Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12282)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia Informática de la Seguridad Social y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en materia de intercambio de información para la elaboración de análisis estadísticos y estudios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80625
Asimismo, el artículo 62.2.g) del mismo texto legal establece la competencia de los
Secretarios de Estado para la celebración de los convenios no reservados al Ministro del
que dependan.
En consecuencia, al ser jurídicamente procedente el mantenimiento de un sistema
estable y periódico de suministro de información entre las partes y, tras haberse cumplido
los trámites preceptivos, se acuerda celebrar el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer un marco estable de colaboración
entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia
Tributaria), la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones (en adelante,
SESSyP), la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (en adelante,
DGOSS), el Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante, INSS), el Instituto
Social de la Marina (en adelante, ISM), la Tesorería General de la Seguridad Social
(en adelante, TGSS), la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (en adelante,
GISS) y la Dirección General de Análisis Económico (en adelante, DGAE) para el
suministro de información tributaria y de la Seguridad Social anonimizada (datos de
carácter no personal) a nivel individual de interés para la elaboración de estadísticas,
estudios, informes y opiniones en el ámbito de las competencias de la DGAE y del
Consejo de la Productividad (el Consejo), según quede establecido en su normativa
de funcionamiento vigente.
(En lo sucesivo se utilizará la denominación «organismos intervinientes de la
Seguridad Social» para referirse conjuntamente a la SESSYP, a la DGOSS, al INSS, al
ISM, a la TGSS y a la GISS).
Finalidad del convenio.
La cesión de información procedente de la Agencia Tributaria y de los organismos
intervinientes de la Seguridad Social tendrá como finalidad la colaboración con la DGAE
y el Consejo de la Productividad para la elaboración de análisis económicos o
estadísticos en el marco de competencias que ambos órganos tienen atribuidas.
Las bases de datos que la Agencia Tributaria y los organismos intervinientes de la
Seguridad Social cedan a la DGAE y al Consejo de la Productividad al amparo de este
convenio, podrán ponerse a disposición de la comunidad investigadora a través del
ES_DataLab siguiendo el procedimiento establecido en su normativa de funcionamiento
prevista en el Convenio suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística, la Agencia
Tributaria, la SESSyP, la TGSS, el INSS, el ISM, la GISS, el Servicio Público de Empleo
Estatal y el Banco de España, para proporcionar datos estadísticos procedentes de
integrar distintas bases de datos a investigadores con fines científicos de interés público
(BOE número 77 de 28 de marzo de 2024). Esta cesión de información se considera una
actuación compatible con la finalidad del convenio.
Asimismo, en aras de la eficiencia y de la colaboración mutua, cuando sea de interés
para la ejecución de sus competencias, la Agencia Tributaria y los organismos
intervinientes de la Seguridad Social podrán obtener, previa solicitud, la cesión de los
estudios y resultados elaborados por la DGAE o por el Consejo de la Productividad en el
marco de la aplicación de este convenio.
cve: BOE-A-2025-12282
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80625
Asimismo, el artículo 62.2.g) del mismo texto legal establece la competencia de los
Secretarios de Estado para la celebración de los convenios no reservados al Ministro del
que dependan.
En consecuencia, al ser jurídicamente procedente el mantenimiento de un sistema
estable y periódico de suministro de información entre las partes y, tras haberse cumplido
los trámites preceptivos, se acuerda celebrar el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer un marco estable de colaboración
entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia
Tributaria), la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones (en adelante,
SESSyP), la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (en adelante,
DGOSS), el Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante, INSS), el Instituto
Social de la Marina (en adelante, ISM), la Tesorería General de la Seguridad Social
(en adelante, TGSS), la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (en adelante,
GISS) y la Dirección General de Análisis Económico (en adelante, DGAE) para el
suministro de información tributaria y de la Seguridad Social anonimizada (datos de
carácter no personal) a nivel individual de interés para la elaboración de estadísticas,
estudios, informes y opiniones en el ámbito de las competencias de la DGAE y del
Consejo de la Productividad (el Consejo), según quede establecido en su normativa
de funcionamiento vigente.
(En lo sucesivo se utilizará la denominación «organismos intervinientes de la
Seguridad Social» para referirse conjuntamente a la SESSYP, a la DGOSS, al INSS, al
ISM, a la TGSS y a la GISS).
Finalidad del convenio.
La cesión de información procedente de la Agencia Tributaria y de los organismos
intervinientes de la Seguridad Social tendrá como finalidad la colaboración con la DGAE
y el Consejo de la Productividad para la elaboración de análisis económicos o
estadísticos en el marco de competencias que ambos órganos tienen atribuidas.
Las bases de datos que la Agencia Tributaria y los organismos intervinientes de la
Seguridad Social cedan a la DGAE y al Consejo de la Productividad al amparo de este
convenio, podrán ponerse a disposición de la comunidad investigadora a través del
ES_DataLab siguiendo el procedimiento establecido en su normativa de funcionamiento
prevista en el Convenio suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística, la Agencia
Tributaria, la SESSyP, la TGSS, el INSS, el ISM, la GISS, el Servicio Público de Empleo
Estatal y el Banco de España, para proporcionar datos estadísticos procedentes de
integrar distintas bases de datos a investigadores con fines científicos de interés público
(BOE número 77 de 28 de marzo de 2024). Esta cesión de información se considera una
actuación compatible con la finalidad del convenio.
Asimismo, en aras de la eficiencia y de la colaboración mutua, cuando sea de interés
para la ejecución de sus competencias, la Agencia Tributaria y los organismos
intervinientes de la Seguridad Social podrán obtener, previa solicitud, la cesión de los
estudios y resultados elaborados por la DGAE o por el Consejo de la Productividad en el
marco de la aplicación de este convenio.
cve: BOE-A-2025-12282
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.