Jefatura Del Estado. I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2025-12857)
Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 83936

El artículo 28 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan
determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas
de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en
materia fiscal, energética y social, introdujo una modificación en la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, mediante la cual se atribuye al operador del sistema
eléctrico una nueva función relativa a la recogida y tratamiento de la información
dinámica de los puntos de recarga eléctrica, designando en la disposición adicional
tercera del referido real decreto-ley, a dicha entidad como responsable del desarrollo y
ejecución del Sistema de Gestión y Visualización (SGV) de la dicha información.
El procedimiento de envío de dicha información fue desarrollado mediante la Orden
TED/445/2023, de 28 de abril, por la que se regula la información a remitir por los
prestadores de servicio de recarga energética al Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y
Melilla.
Una vez puesto en funcionamiento el SGV por parte del operador del sistema, se ha
constatado que, a través de los mecanismos de remisión de datos dinámicos empleados
por los operadores de puntos de recarga (CPOs), se puede remitir también la
información de carácter estático contemplada en el anexo III de la Orden TED/445/2023,
de 28 de abril, que requiere una frecuencia de actualización considerable. Habilitar a que
el operador del sistema pueda obtener estos datos de carácter estático servirá para
mejorar ostensiblemente el actual sistema de remisión manual habilitado por el Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
En consecuencia, con el fin de garantizar una gestión más eficaz y coordinada de la
información, reducir las cargas administrativas a los operadores de puntos de recarga y
dar cumplimiento al principio de eficiencia que debe regir la actuación de las
administraciones públicas, se habilita expresamente al operador del sistema eléctrico,
para la recogida y tratamiento conjunto de la información dinámica y estática de los
puntos de recarga eléctrica, conforme a lo establecido en el anexo III de la Orden
TED/445/2023, de 28 de abril.
En cuanto a la electrificación de climatización, se incorporan dos medidas que
facilitan la adopción de instalaciones de bombas de calor, como pueden ser la aerotermia
y geotermia.
En primer lugar, se actualiza la Ley de Propiedad Horizontal para clarificar que el
marco para la toma de decisiones en la junta de propietarios con respecto a la
instalación de sistemas de aprovechamiento de energías renovables incluye también
estas tecnologías. Con ello, se aporta seguridad jurídica y se facilita la electrificación de
la climatización en estos ámbitos.
En segundo lugar, se actualiza la normativa relativa a los tributos locales de modo
que las entidades locales puedan regular bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes
Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
para incentivar la instalación de sistemas de energía ambiente, como puede ser la
aerotermia, del mismo modo que estaba ya previsto para sistemas de aprovechamiento
de energía solar.
La adopción de las medidas de incremento de la demanda eléctrica es urgente para
dar una señal inmediata que permita a los distintos agentes avanzar en la electrificación
en los ámbitos industrial, de movilidad y de climatización y, con ello, lograr un mejor
aprovechamiento de las redes existentes, menores costes unitarios para los
consumidores y el aprovechamiento de los costes competitivos resultado del despliegue
de generación renovable.
La evolución tecnológica de las energías renovables ha permitido que estas formen
parte, cada vez más, del conjunto de herramientas que contribuyen a una operación
segura y eficiente del sistema. Por ello, y con el objetivo de dotar al sistema, de forma
ordenada, de instalaciones con las últimas prestaciones requeridas a la generación
renovable que puedan contribuir a esta operación segura, se introducen diversas
medidas.

cve: BOE-A-2025-12857
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Núm. 152