Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2025-12818)
Orden HAC/657/2025, de 21 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.
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NIF

01054

Total

00231

02566

00768

02281

02460

01532

01283

02118

01082

2018

2019

2020

2021

2022

2023

2024(*)

2024

Total

01083

02119

01284

01533

02461

02282

00769

02567

00400

01072

01060

Cuota líquida
positiva

01084

02120

01285

01534

02462

02283

00774

02568

00401

01073

01061

Con derecho
a conversión en
crédito exigible
(art. 130.6 b) LIS)

01085

02121

01286

01535

02463

02284

00775

02569

00403

01074

01062

Con derecho
a conversión en crédito
exigible por exceso cuota
en otros períodos iniciados a partir de 2016
(art. 130.1 y 6 b) LIS)

01086

02122

01287

01536

02464

02285

00776

02570

00404

01075

01063

01088

02117

01282

01531

02459

02286

00780

02571

00195

01065

01541

01292

02127

01102

2023

2024(*)

2024

Total

01103

02128

01293

01542

02470

Exceso cuota líquida positiva aplicado en
períodos impositivos de 2008 a 2015
(DT 33ª.4 LIS)

00551

00555

01104

02129

01294

01543

01105

02130

01295

01544

Compensación

Exceso cuota líquida positiva aplicado en
períodos impositivos iniciados a partir de 2016
(art. 130.1 párrafo 2º LIS)
02471

Abono

cve: BOE-A-2025-12818
Verificable en https://www.boe.es

Sólo debe cumplimentarse si el grupo tiene excesos de cuota líquida pendientes de aplicar, correspondientes a un período impositivo anterior iniciado en 2024 (consultar instrucciones).

02469

Ejercicio de
generación
2022

Exceso cuota líquida positiva pendiente a
principio del período/generado en el propio
período

Exceso cuota líquida positiva (art. 130.1 y DT 33ª.4 LIS)

Importe del crédito exigible ... 00915

Conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria

01089

02123

01288

01537

02465

02287

00781

02572

00405

01077

01066

Con derecho
a conversión
en crédito exigible
(art. 130.6 b) LIS)

01090

02124

01289

01538

02466

02288

00782

02573

00406

01078

01067

01058

01047

00845

Importe total
AID pendientes
(DT 33ª.1 y 6 a) LIS)(*)

01091

02125

01290

01539

02467

02289

00788

02574

00407

01079

01068

Con derecho
a conversión en crédito
exigible por exceso cuota
en otros períodos iniciados a partir de 2016
(art. 130.1 y 6 b) LIS)

01092

02126

01291

01540

02468

02290

00835

02575

00408

01080

01069

Sin derecho
a conversión en
crédito exigible
(art. 130.6 c) LIS)

AID pendientes de aplicación en períodos futuros

00891

01046

Sin prestación patrimonial. Minoración
prestación por exceso cuota otros
períodos iniciados a partir de 2016
(DT 33ª.4 y 6 d) LIS)

Exceso cuota líquida positiva pendiente
de aplicación en períodos futuros

AID
convertidos en
crédito exigible en
el período

01057

01045

00834

Sin prestación patrimonial
(DT 33ª.6 d) LIS)

AID pendientes de aplicación en períodos futuros

Martes 24 de junio de 2025

(*)

Sin derecho
a conversión en
crédito exigible
(art. 130.6 c) LIS)

AID
aplicados en el período
(por integración dotaciones en la liquidación
y compensación de BI
negativas)

00848

01044

Con prestación patrimonial
(DT 33ª.6 c) LIS)

Sólo debe cumplimentarse si el grupo tiene AID pendientes de aplicar o convertir, correspondientes a un período impositivo anterior iniciado en 2024 (consultar instrucciones).

01071

2017

(*)

01059

2016

Ejercicio de
generación

2024
Página 7I bis

Núm. 151

Importe total AID
(art. 130.6 a) LIS) pendientes de aplicación a
principio del período/
generados en el propio
período

01056

01043

00824

AID
convertidos en crédito
exigible en el período

AID pendientes de aplicación a principio del período/generados en el propio período

Activos por impuesto diferido con derecho a conversión en crédito exigible (art. 130 LIS).

Activos por impuesto diferido (AID). Art. 130 LIS

(*)

01042
01055

00821

01041

01040

Cuota líquida positiva

AID aplicados en el período
(por integración dotaciones
en la liquidación)

2008 a 2015

Importe total AID
pendientes de aplicación
a principio del período
(DT 33ª.1 y 6 a) LIS)(*)

2007 y anteriores 00820

Ejercicio de
generación

Denominación social de la entidad representante

Activos por impuesto diferido generados durante la pertenencia al grupo. Conversión en crédito exigible frente a la Administración tributaria (art. 130, DA 13ª y DT 33ª LIS)

Activos por impuesto diferido (AID). DT 33ª y DA 13ª LIS

TOTAL GRUPO

220

Modelo

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. I. Pág. 83587