Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Precios públicos. (BOE-A-2025-11430)
Resolución de 28 de mayo de 2025, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se establecen los precios públicos por prestación de servicios y en las actividades desarrolladas por el organismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Viernes 6 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 74588
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se fijan los precios públicos de
aplicación a los servicios prestados por dicho organismo.
El tiempo transcurrido desde dicha Resolución hace necesario no solo un ajuste en
los precios, sino una adecuación a la actual realidad del sector audiovisual en cuanto a
los servicios, soportes y calidades demandados.
En las normas específicas de los servicios que implican acceso al patrimonio, se ha
intentado reflejar las necesidades de conservación, así como la distinción entre el
patrimonio propio y el perteneciente a terceros.
Se ha tratado de favorecer, mediante gratuidad y bonificaciones, a las instituciones
culturales, públicas y a la investigación. Se potencia así el interés público que persigue
Filmoteca Española contribuyendo a la difusión del patrimonio cinematográfico. Los
precios se han mantenido o reducido en varios casos.
Por último, la redacción de la nueva resolución ha tenido siempre presente la
inminente puesta en marcha de la plataforma audiovisual propia del ICAA PLATFO, que
ofrecerá en línea el servicio de visionado, y en su caso, de compra de archivos, de
aquellos títulos que en ella se alojen.
La presente resolución deja sin efecto los precios públicos aprobados por la
Resolución de 30 de diciembre de 2020 del Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales, por la que se fijan los precios públicos de aplicación a los servicios
prestados por dicho organismo.
A tal fin, en atención a la necesidad de completar el marco de precios públicos y su
actualización, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 26.1.b) de la
Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, previa autorización del Ministro
de Cultura, resuelvo:
Primero. Aprobación de los precios públicos por servicios y actividades de la Filmoteca
Española, que se perciben por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales O.A.
Se aprueban los precios públicos a percibir por el Instituto de la Cinematografía y de
las Artes Audiovisuales O.A. (en lo sucesivo ICAA) por los servicios y actividades
vinculados con la actividad cultural y divulgativa que efectúa la Filmoteca Española.
Las relaciones de precios públicos figuran en los anexos I, II, III y IV de esta
resolución.
Normas Generales.
1. Los precios establecidos en la presente resolución serán de aplicación a los
servicios prestados y a las actividades vinculadas con las acciones divulgativas y
formativas realizadas por la Filmoteca Española, incluyendo la totalidad de los gastos
imputables al servicio.
2. La cuantía de los precios se incrementará con el impuesto sobre el valor añadido
vigente en cada momento que tendrá en cuenta las exenciones fiscales
correspondientes establecidas en la normativa reguladora de dicho impuesto.
3. Los precios por los servicios y actividades recogidos en los anexos de la
presente resolución no incluyen, en su caso, los soportes utilizados, los gastos
ocasionados con ocasión de una preparación especial, el embalaje, envío o cualesquiera
otros que deben ser satisfechos por los solicitantes de los servicios, con independencia
de aquéllos, salvo lo que se incluya específicamente conforme a lo previsto en los
anexos de esta resolución.
4. La solicitud de los servicios comprendidos en la presente resolución se cursará
en los modelos que al efecto se establezcan y que estarán disponibles en línea.
5. La entrega de reproducciones en cualquiera de los soportes disponibles en la
Filmoteca Española, de los servicios recogidos en esta resolución, estará sujeta a la
legislación sobre propiedad intelectual y demás normativa vigente.
cve: BOE-A-2025-11430
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 136
Viernes 6 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 74588
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se fijan los precios públicos de
aplicación a los servicios prestados por dicho organismo.
El tiempo transcurrido desde dicha Resolución hace necesario no solo un ajuste en
los precios, sino una adecuación a la actual realidad del sector audiovisual en cuanto a
los servicios, soportes y calidades demandados.
En las normas específicas de los servicios que implican acceso al patrimonio, se ha
intentado reflejar las necesidades de conservación, así como la distinción entre el
patrimonio propio y el perteneciente a terceros.
Se ha tratado de favorecer, mediante gratuidad y bonificaciones, a las instituciones
culturales, públicas y a la investigación. Se potencia así el interés público que persigue
Filmoteca Española contribuyendo a la difusión del patrimonio cinematográfico. Los
precios se han mantenido o reducido en varios casos.
Por último, la redacción de la nueva resolución ha tenido siempre presente la
inminente puesta en marcha de la plataforma audiovisual propia del ICAA PLATFO, que
ofrecerá en línea el servicio de visionado, y en su caso, de compra de archivos, de
aquellos títulos que en ella se alojen.
La presente resolución deja sin efecto los precios públicos aprobados por la
Resolución de 30 de diciembre de 2020 del Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales, por la que se fijan los precios públicos de aplicación a los servicios
prestados por dicho organismo.
A tal fin, en atención a la necesidad de completar el marco de precios públicos y su
actualización, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 26.1.b) de la
Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, previa autorización del Ministro
de Cultura, resuelvo:
Primero. Aprobación de los precios públicos por servicios y actividades de la Filmoteca
Española, que se perciben por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales O.A.
Se aprueban los precios públicos a percibir por el Instituto de la Cinematografía y de
las Artes Audiovisuales O.A. (en lo sucesivo ICAA) por los servicios y actividades
vinculados con la actividad cultural y divulgativa que efectúa la Filmoteca Española.
Las relaciones de precios públicos figuran en los anexos I, II, III y IV de esta
resolución.
Normas Generales.
1. Los precios establecidos en la presente resolución serán de aplicación a los
servicios prestados y a las actividades vinculadas con las acciones divulgativas y
formativas realizadas por la Filmoteca Española, incluyendo la totalidad de los gastos
imputables al servicio.
2. La cuantía de los precios se incrementará con el impuesto sobre el valor añadido
vigente en cada momento que tendrá en cuenta las exenciones fiscales
correspondientes establecidas en la normativa reguladora de dicho impuesto.
3. Los precios por los servicios y actividades recogidos en los anexos de la
presente resolución no incluyen, en su caso, los soportes utilizados, los gastos
ocasionados con ocasión de una preparación especial, el embalaje, envío o cualesquiera
otros que deben ser satisfechos por los solicitantes de los servicios, con independencia
de aquéllos, salvo lo que se incluya específicamente conforme a lo previsto en los
anexos de esta resolución.
4. La solicitud de los servicios comprendidos en la presente resolución se cursará
en los modelos que al efecto se establezcan y que estarán disponibles en línea.
5. La entrega de reproducciones en cualquiera de los soportes disponibles en la
Filmoteca Española, de los servicios recogidos en esta resolución, estará sujeta a la
legislación sobre propiedad intelectual y demás normativa vigente.
cve: BOE-A-2025-11430
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.