Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-11268)
Resolución de 28 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la Propiedad de Torrelodones a expedir una certificación literal de varias inscripciones relativas a una finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73747
publicar mis datos, si bien con siglas (…) que luego son utilizadas por D. J. N. U.,
directivo de Indra Sistemas. S.A. y Sistemas Informáticos Abiertos, SA. (…)
Téngase en cuenta que en los consejos de administración de esas compañías
figuran muchos apellidos Ámérigo Alonso entre sus consejeros, incluso alguno en su
cualidad de Secretario de Estado.
Además, el Sr. notario [sic] D. Enrique Amérigo Alonso parece tener demasiada
inquina con los titulares y de las fincas registrales originarias de la plaza que regenta
como la registral 400. o la 562, o todas las confiscadas en la guerra civil cuyos frutos han
terminado en posesión de D. P. J. G. S. y de los hermanos L. F. quienes, por notoriedad,
no necesitan más presentación. (“BOE” núm. 255, de 25 de octubre de 2023,
páginas 140045 a 140853 [9 págs.] publicando Resolución de 8 de septiembre de 2023,
de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública); especialmente las que
colindan con fincas públicas susceptibles de ser empleadas para ampliarlas por la vía de
alteración de linderos que se adjudican empresas o titulares de viejos y nuevos cargos o
concejales municipales (B. A.; L. F.; J. M. N.); asesores de alcaldía y personal de
confianza: E. M. S.; G. F. B.: Casino Gran Madrid; S. C. D.;...)
Se une además la circunstancia concurrente en el Sr. Notario [sic] D. Enrique
Amérigo Alonso de confusión material en los cargos que ostenta, entendiendo
incompatible dictar una Calificación Desfavorable como Notario [sic] ordinario y ofrecer
recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública donde ostenta
cargo orgánico muy destacado.
Es por ello por lo que mediante la presente queja este J. J. D. G., con DNI núm. (…)
viene a solicitar se requiera al notario [sic] D. Enrique Amérigo Alonso se aparte del
conocimiento de este asunto al concurrir demasiadas causas de abstención, con los
efectos pertinentes
Y sin más dilación procedo a redactar el simultáneo.
II) Recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública contra la
notificación de calificación desfaborable [sic] de 17-12-2024 del Sr. notario [sic] D.
Enrique Américo Alonso.
Antecedentes:
“Se solicita por Don J. J. D. G., certificación literal de las inscripciones de la finca
registral 400 de Torrelodones. La inscripción 9.ª contiene pronunciamientos de dominio
que no se encuentran vigentes en la actualidad.
Se alega como motivo de la solicitud por operaciones particionales del Juzgado Mixto
Número 3 de Collado Villalba. No se aporta documentación alguna que permita conocer
el objeto del procedimiento.
No se acredita por el solicitante la condición de heredero de los titulares registrales
que consta en las [sic] inscripción 9.ª”
b) Aparece publicada en el BOE Resolución de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto por esta misma parte contra nota de
calificación del Registrador de la Propiedad de Torrelodones por la que se niega la
expedición de certificación de determinados extremos.
En el hecho primero se publica el origen de la solicitud en las P.O. 474/2016 del
Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Collado Vilalba [sic], constando mi nombre y
cve: BOE-A-2025-11268
Verificable en https://www.boe.es
a) Con fecha 14/01/2025 11:28 se notifica a la parte por correo certificado en la
estafeta de Navalcarnero del contenido de carta certificada emitida el 089[sic]/01/2025.
El contenido del sobre notificado contiene dos folios a dobla cara fundamentadores
de calificación desfavorable conforme al art. 18 de la LH y 98 del Reglamento
Hipotecario.
La resolución ofrece recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública en término de un mes desde la notificación (que lo ha sido el 14/01/2025).
En los hechos el Sr. Notario D. Enrique Amérigo Alonso afirma:
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73747
publicar mis datos, si bien con siglas (…) que luego son utilizadas por D. J. N. U.,
directivo de Indra Sistemas. S.A. y Sistemas Informáticos Abiertos, SA. (…)
Téngase en cuenta que en los consejos de administración de esas compañías
figuran muchos apellidos Ámérigo Alonso entre sus consejeros, incluso alguno en su
cualidad de Secretario de Estado.
Además, el Sr. notario [sic] D. Enrique Amérigo Alonso parece tener demasiada
inquina con los titulares y de las fincas registrales originarias de la plaza que regenta
como la registral 400. o la 562, o todas las confiscadas en la guerra civil cuyos frutos han
terminado en posesión de D. P. J. G. S. y de los hermanos L. F. quienes, por notoriedad,
no necesitan más presentación. (“BOE” núm. 255, de 25 de octubre de 2023,
páginas 140045 a 140853 [9 págs.] publicando Resolución de 8 de septiembre de 2023,
de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública); especialmente las que
colindan con fincas públicas susceptibles de ser empleadas para ampliarlas por la vía de
alteración de linderos que se adjudican empresas o titulares de viejos y nuevos cargos o
concejales municipales (B. A.; L. F.; J. M. N.); asesores de alcaldía y personal de
confianza: E. M. S.; G. F. B.: Casino Gran Madrid; S. C. D.;...)
Se une además la circunstancia concurrente en el Sr. Notario [sic] D. Enrique
Amérigo Alonso de confusión material en los cargos que ostenta, entendiendo
incompatible dictar una Calificación Desfavorable como Notario [sic] ordinario y ofrecer
recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública donde ostenta
cargo orgánico muy destacado.
Es por ello por lo que mediante la presente queja este J. J. D. G., con DNI núm. (…)
viene a solicitar se requiera al notario [sic] D. Enrique Amérigo Alonso se aparte del
conocimiento de este asunto al concurrir demasiadas causas de abstención, con los
efectos pertinentes
Y sin más dilación procedo a redactar el simultáneo.
II) Recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública contra la
notificación de calificación desfaborable [sic] de 17-12-2024 del Sr. notario [sic] D.
Enrique Américo Alonso.
Antecedentes:
“Se solicita por Don J. J. D. G., certificación literal de las inscripciones de la finca
registral 400 de Torrelodones. La inscripción 9.ª contiene pronunciamientos de dominio
que no se encuentran vigentes en la actualidad.
Se alega como motivo de la solicitud por operaciones particionales del Juzgado Mixto
Número 3 de Collado Villalba. No se aporta documentación alguna que permita conocer
el objeto del procedimiento.
No se acredita por el solicitante la condición de heredero de los titulares registrales
que consta en las [sic] inscripción 9.ª”
b) Aparece publicada en el BOE Resolución de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto por esta misma parte contra nota de
calificación del Registrador de la Propiedad de Torrelodones por la que se niega la
expedición de certificación de determinados extremos.
En el hecho primero se publica el origen de la solicitud en las P.O. 474/2016 del
Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Collado Vilalba [sic], constando mi nombre y
cve: BOE-A-2025-11268
Verificable en https://www.boe.es
a) Con fecha 14/01/2025 11:28 se notifica a la parte por correo certificado en la
estafeta de Navalcarnero del contenido de carta certificada emitida el 089[sic]/01/2025.
El contenido del sobre notificado contiene dos folios a dobla cara fundamentadores
de calificación desfavorable conforme al art. 18 de la LH y 98 del Reglamento
Hipotecario.
La resolución ofrece recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública en término de un mes desde la notificación (que lo ha sido el 14/01/2025).
En los hechos el Sr. Notario D. Enrique Amérigo Alonso afirma: