Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2025-11847)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, gestión y servicios, con letras de identificación «R-DT», y sus anexos, para ser utilizado por Daimler Truck Renting España, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Jueves 12 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 77027

Daimler Truck Renting España, S.A. (Unipersonal)

Si el plazo de duración consignado en las Condiciones Particulares del Contrato se viera alterado por cualquier causa (mutuo acuerdo entre las
partes, cancelación anticipada o retraso en la devolución del Vehículo) el número de kilómetros contratados se verá automáticamente
modificado en proporción directa al plazo efectivo del Contrato.
En el caso de que el kilometraje final (o el que resultase de la regularización del mismo si la duración inicial del Contrato hubiese sido
modificada) sea superior en un 25% al kilometraje inicialmente establecido en las Condiciones Particulares o al resultante de la regularización
según lo contratado, DTRE queda facultada para incrementar en un 50% el coste por penalización por kilómetro de exceso que consta en las
Condiciones Particulares desde el primer kilómetro de exceso que supere los kilómetros contratados.
7.5. Si llegada la fecha de devolución según la Condición General 7.1 (Devolución del Vehículo), el Arrendatario no devolviera el Vehículo en la
forma y fecha acordadas, el contrato quedará prorrogado automáticamente y de manera sucesiva por prórrogas de 3 meses hasta un
máximo de 12 meses, incrementando el importe de la Cuota Neta Mensual en un 50% hasta que se produzca la entrega efectiva, no obstante,
una vez iniciado el periodo de prórroga las Partes podrán rescindir el contrato en cualquier momento con un preaviso de 1 mes.
Si una vez finalizada la prórroga del contrato el Arrendatario no devolviera el Vehículo de conformidad con lo estipulado en la Condición General
7.1 (Devolución del Vehículo) el Arrendatario autoriza específicamente a DTRE desde la fecha de la firma a tomar posesión del Vehículo en
cualquier lugar donde éste se encuentre, a salvo de las formalidades legales que sean precisas, de conformidad con lo establecido en la
Condición General 6 (Reserva de dominio).
Los vehículos que funcionan con biodiesel deben ser convertidos a diésel de aceite mineral a su regreso. No se puede dejar biodiesel en el
depósito ni en el sistema de combustible. Antes de la devolución del Vehículo, se debe demostrar que el vehículo ha sido conducido con
gasóleo normal durante al menos dos llenados de depósito (por ejemplo, mediante la presentación de los recibos de la estación de servicio).
7.6. En caso de que el Arrendatario no devolviera el Vehículo/Otros Bienes de conformidad con lo estipulado en la Condición General 7.1
(Devolución del Vehículo/Otros Bienes), el Arrendatario autoriza específicamente a DTRE desde la fecha de la firma, y con efectos desde la
fecha de la Nota/Notificación de Entrega, a tomar posesión del/de Vehículo/Otros Bienes en cualquier lugar donde éste/estos se encuentre/n,
a salvo de las formalidades legales que sean precisas, siendo a cargo del Arrendatario cuantos costes se originen por tal cuestión.
8.

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE DTRE.

8.1. A partir de la fecha de firma del Contrato, DTRE tendrá informado al Arrendatario de la disponibilidad del Vehículo y/o los Otros Bienes
informándole de las fechas previstas para la entrega.
8.2. DTRE informará al Arrendatario de posibles retrasos, anomalías o de las causas de fuerza mayor ocurridas a partir de la fecha de firma del
Contrato que pudiesen impedir, anticipar, retrasar o modificar la entrega del Vehículo y/o los Otros Bienes al Arrendatario o modificar la
Cuota fijada inicialmente en el Contrato. Únicamente podrá el Arrendatario reclamar compensación a DTRE cuando tales circunstancias
obedezcan a causas directamente imputables a DTRE.
8.3. Los gastos de mantenimiento preventivo indicados en el manual del fabricante del Vehículo y/o los Otros Bienes y las reparaciones que fueran
necesarias como consecuencia del uso normal del Vehículo y/o los Otros Bienes durante la vigencia del Arrendamiento (averías estética, en
todo caso, excluidas) serán satisfechos por DTRE o por el Arrendatario, según corresponda, dependiendo de la modalidad de servicio de
mantenimiento que se contrate y, por tanto, así figure en las Condiciones Particulares de entre las siguientes:

