Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-12598)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de restauración colectiva.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
9.
Sec. III. Pág. 82195
Zamora
Salario base
2025
–
Euros
Nivel 1.
1.277,36
Nivel 2.
1.153,39
Nivel 3.
1.146,98
Nivel 4 (Monitor/a).
1.142,75
Nivel 5.
1.128,17
Nivel 6.
1.124,82
Nivel 7.
1.119,32
Nivel 8.
1.072,81
Nivel 9.
1.072,81
Complementos salariales
Seguro de accidentes de trabajo.
Fallecimiento.
14.030,40
Incapacidad permanente absoluta.
17.538
Gran invalidez.
21.045,60
Plus de idiomas.
+20 %.
Nocturnidad.
+25 %.
Viudedad.
Hasta veinte años de servicio, un mes de salario, y cada tres años más de servicio, un mes de salario.
Antigüedad. El complemento personal por
antigüedad se calculará sobre los salarios
y tendrán las cuantías siguientes.
El complemento personal de antigüedad se calculará sobre los salarios base y tendrán las cuantías
siguientes.
– Un 3 por 100 al cumplirse 3 años de servicio efectivo en la empresa.
– Un 8 por 100 al cumplirse los 6 años.
– Un 16 por 100 al cumplirse los 9 años.
– Un 26 por 100 al cumplirse los 14 años.
– Un 38 por 100 al cumplirse los 19 años.
– Un 45 por 100 al cumplirse los 25 años.
No obstante lo anterior, para los trabajadores/as que sean contratados/as a partir del 1 de agosto de
2014, el complemento personal de antigüedad se calculara sobre los salarios y conforme a la siguiente
escala:
– Un 3 por 100 al cumplirse 5 años de servicio efectivo en la empresa.
– Un 8 por 100 al cumplirse los 10 años.
– Un 15 por 100 al cumplirse los 15 años.
– Un 20 por 100 al cumplirse los 20 años.
– Un 25 por 100 al cumplirse los 25 años.
– Un 30 por 100 al cumplirse los 30 años.
Pagas extraordinarias.
2 (Verano y Navidad).
cve: BOE-A-2025-12598
Verificable en https://www.boe.es
2025
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
9.
Sec. III. Pág. 82195
Zamora
Salario base
2025
–
Euros
Nivel 1.
1.277,36
Nivel 2.
1.153,39
Nivel 3.
1.146,98
Nivel 4 (Monitor/a).
1.142,75
Nivel 5.
1.128,17
Nivel 6.
1.124,82
Nivel 7.
1.119,32
Nivel 8.
1.072,81
Nivel 9.
1.072,81
Complementos salariales
Seguro de accidentes de trabajo.
Fallecimiento.
14.030,40
Incapacidad permanente absoluta.
17.538
Gran invalidez.
21.045,60
Plus de idiomas.
+20 %.
Nocturnidad.
+25 %.
Viudedad.
Hasta veinte años de servicio, un mes de salario, y cada tres años más de servicio, un mes de salario.
Antigüedad. El complemento personal por
antigüedad se calculará sobre los salarios
y tendrán las cuantías siguientes.
El complemento personal de antigüedad se calculará sobre los salarios base y tendrán las cuantías
siguientes.
– Un 3 por 100 al cumplirse 3 años de servicio efectivo en la empresa.
– Un 8 por 100 al cumplirse los 6 años.
– Un 16 por 100 al cumplirse los 9 años.
– Un 26 por 100 al cumplirse los 14 años.
– Un 38 por 100 al cumplirse los 19 años.
– Un 45 por 100 al cumplirse los 25 años.
No obstante lo anterior, para los trabajadores/as que sean contratados/as a partir del 1 de agosto de
2014, el complemento personal de antigüedad se calculara sobre los salarios y conforme a la siguiente
escala:
– Un 3 por 100 al cumplirse 5 años de servicio efectivo en la empresa.
– Un 8 por 100 al cumplirse los 10 años.
– Un 15 por 100 al cumplirse los 15 años.
– Un 20 por 100 al cumplirse los 20 años.
– Un 25 por 100 al cumplirse los 25 años.
– Un 30 por 100 al cumplirse los 30 años.
Pagas extraordinarias.
2 (Verano y Navidad).
cve: BOE-A-2025-12598
Verificable en https://www.boe.es
2025