Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12754)
Resolución 420/38282/2025, de 18 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación del Consejo Atlántico Juvenil Español, para la realización del «Youth Mediterranean Dialogue».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83043
No se abonarán nunca contra esta aplicación presupuestaria gastos correspondientes a
retribuciones ordinarias del personal que tenga una relación laboral dependiente con la
Asociación COAJE.
Por parte del MINISDEF se emitirán certificaciones de conformidad para acreditar la
correcta ejecución del objeto y de la actividad prevista.
Cuarta.
Procedimiento de justificación del gasto.
La Asociación COAJE remitirá al MINISDEF un expediente del gasto, dentro del mes
siguiente a la finalización de cada actividad.
1.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:
a) Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente. Para aquellas operaciones exentas de IVA será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación.
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio, y deberán tener entrada en la SEGENPOL antes
del 15 de noviembre de 2025.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b)
Memoria económica:
La actividad que engloba el presente convenio se realizará exclusivamente dentro de
su periodo de vigencia. En la memoria económica se desglosarán los gastos realizados
con cargo a la aportación económica del MINISDEF.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto que se
presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden marcado en la
memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
También incluirá una descripción del gasto realizado por la Asociación COAJE.
c) Memoria de la actividad:
Asimismo, tras finalizar la citada actividad, la Asociación COAJE remitirá a la
SEGENPOL una memoria de la actividad donde se incluirán los dosieres gráficos,
carteles, trípticos que integren o se deriven de la actividad realizada.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
a través del sistema de gestión integrada de Servicios de Registro (GEISER) existente
en los registros de los organismos pertenecientes a la Administración General del
Estado, no siendo válido ningún trámite realizado a través de cualquier otro portal
electrónico de las Administraciones Públicas. La presentación deberá realizarla el
representante legal de la entidad.
3.
Tramitación del expediente por el MINISDEF:
Tras ser recibido en la SEGENPOL el expediente del gasto, esta misma, elaborará
una certificación de conformidad del MINISDEF con la realización de la actividad objeto
del convenio.
cve: BOE-A-2025-12754
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83043
No se abonarán nunca contra esta aplicación presupuestaria gastos correspondientes a
retribuciones ordinarias del personal que tenga una relación laboral dependiente con la
Asociación COAJE.
Por parte del MINISDEF se emitirán certificaciones de conformidad para acreditar la
correcta ejecución del objeto y de la actividad prevista.
Cuarta.
Procedimiento de justificación del gasto.
La Asociación COAJE remitirá al MINISDEF un expediente del gasto, dentro del mes
siguiente a la finalización de cada actividad.
1.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:
a) Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente. Para aquellas operaciones exentas de IVA será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación.
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio, y deberán tener entrada en la SEGENPOL antes
del 15 de noviembre de 2025.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b)
Memoria económica:
La actividad que engloba el presente convenio se realizará exclusivamente dentro de
su periodo de vigencia. En la memoria económica se desglosarán los gastos realizados
con cargo a la aportación económica del MINISDEF.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto que se
presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden marcado en la
memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
También incluirá una descripción del gasto realizado por la Asociación COAJE.
c) Memoria de la actividad:
Asimismo, tras finalizar la citada actividad, la Asociación COAJE remitirá a la
SEGENPOL una memoria de la actividad donde se incluirán los dosieres gráficos,
carteles, trípticos que integren o se deriven de la actividad realizada.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
a través del sistema de gestión integrada de Servicios de Registro (GEISER) existente
en los registros de los organismos pertenecientes a la Administración General del
Estado, no siendo válido ningún trámite realizado a través de cualquier otro portal
electrónico de las Administraciones Públicas. La presentación deberá realizarla el
representante legal de la entidad.
3.
Tramitación del expediente por el MINISDEF:
Tras ser recibido en la SEGENPOL el expediente del gasto, esta misma, elaborará
una certificación de conformidad del MINISDEF con la realización de la actividad objeto
del convenio.
cve: BOE-A-2025-12754
Verificable en https://www.boe.es
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