Daimler Truck Renting España, S.A.U. | Avda. de Castilla, 2. Edif. Atenas, 2ºB. Parque Empresarial San Fernando
28830 San Fernando de Henares (Madrid) | T +34 919 179 790.
Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 42.861, Folio 50, Hoja M-757791, Inscr. 1ª. | CIF Nº A-67850636.
Reverso no apto a los efectos de este contrato

cve: BOE-A-2025-11847
Verificable en https://www.boe.es

B) Mantenimiento y reparaciones (Unión Europea y Suiza): Serán satisfechas por DTRE, además de las labores referidas anteriormente como
Mantenimiento, la ejecución, según prescripción del fabricante, de todas las reparaciones que sean necesarias (salvo especificaciones concretas
indicadas o recogidas en las Condiciones Particulares o en Anexo formalizado a tal efecto entre DTRE y el Arrendatario), incluidas las de
desgaste, producido en el Vehículo como consecuencia de la utilización apropiada del mismo por el Arrendatario, comprendiendo el
suministro de los recambios y materiales necesarios al efecto, incluso grupos reacondicionados y líquidos de servicio (excepto
combustibles/adblue). La cobertura de Mantenimiento cubre los Accesorios Reglamentarios y de Serie. A efectos de control, aquellas labores
de mantenimiento y reparación que se vayan a realizar fuera del territorio español deberán ser previamente notificadas por el Arrendatario a
DTRE, indicando el alcance de tal labor, así como el lugar previsto para su ejecución. No obstante lo anterior, para aquellos vehículos que
hubiesen de desplazarse internacionalmente en territorios distintos de Unión Europea y Suiza, podrán establecerse condiciones especiales de
Mantenimiento a través de un anexo específico al Contrato. En lo que corresponde a Mantenimiento y Reparaciones de Otros Bienes, se
detallarán, en cada caso, las condiciones de aplicación según naturaleza y destino de los mismos.
El Mantenimiento y las Reparaciones de la carrocería instalada en el Vehículo, tanto al inicio del Contrato (previa la entrega o con
posterioridad a la misma) como durante la vigencia del mismo, será por cuenta del Arrendatario, salvo que expresamente haya contratado el
referido Mantenimiento con DTRE en virtud de lo dispuestos en las Condiciones Particulares.
En el Mantenimiento y Reparaciones de los accesorios instalados en el Vehículo (distintos de los Accesorios de Serie y/o Reglamentarios), tanto
al inicio del Contrato (previa la entrega o con posterioridad a la misma) como durante la vigencia del mismo, será por cuenta del Arrendatario,
salvo que expresamente haya contratado el referido Mantenimiento a DTRE en virtud de lo dispuesto en las Condiciones Particul ares.
C) Mantenimiento y Reparaciones no incluidos: En caso de que el Arrendatario no suscriba ninguna de las dos modalidades anteriores, los
gastos del Mantenimiento preventivo indicados en el Manual del fabricante del Vehículo y las Reparaciones que fueran necesarias como
consecuencia del uso normal del Vehículo durante la vigencia del Arrendamiento, para su normal funcionamiento, correrán a cargo del
Arrendatario.

Hoja Nº /

A) Mantenimiento (Unión Europea y Suiza): Serán satisfechas por DTRE las labores de ejecución en la red oficial de talleres todas las operaciones
convenidas o prescritas en el Cuaderno de Mantenimiento del Vehículo, según corresponda conforme a los kilómetros anuales acordados en las
Condiciones Particulares o lo indicado por los sistemas de evaluación de intervalos de mantenimientos que incorpore el Vehículo, según su
configuración original o de fábrica (sin incluir carrocerías, equipos o superestructuras instaladas después de su entrega al Arrendatario), con inclusión de
los recambios necesarios, relleno de lubricantes necesarios entre las operaciones periódicas de mantenimiento y los líquidos precisos, salvo
combustibles/adblue. A excepción de las cubiertas por la garantía del fabricante, quedan excluidas las reparaciones de cualquier índole. A efectos de
control, aquellas labores de mantenimiento que se vayan a realizar fuera del territorio español deberán ser previamente notificadas por el
Arrendatario a DTRE, indicando el alcance de tal labor, así como el lugar previsto para su ejecución. No obstante lo anterior, para aquellos vehículos
que hubiesen de desplazarse internacionalmente en territorios distintos de Unión Europea y Suiza, podrán establecerse condiciones especiales de
Mantenimiento a través de un anexo específico al Contrato. En lo que corresponde a Mantenimiento de Otros Bienes, se detallarán, en cada caso, las
condiciones de aplicación según naturaleza y destino de los mismos.