Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-11291)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, para la realización de obras de modernización y consolidación de determinados regadíos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73987
Tercera. Financiación.
El presente convenio no conlleva compromisos económicos para las partes
firmantes. Establece las condiciones de participación financiera de cada una de las
partes implicadas en la celebración de los convenios para la financiación, construcción y
explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos.
Los convenios específicos para la financiación, construcción y explotación de las
obras de modernización y consolidación de regadíos que se suscriban entre las
Comunidades de Regantes, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
de la Junta de Andalucía y SEIASA, establecerán las condiciones financieras y de
realización de las obras, teniendo en consideración lo siguiente:
1) Deberá incluir la financiación de la actuación, así como la descripción de la obra,
participación, forma y plazos de pago, obligaciones y garantías de cada una de las
partes.
2) Que la aportación de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, de la Junta de Andalucía ascenderá al 50 % del coste total de la ejecución de obra
finalmente realizada, y será abonada mediante el pago a SEIASA del 50 % de cada una
de las certificaciones de obra, en el momento de su emisión.
3) Que la aportación de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, de la Junta de Andalucía constituye una subvención a SEIASA.
4) La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, de la Junta de
Andalucía podrá anticipar todo o parte de la aportación prevista con carácter previo a la
realización de las obras.
5) En ningún caso SEIASA financiará más del 20 % del coste total de la actuación.
Cuarta.
Participación de otras entidades públicas.
Si como consecuencia de la competencia de otras Entidades o Administraciones
Públicas en materia hidráulica o de infraestructuras, la modernización de regadíos a
llevar a cabo en alguna Comunidad de Regantes fuera ejecutada en parte por dichas
Entidades, las partes que suscriban el correspondiente convenio, mantendrán las
fórmulas de cooperación y colaboración señaladas en las cláusulas anteriores para
aquellas actuaciones de modernización que no sean abordadas por estas otras
Entidades o Administraciones Públicas.
En cualquier caso, las partes que suscriben este convenio actuarán de forma
coordinada en su relación con las Entidades o Administraciones Públicas competentes
en la materia hidráulica o de infraestructuras a que se refiere el párrafo anterior.
Comisión de seguimiento.
Para alcanzar los objetivos comunes deseados, se crea una Comisión de
Seguimiento del convenio que estará integrada únicamente por los firmantes originarios
del presente convenio. De esta forma, contará con una representación paritaria del
MAPA, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de
Andalucía y de SEIASA, designados en un número máximo de tres vocales por cada
parte, actuando como Presidente el representante del MAPA de mayor categoría, y como
Secretario un miembro de la Comisión de Seguimiento, designado por el Presidente.
La Comisión de Seguimiento tendrá funciones de propuesta al MAPA, a la Junta de
Andalucía y a SEIASA, de la relación de las actuaciones que se van a desarrollar en el
marco del presente convenio, y llevará a cabo el seguimiento sobre el cumplimiento de lo
establecido en el mismo.
La Comisión de Seguimiento se reunirá siempre que lo solicite una de las partes
firmantes, elevándose por aquélla a las partes que convienen este acto los informes
relativos al seguimiento de la ejecución del presente convenio, así como la propuesta de
la firma de un nuevo convenio.
cve: BOE-A-2025-11291
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73987
Tercera. Financiación.
El presente convenio no conlleva compromisos económicos para las partes
firmantes. Establece las condiciones de participación financiera de cada una de las
partes implicadas en la celebración de los convenios para la financiación, construcción y
explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos.
Los convenios específicos para la financiación, construcción y explotación de las
obras de modernización y consolidación de regadíos que se suscriban entre las
Comunidades de Regantes, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
de la Junta de Andalucía y SEIASA, establecerán las condiciones financieras y de
realización de las obras, teniendo en consideración lo siguiente:
1) Deberá incluir la financiación de la actuación, así como la descripción de la obra,
participación, forma y plazos de pago, obligaciones y garantías de cada una de las
partes.
2) Que la aportación de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, de la Junta de Andalucía ascenderá al 50 % del coste total de la ejecución de obra
finalmente realizada, y será abonada mediante el pago a SEIASA del 50 % de cada una
de las certificaciones de obra, en el momento de su emisión.
3) Que la aportación de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, de la Junta de Andalucía constituye una subvención a SEIASA.
4) La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, de la Junta de
Andalucía podrá anticipar todo o parte de la aportación prevista con carácter previo a la
realización de las obras.
5) En ningún caso SEIASA financiará más del 20 % del coste total de la actuación.
Cuarta.
Participación de otras entidades públicas.
Si como consecuencia de la competencia de otras Entidades o Administraciones
Públicas en materia hidráulica o de infraestructuras, la modernización de regadíos a
llevar a cabo en alguna Comunidad de Regantes fuera ejecutada en parte por dichas
Entidades, las partes que suscriban el correspondiente convenio, mantendrán las
fórmulas de cooperación y colaboración señaladas en las cláusulas anteriores para
aquellas actuaciones de modernización que no sean abordadas por estas otras
Entidades o Administraciones Públicas.
En cualquier caso, las partes que suscriben este convenio actuarán de forma
coordinada en su relación con las Entidades o Administraciones Públicas competentes
en la materia hidráulica o de infraestructuras a que se refiere el párrafo anterior.
Comisión de seguimiento.
Para alcanzar los objetivos comunes deseados, se crea una Comisión de
Seguimiento del convenio que estará integrada únicamente por los firmantes originarios
del presente convenio. De esta forma, contará con una representación paritaria del
MAPA, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de
Andalucía y de SEIASA, designados en un número máximo de tres vocales por cada
parte, actuando como Presidente el representante del MAPA de mayor categoría, y como
Secretario un miembro de la Comisión de Seguimiento, designado por el Presidente.
La Comisión de Seguimiento tendrá funciones de propuesta al MAPA, a la Junta de
Andalucía y a SEIASA, de la relación de las actuaciones que se van a desarrollar en el
marco del presente convenio, y llevará a cabo el seguimiento sobre el cumplimiento de lo
establecido en el mismo.
La Comisión de Seguimiento se reunirá siempre que lo solicite una de las partes
firmantes, elevándose por aquélla a las partes que convienen este acto los informes
relativos al seguimiento de la ejecución del presente convenio, así como la propuesta de
la firma de un nuevo convenio.
cve: BOE-A-2025-11291
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.