Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12285)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Jefatura Central de Tráfico, O.A., y el Instituto Nacional de Estadística, O.A., para el acceso a la base padronal del instituto a través del servicio web Secopa y cruce de datos anual para la elaboración del padrón municipal de vehículos para la liquidación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 80671

Autónomo Jefatura Central de Tráfico deberá poder ofrecer esta información si fuera
requerida por el INE.
c) Comunicar a el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico las
irregularidades que observe en el acceso a los datos del padrón, solicitando la
información adicional que considere necesaria. El INE podrá suspender o limitar el
acceso al servicio web si advirtiera anomalías o irregularidades en los accesos o en el
régimen de su control, hasta que queden completamente aclaradas o el Organismo
Autónomo Jefatura Central de Tráfico adopte las medidas que resulten procedentes.
Por el contrario, el INE, al no gestionar la elaboración del padrón municipal, no
asume ninguna responsabilidad en los casos en los que los domicilios recogidos en la
base de datos de padrón y los datos del habitante encontrado no se ajusten a la realidad,
ni podrá emitir certificaciones de los datos que se obtengan.
Quinta. Actuaciones a desarrollar por el Organismo Autónomo Jefatura Central de
Tráfico en relación con el acceso al padrón.
A efectos de posibilitar la colaboración pretendida el Organismo Autónomo Jefatura
Central de Tráfico iniciará las acciones tendentes a:
a) Establecer el correspondiente procedimiento para la tramitación interna de los
accesos por parte de el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, dentro de su
estructura organizativa.
b) Contar, con carácter previo a la plena efectividad de este convenio, con una
norma de seguridad interna, que contendrán, como mínimo, la regulación de los
siguientes aspectos:
1. El órgano responsable de la gestión de usuarios y control y seguridad de los
accesos.
2. Personal facultado y condiciones de acceso.
3. Gestión de usuarios.
4. Control de usuarios y accesos al Servicio Web de Consulta de la Base de Datos
del Padrón continuo gestionada por el INE.
5. Forma de documentación de la gestión de los usuarios.
6. Control periódico de acceso de los usuarios con motivación de los mismos.
7. Registro de incidencias, y de medidas adoptadas.
8. Régimen de responsabilidades y sanciones.
c) Realizar la gestión de usuarios y de accesos, según las normas técnicas que se
acuerden entre el INE y el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico.
d) Facilitar el asesoramiento técnico e informático a los distintos usuarios.
e) Generar con los datos de las distintas peticiones un fichero XML que deberá ser
firmado por el correspondiente certificado del servidor.
f) Facilitar al INE, para su incorporación como tabla en su sistema y según las
normas que se indiquen, la relación de usuarios dados de alta inicialmente por el
Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para utilizar el servicio web, así como
las sucesivas variaciones a la misma según se vayan produciendo.
g) Facilitar la documentación que el INE le solicite en relación con las auditorías
que lleve a cabo, comunicando a el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, las
irregularidades que se le comuniquen e informando de las medidas que el INE lleve a
cabo en relación a las mismas.
Sexta. Cruce de datos con carácter anual para la elaboración del padrón municipal de
vehículos con el fin de que los ayuntamientos puedan liquidar el IVTM.
Con carácter anual, en el mes de febrero, se llevará a cabo un cruce de las personas
físicas titulares de los vehículos a día 1 de enero, con el fin de poder elaborar el padrón

cve: BOE-A-2025-12285
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Núm. 145