Ministerio Del Interior. I. Disposiciones generales. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Retribuciones. (BOE-A-2025-12963)
Orden INT/661/2025, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que se determina la indemnización a percibir por el personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
«Misión
Porcentaje del complemento
de productividad
Sec. I. Pág. 84333
Porcentaje de indemnización por residencia
Porcentaje de sueldo, complemento
de destino y componente general
del complemento específico
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %»
cve: BOE-A-2025-12963
Verificable en https://www.boe.es
Portugal
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
«Misión
Porcentaje del complemento
de productividad
Sec. I. Pág. 84333
Porcentaje de indemnización por residencia
Porcentaje de sueldo, complemento
de destino y componente general
del complemento específico
Personal que percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
80 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
55 %
Personal que no percibe algún tipo de indemnización o retribución de organismos internacionales.
100 %
80 % de la dieta, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
80 %»
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