Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-11287)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de modificación del Convenio colectivo de Compañía de Distribución Integral Logista, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 73871

Comisión de control del plan de pensiones: La Comisión de Control del Plan de
Pensiones es el órgano de supervisión y control del funcionamiento y ejecución del Plan
de Pensiones.
Derechos consolidados: Son la parte de los recursos patrimoniales afectos al Plan
que corresponden al partícipe en función de las aportaciones, de la ejecución del Plan de
Reequilibrio y del régimen financiero de capitalización, así como de los quebrantos y
gastos repercutibles al Plan.
Entidad depositaria: La Entidad Depositaria es la entidad financiera encargada de la
custodia y depósito de los valores mobiliarios y demás activos financieros integrados en
el Fondo de Pensiones, así como de la realización de cuantas otras funciones la vigente
normativa le encomiende.
Entidad gestora: La Entidad Gestora es la entidad responsable de la administración y
gestión del Fondo de Pensiones en que se halle integrado el presente Plan de
Pensiones.
Fondo de pensiones: Patrimonio afecto al Plan de Pensiones, constituido por las
aportaciones establecidas en las Especificaciones del mismo, las transferencias de
fondos constituidos y las amortizaciones del déficit derivado del reconocimiento de
derechos por servicios pasados, con sus consiguientes intereses, así como por los
rendimientos que se generen, y con cargo al cual se atenderá el cumplimiento de las
prestaciones reguladas en el presente reglamento.
Haber regulador: Es el salario de referencia a efectos de determinar tanto las
aportaciones directas obligatorias de los partícipes como las contribuciones de la
Empresa Promotora a este Plan de Pensiones.
Partícipe activo del plan de pensiones: Empleado de la Empresa Promotora que haya
ejercido válidamente su derecho de adhesión al mismo y mantenga en vigor sus
aportaciones obligatorias, directas o imputadas, al Plan de Pensiones.
Partícipe en situación de asimilación al alta: Empleados de la Empresa Promotora
que, en el marco de un despido colectivo conforme al artículo 51 del Estatuto de los
Trabajadores, se acojan a la situación de prejubilación y se mantengan en el Plan de
Pensiones con igualdad de derechos y obligaciones que el resto de los partícipes en
activo del mismo.
Partícipe en situación de jubilación parcial: Partícipes que reuniendo los requisitos
legales exigidos al efecto en cada momento, concierten con la Empresa Promotora un
contrato de trabajo a tiempo parcial y simultáneamente les sea reconocida una pensión
por Jubilación parcial por el Sistema de la Seguridad Social de conformidad con la
legislación vigente, y entre tanto no opten por iniciar la percepción de la prestación de
Jubilación de este Plan de Pensiones.
Partícipe en suspenso: Quien, habiendo ostentado con anterioridad la condición de
partícipe, haya cesado en la realización de sus aportaciones obligatorias al Plan, directas
o imputadas, mientras no movilice sus Derechos Consolidados a otro Plan de Pensiones.
Partícipe voluntario: Partícipes que libremente optan por continuar en el Plan sin
adquirir la condición de partícipes en suspenso cuando concurren las circunstancias y se
cumplen las condiciones establecidas en el artículo 25 C) del presente reglamento.
Plan de pensiones: Contrato colectivo de previsión social complementaria cuyas
estipulaciones, recogidas en el presente reglamento, establecen y regulan los derechos y
obligaciones de los elementos personales del Plan, así como las reglas de
funcionamiento del mismo, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 8/1987 de 8 de junio, de
Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, parcialmente modificada por la
Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados,
y en las demás normas legales y reglamentarias de aplicación y desarrollo de aquélla.
Promotor, empresa o entidad promotora: Promotor, Empresa o Entidad Promotora, es
«Compañía de Distribución Integral Logista SAU».

cve: BOE-A-2025-11287
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Núm. 135