Comunitat Valenciana. I. Disposiciones generales. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2025-11959)
Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Sábado 14 de junio de 2025
Sección 3.ª

Sec. I. Pág. 77674

Políticas integrales de la juventud

Artículo 105.
Se modifica el artículo 3 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de políticas
integrales de juventud, que queda redactado como sigue:
«Artículo 3.

Principios rectores y directrices de las políticas de juventud.

Las políticas de juventud se regirán por los siguientes principios y directrices:
1. Se diseñarán integralmente para que se ocupen de todos los ámbitos
vitales y sociales de la juventud, así como transversalmente, es decir, desde todos
los departamentos de las administraciones públicas.
2. Estarán arraigadas en el territorio y se basarán en el principio de
proximidad, para garantizar un mayor y mejor servicio directo a las personas
jóvenes. Además, tendrán en cuenta las diferentes realidades territoriales y
prestarán una atención especial a las especificidades del ámbito rural.
3. Se diseñarán coordinadamente entre las administraciones y con la
sociedad civil, para responder a los principios de integridad, transversalidad,
proximidad, universalidad e igualdad.
4. Se esbozarán y ejecutarán desde una perspectiva intergeneracional que
facilite la integración y el reconocimiento de los jóvenes como agentes activos de
la sociedad valenciana.
5. Se fundamentarán en la igualdad real y en el reconocimiento a la
diversidad.
6. Tendrán carácter universal, desde una perspectiva de equidad, para
garantizar la igualdad de oportunidades y combatir las desigualdades sociales,
estructurales y coyunturales, mediante la promoción de las habilidades para la
vida, la apuesta por el ocio educativo y la educación no formal, como instrumento
fundamental para la inclusión social.
7. Se perfilarán y desarrollarán desde la participación directa y la
corresponsabilidad de las personas jóvenes a través del Consell de la Joventut,
del tejido asociativo juvenil y de la juventud no asociada.
8. Se fundamentarán en la transparencia, la evaluación y la democratización
de la información.»
Artículo 106.
Se modifica el apartado 4, 8, 9 y 12 del artículo 5 de la Ley 15/2017, de 10 de
noviembre, de políticas integrales de juventud, que queda como sigue:
«Artículo 5. Corresponsabilidad de las administraciones públicas en las políticas
de juventud.

[…]
4. Desarrollar políticas públicas de juventud, así como programas de
prevención, detección, sensibilización y formación, con carácter transversal sobre
todo tipo de violencias, especialmente la infantil, incluyendo el acoso y el
ciberacoso sexual.
[…]
8. Garantizar el acceso a la cultura y dar apoyo a la creación joven.
9. Potenciar el conocimiento de la cultura y las tradiciones propias de la
Comunitat Valenciana entre la población joven.
[…]

cve: BOE-A-2025-11959
Verificable en https://www.boe.es

Las administraciones públicas se comprometen a: