Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-12299)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Martes 17 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 80777

4.ª Competencias atribuidas al Consejo de Administración de ADIF-Alta Velocidad
en relación con la adjudicación de capacidad de infraestructura a las empresas
ferroviarias que lo soliciten y con las condiciones de operación de la infraestructura
ferroviaria:
4.1 Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad la
competencia para la adjudicación de capacidad de infraestructura a las empresas
ferroviarias que lo soliciten.
4.2 Delegación de la competencia para aprobar las instrucciones y circulares
necesarias para determinar, con precisión, las condiciones de operación de la
infraestructura ferroviaria en desarrollo de lo previsto en el Real Decreto 664/2015, de 17
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria, mediante la
elaboración y aprobación de documentación reglamentaria en forma de Consignas,
Avisos y Horarios de los trenes que permita fijar criterios que faciliten y adapten la
aplicación del citado Reglamento a casos concretos, identificando y reduciendo los
riesgos, y minimizando sus consecuencias:
– Se delega en el titular de la Dirección General de la Entidad, la aprobación, a
propuesta del titular de la Subdirección de Seguridad en la Circulación, de toda la
documentación que seguidamente se relaciona, así como la elaboración y aprobación, a
propuesta de aquél, de cualquier otra documentación que pudiera precisarse:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)

Consigna C.
Consigna P.
Consignas TE.
Avisos AV.
Consignas CO y CTO.
Avisos AvO.
Horarios de los Trenes.
Consignas AO, ATO, ATO/CTO.
Consignas A.

5.ª Competencias atribuidas al Consejo de Administración de ADIF-Alta Velocidad
en materia de acceso a las infraestructuras ferroviarias de titularidad de ADIF-Alta
Velocidad, integradas en la Red Ferroviaria de Interés General:

5.2.1 Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad la
competencia para instruir los procedimientos sobre modificación de los acuerdos marco
para la reserva de capacidad.
5.2.2 Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad la
competencia para instruir los procedimientos sobre indemnizaciones por incumplimiento,
modificación o resolución de los acuerdos marco para la reserva de capacidad.
Se delega en el titular de la Presidencia de ADIF-Alta Velocidad la competencia para
la resolución de los procedimientos sobre indemnizaciones por incumplimiento,
modificación o resolución de los acuerdos marco para la reserva de capacidad.
5.2.3 Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad la
competencia para instruir los procedimientos sobre renovación de los acuerdos marco
para la reserva de capacidad.

cve: BOE-A-2025-12299
Verificable en https://www.boe.es

5.1 En materia de instrucción de los procedimientos sobre solicitudes referidas a
nuevos acuerdos marco para la reserva de capacidad:
Se delega en el titular de la Dirección General de ADIF-Alta Velocidad la
competencia para instruir los procedimientos sobre solicitudes de nuevos acuerdos
marco para la reserva de capacidad.
5.2 En materia de ejecución de los acuerdos marco para la reserva de capacidad: