Ministerio Del Interior. I. Disposiciones generales. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Retribuciones. (BOE-A-2025-12963)
Orden INT/661/2025, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que se determina la indemnización a percibir por el personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
«Misión
Porcentaje del complemento
de productividad
Sec. I. Pág. 84332
Porcentaje de indemnización por residencia
Porcentaje de sueldo, complemento
de destino y componente general
del complemento específico
Marruecos
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Países Bajos
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
Polonia
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Eslovaquia
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Finlandia
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
65 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Francia
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Alemania
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
cve: BOE-A-2025-12963
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Lituania
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
«Misión
Porcentaje del complemento
de productividad
Sec. I. Pág. 84332
Porcentaje de indemnización por residencia
Porcentaje de sueldo, complemento
de destino y componente general
del complemento específico
Marruecos
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Países Bajos
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
Polonia
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Eslovaquia
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Finlandia
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
65 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Francia
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
Alemania
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %
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