilitar un
buen nivel de competencia. Tras el trámite de audiencia, se ha incorporado en el
procedimiento la posibilidad de suspender un mercado zonal en caso de perder las
condiciones básicas de competencia.
En cuanto a su diseño geográfico, será el operador del sistema quien defina las
subestaciones de la red de transporte que conforman las zonas vinculadas a los
mercados zonales. Este mismo operador publicará para cada zona en qué periodos
horarios hay requerimiento de capacidad reactiva mayor que cero en cualquier sentido, si
bien los participantes no conocerán las cantidades requeridas en el momento de ofertar,
con objeto de evitar ejercicio de poder de mercado.
La oferta se presentará por unidad de programación con segregación zonal,
proporcionando posteriormente los desgloses de la capacidad asignada de las unidades
de programación por unidad física, para facilitar el análisis de seguridad del sistema y
validación del servicio. Las ofertas podrán incluir, además de un precio por bloque de
capacidad, un término en euros por cada período horario con programa por debajo de
mínimo técnico (por cada modo de funcionamiento). Por otra parte, si las asignaciones
de reactiva implican arranques de unidades térmicas o turbinas adicionales, dichos
arranques serán remunerados al coste de arranque indicado en la oferta de
restricciones, siempre que los arranques se hayan realizado efectivamente.
En la subasta puede haber una parte del requerimiento que priorice a los
proveedores que disponen de la modalidad de seguimiento por consigna de tensión y
que sean capaces de responder de forma automática y rápida frente a cambios en la
medida de tensión, cubriendo así mejor las necesidades del sistema. Una vez cubierta la
capacidad de respuesta automática y rápida ante cambios de perfil de tensión en la red,
el resto del requerimiento de capacidad adicional de potencia reactiva se asignará con
un criterio puramente económico.
Debido a la especial dificultad que tiene la demanda para poder participar en la
prestación del servicio en forma de consignas dinámicas, se toma, a efectos de su
participación en dicha modalidad, como nula su capacidad obligatoria, por lo que su
participación en la modalidad de seguimiento de consignas se efectuaría por la
capacidad asignada en los mercados de capacidad reactiva adicional. De esta forma,
sólo participan, de forma voluntaria aquellos que, por sus características de consumo
(tipo de proceso productivo, etc.) pudiesen comprometerse a seguir consignas en tiempo
real de un día para el siguiente, pudiendo internalizar en el mercado de reactiva adicional
cve: BOE-A-2025-13076
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84742
Otro gran elemento diferencial que introduce la propuesta es el establecimiento de
mercados zonales de capacidad adicional en la red de transporte, de participación
voluntaria. Estos mercados serán convocados, a criterio del operador del sistema,
mediante un proceso competitivo el día previo a la entrega, en las zonas donde se
prevea necesidades adicionales. La asignación de potencia reactiva adicional puesta a
disposición del sistema se retribuirá a precio de oferta (pay as bid), en forma de €/Mvar.
Para poder participar en estos mercados de capacidad adicional los proveedores deben
estar acogidos a la modalidad de consignas, y deben presentar ofertas por la máxima
capacidad de potencia reactiva adicional que estimen que van a ser capaces de proveer
sin considerar la parte obligatoria. En respuesta a cuestiones surgidas en el trámite de
audiencia se aclara que el procedimiento habilita además la posibilidad de establecer
convocatorias de capacidad adicional más cercanas al tiempo real, para las que los
agentes pueden modificar sus ofertas.
La contratación de capacidad de reactiva adicional, se llevará a cabo en
determinadas zonas donde se identifiquen necesidades del sistema superiores a la
capacidad de control de tensión que pueden aportar los medios existentes con su
capacidad obligatoria. La convocatoria de estos mercados de capacidad reactiva
adicional presenta un segundo requisito, la existencia de suficiente nivel de competencia
en la zona correspondiente. La introducción de mercados zonales de capacidad adicional
se prevé progresiva, a medida que se constaten tanto la necesidad como la suficiencia
competitiva, y deberán establecerse con el suficiente tiempo de preaviso para facilitar un
buen nivel de competencia. Tras el trámite de audiencia, se ha incorporado en el
procedimiento la posibilidad de suspender un mercado zonal en caso de perder las
condiciones básicas de competencia.
En cuanto a su diseño geográfico, será el operador del sistema quien defina las
subestaciones de la red de transporte que conforman las zonas vinculadas a los
mercados zonales. Este mismo operador publicará para cada zona en qué periodos
horarios hay requerimiento de capacidad reactiva mayor que cero en cualquier sentido, si
bien los participantes no conocerán las cantidades requeridas en el momento de ofertar,
con objeto de evitar ejercicio de poder de mercado.
La oferta se presentará por unidad de programación con segregación zonal,
proporcionando posteriormente los desgloses de la capacidad asignada de las unidades
de programación por unidad física, para facilitar el análisis de seguridad del sistema y
validación del servicio. Las ofertas podrán incluir, además de un precio por bloque de
capacidad, un término en euros por cada período horario con programa por debajo de
mínimo técnico (por cada modo de funcionamiento). Por otra parte, si las asignaciones
de reactiva implican arranques de unidades térmicas o turbinas adicionales, dichos
arranques serán remunerados al coste de arranque indicado en la oferta de
restricciones, siempre que los arranques se hayan realizado efectivamente.
En la subasta puede haber una parte del requerimiento que priorice a los
proveedores que disponen de la modalidad de seguimiento por consigna de tensión y
que sean capaces de responder de forma automática y rápida frente a cambios en la
medida de tensión, cubriendo así mejor las necesidades del sistema. Una vez cubierta la
capacidad de respuesta automática y rápida ante cambios de perfil de tensión en la red,
el resto del requerimiento de capacidad adicional de potencia reactiva se asignará con
un criterio puramente económico.
Debido a la especial dificultad que tiene la demanda para poder participar en la
prestación del servicio en forma de consignas dinámicas, se toma, a efectos de su
participación en dicha modalidad, como nula su capacidad obligatoria, por lo que su
participación en la modalidad de seguimiento de consignas se efectuaría por la
capacidad asignada en los mercados de capacidad reactiva adicional. De esta forma,
sólo participan, de forma voluntaria aquellos que, por sus características de consumo
(tipo de proceso productivo, etc.) pudiesen comprometerse a seguir consignas en tiempo
real de un día para el siguiente, pudiendo internalizar en el mercado de reactiva adicional
cve: BOE-A-2025-13076
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153