Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12283)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E., y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para colaborar en el proyecto «Caracterización y estudios de durabilidad de las barreras de ingeniería en almacenamientos de residuos radiactivos del centro de almacenamiento de El Cabril».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80639
En cuanto a las distintas técnicas y metodologías de investigación, desarrolladas en
el transcurso del proyecto y como consecuencia del mismo, quedarán a libre disposición
de las entidades participantes para su uso y empleo, con carácter general, en nuevas
investigaciones.
Asimismo, de acuerdo con lo indicado en la Instrucción de la presidencia del CSIC
(Resolución de 3 de julio de 2023), el personal del CSIC que se encuentre en situación
de doble afiliación con la otra parte, derivada de las situaciones de movilidad y análogas
previstas en los artículos 17 y 19 de la vigente «Ley de la Ciencia», en los resultados del
proyecto objeto del presente convenio (publicaciones, artículos científicos, documentos,
jornadas, trabajos de investigación, etc.) utilizará siempre como afiliación principal la del
CSIC, pudiendo utilizar la mención de afiliación a la/s otra/s parte/s en función de la
situación de movilidad convergente.
2. Obedeciendo al carácter de las entidades firmantes y al objeto de este convenio,
en la utilización de los resultados, parciales o finales, susceptibles de ser explotados
comercialmente, las entidades participantes ostentarán el derecho de uso y explotación
comercial, bien directamente o a través de terceros, en un marco de salvaguarda de los
intereses de cada una de las partes, asegurándose que no se ocasionan daños o
perjuicios mutuamente. Este marco de salvaguarda se establecerá entre las partes, que
se comprometen a suscribir entre ellas un contrato de cotitularidad en virtud del cual se
establecerán los porcentajes de titularidad de la patente u otros títulos de protección que
se soliciten, la asunción de costes de solicitud, extensión internacional y mantenimiento
de dichos títulos, la toma de decisiones con respecto a los contactos y negociaciones de
contratos de licencia o colaboración con terceras partes relacionados con dichos títulos,
el reparto de los potenciales ingresos generado por dichos contratos, así como
cualesquiera otros aspectos referidos al marco de protección y explotación de los
resultados que considerasen de interés.
3. Tanto en publicaciones, como en patentes y otros títulos de propiedad industrial e
intelectual, se respetará siempre la mención a los autores de las investigaciones que, en
estas últimas, figurarán en calidad de inventores o autores intelectuales.
Décima.
Publicaciones.
En las publicaciones se respetará la mención a las personan autoras del trabajo. En
cualquiera de los supuestos de difusión de resultados se hará siempre especial
referencia al presente documento en el que se concreta la colaboración. La utilización y
difusión de otros resultados de la investigación diferentes de las publicaciones científicas
se hará de acuerdo común entre las Partes.
Como principio general de entendimiento se estimará que no podrá ser difundida ni
presentada al público ninguna información que pudiera menoscabar los derechos de
propiedad industrial e intelectual que se deriven del trabajo común. Por ello, aquellos
resultados que no siendo en sí mismos objeto de patente o de otra forma de protección,
pudieran inhabilitar, por su publicación o difusión, el reconocimiento de propiedad sobre
una obra, proceso o productos, deberán ser considerados como materia reservada y no
divulgable.
Imagen corporativa, difusión y divulgación.
Durante la vigencia del presente convenio, las partes acuerdan hacer difusión pública
de su existencia por cualquier medio de comunicación, haciéndose mutuo
reconocimiento público. En toda actividad de difusión y divulgación relativa al objeto de
este convenio deberá hacerse mención de la colaboración establecida entre las partes
firmantes, figurando el logotipo del CSIC y de Enresa.
cve: BOE-A-2025-12283
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80639
En cuanto a las distintas técnicas y metodologías de investigación, desarrolladas en
el transcurso del proyecto y como consecuencia del mismo, quedarán a libre disposición
de las entidades participantes para su uso y empleo, con carácter general, en nuevas
investigaciones.
Asimismo, de acuerdo con lo indicado en la Instrucción de la presidencia del CSIC
(Resolución de 3 de julio de 2023), el personal del CSIC que se encuentre en situación
de doble afiliación con la otra parte, derivada de las situaciones de movilidad y análogas
previstas en los artículos 17 y 19 de la vigente «Ley de la Ciencia», en los resultados del
proyecto objeto del presente convenio (publicaciones, artículos científicos, documentos,
jornadas, trabajos de investigación, etc.) utilizará siempre como afiliación principal la del
CSIC, pudiendo utilizar la mención de afiliación a la/s otra/s parte/s en función de la
situación de movilidad convergente.
2. Obedeciendo al carácter de las entidades firmantes y al objeto de este convenio,
en la utilización de los resultados, parciales o finales, susceptibles de ser explotados
comercialmente, las entidades participantes ostentarán el derecho de uso y explotación
comercial, bien directamente o a través de terceros, en un marco de salvaguarda de los
intereses de cada una de las partes, asegurándose que no se ocasionan daños o
perjuicios mutuamente. Este marco de salvaguarda se establecerá entre las partes, que
se comprometen a suscribir entre ellas un contrato de cotitularidad en virtud del cual se
establecerán los porcentajes de titularidad de la patente u otros títulos de protección que
se soliciten, la asunción de costes de solicitud, extensión internacional y mantenimiento
de dichos títulos, la toma de decisiones con respecto a los contactos y negociaciones de
contratos de licencia o colaboración con terceras partes relacionados con dichos títulos,
el reparto de los potenciales ingresos generado por dichos contratos, así como
cualesquiera otros aspectos referidos al marco de protección y explotación de los
resultados que considerasen de interés.
3. Tanto en publicaciones, como en patentes y otros títulos de propiedad industrial e
intelectual, se respetará siempre la mención a los autores de las investigaciones que, en
estas últimas, figurarán en calidad de inventores o autores intelectuales.
Décima.
Publicaciones.
En las publicaciones se respetará la mención a las personan autoras del trabajo. En
cualquiera de los supuestos de difusión de resultados se hará siempre especial
referencia al presente documento en el que se concreta la colaboración. La utilización y
difusión de otros resultados de la investigación diferentes de las publicaciones científicas
se hará de acuerdo común entre las Partes.
Como principio general de entendimiento se estimará que no podrá ser difundida ni
presentada al público ninguna información que pudiera menoscabar los derechos de
propiedad industrial e intelectual que se deriven del trabajo común. Por ello, aquellos
resultados que no siendo en sí mismos objeto de patente o de otra forma de protección,
pudieran inhabilitar, por su publicación o difusión, el reconocimiento de propiedad sobre
una obra, proceso o productos, deberán ser considerados como materia reservada y no
divulgable.
Imagen corporativa, difusión y divulgación.
Durante la vigencia del presente convenio, las partes acuerdan hacer difusión pública
de su existencia por cualquier medio de comunicación, haciéndose mutuo
reconocimiento público. En toda actividad de difusión y divulgación relativa al objeto de
este convenio deberá hacerse mención de la colaboración establecida entre las partes
firmantes, figurando el logotipo del CSIC y de Enresa.
cve: BOE-A-2025-12283
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.