Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11292)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación solar fotovoltaica Saurus, de 137,03 MWn, y su infraestructura de evacuación, para la hibridación con la central térmica de ciclo combinado Castelnou, en la provincia de Teruel».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 74011
Patrimonio cultural.
(57) Los movimientos de maquinaria y/o vehículos, así como las zonas de
aparcamiento y acopio se ceñirán a las áreas prospectadas sin restos arqueológicos y/o
bienes etnológicos.
(58) Cualquier variación y/o ampliación de las zonas afectadas por el proyecto de
referencia, deberán ser objeto de prospección arqueológica con antelación a la fase de
obras.
(59) Si en el transcurso de las obras y movimiento de tierras asociado al proyecto,
apareciesen restos que puedan considerarse integrantes del patrimonio cultural, se
deberá proceder a la comunicación inmediata y obligatoria del hallazgo al organismo
autonómico competente, que resolverá las medidas de protección/conservación que
estime adecuadas.
i)
Condiciones al plan de vigilancia ambiental (PVA)
(60) Previo al inicio de las obras, se deberá presentar detalle del PVA y del plan de
seguimiento específico de fauna ante el órgano sustantivo y ante el organismo
competente en biodiversidad y medio ambiente del Gobierno de Aragón.
(61) Antes del inicio de las obras, el promotor designará un coordinador ambiental
con cualificación y experiencia en este tipo de responsabilidades, que deberá realizar
visitas periódicas durante la fase de obras y durante la vida útil del proyecto. Se contará
con técnicos especializados en flora y fauna silvestres.
(62) Se asegurará la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones,
restauraciones y naturalizaciones a realizar durante la vida útil de la instalación,
contemplando la reposición de marras y los riegos de mantenimiento precisos, además
de proceder a hidrosiembras en los lugares donde la reposición de tierra vegetal no haya
tenido éxito.
(63) Se realizará el seguimiento de la dinámica de las poblaciones de
avifauna (presencia, abundancia y evolución) durante toda la vida útil del proyecto,
centrado en las especies que utilizan la superficie ocupada por la PSFV y líneas
eléctricas, así como su entorno más inmediato de 5 km alrededor de las infraestructuras
proyectadas, con objeto de conocer si estas poblaciones sufren alteraciones y poder
adoptar nuevas medidas de conservación. La frecuencia de visitas para el seguimiento
de las poblaciones de avifauna se coordinará con el organismo autonómico competente
en biodiversidad.
Para el seguimiento de las poblaciones de quirópteros se recomienda la utilización
de la metodología propuesta por SECEMU para las plantas solares fotovoltaicas
«Propuesta de Directrices para la evaluación y prevención del impacto de plantas
fotovoltaicas sobre quirópteros» (SECEMU, 2023).
Se realizarán, al menos, dos muestreos al año, tanto en el período reproductivo
como en el otoñal, en los hábitats característicos de las especies potencialmente
cve: BOE-A-2025-11292
Verificable en https://www.boe.es
El PVA previsto en el EsIA debe completarse con los aspectos adicionales indicados
en esta resolución. Se garantizará el cumplimiento de las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias descritas a través de un seguimiento de dichas medidas,
sus criterios de aplicación y su eficacia, que se reflejará en los correspondientes
informes de vigilancia.
El PVA incorporará el seguimiento adaptativo de todas las medidas mitigadoras y
compensatorias que permita identificar la efectividad de las medidas aplicadas y que
sirva como base para el replanteamiento de las medidas en futuros periodos de
aplicación. En función de los resultados del seguimiento de la eficacia y consecución de
objetivos, podrá determinarse la aplicación de medidas adicionales. En el caso de existir
impactos residuales adicionales no contemplados, se estudiarán y propondrán las
oportunas medidas de mitigación.
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 74011
Patrimonio cultural.
(57) Los movimientos de maquinaria y/o vehículos, así como las zonas de
aparcamiento y acopio se ceñirán a las áreas prospectadas sin restos arqueológicos y/o
bienes etnológicos.
(58) Cualquier variación y/o ampliación de las zonas afectadas por el proyecto de
referencia, deberán ser objeto de prospección arqueológica con antelación a la fase de
obras.
(59) Si en el transcurso de las obras y movimiento de tierras asociado al proyecto,
apareciesen restos que puedan considerarse integrantes del patrimonio cultural, se
deberá proceder a la comunicación inmediata y obligatoria del hallazgo al organismo
autonómico competente, que resolverá las medidas de protección/conservación que
estime adecuadas.
i)
Condiciones al plan de vigilancia ambiental (PVA)
(60) Previo al inicio de las obras, se deberá presentar detalle del PVA y del plan de
seguimiento específico de fauna ante el órgano sustantivo y ante el organismo
competente en biodiversidad y medio ambiente del Gobierno de Aragón.
(61) Antes del inicio de las obras, el promotor designará un coordinador ambiental
con cualificación y experiencia en este tipo de responsabilidades, que deberá realizar
visitas periódicas durante la fase de obras y durante la vida útil del proyecto. Se contará
con técnicos especializados en flora y fauna silvestres.
(62) Se asegurará la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones,
restauraciones y naturalizaciones a realizar durante la vida útil de la instalación,
contemplando la reposición de marras y los riegos de mantenimiento precisos, además
de proceder a hidrosiembras en los lugares donde la reposición de tierra vegetal no haya
tenido éxito.
(63) Se realizará el seguimiento de la dinámica de las poblaciones de
avifauna (presencia, abundancia y evolución) durante toda la vida útil del proyecto,
centrado en las especies que utilizan la superficie ocupada por la PSFV y líneas
eléctricas, así como su entorno más inmediato de 5 km alrededor de las infraestructuras
proyectadas, con objeto de conocer si estas poblaciones sufren alteraciones y poder
adoptar nuevas medidas de conservación. La frecuencia de visitas para el seguimiento
de las poblaciones de avifauna se coordinará con el organismo autonómico competente
en biodiversidad.
Para el seguimiento de las poblaciones de quirópteros se recomienda la utilización
de la metodología propuesta por SECEMU para las plantas solares fotovoltaicas
«Propuesta de Directrices para la evaluación y prevención del impacto de plantas
fotovoltaicas sobre quirópteros» (SECEMU, 2023).
Se realizarán, al menos, dos muestreos al año, tanto en el período reproductivo
como en el otoñal, en los hábitats característicos de las especies potencialmente
cve: BOE-A-2025-11292
Verificable en https://www.boe.es
El PVA previsto en el EsIA debe completarse con los aspectos adicionales indicados
en esta resolución. Se garantizará el cumplimiento de las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias descritas a través de un seguimiento de dichas medidas,
sus criterios de aplicación y su eficacia, que se reflejará en los correspondientes
informes de vigilancia.
El PVA incorporará el seguimiento adaptativo de todas las medidas mitigadoras y
compensatorias que permita identificar la efectividad de las medidas aplicadas y que
sirva como base para el replanteamiento de las medidas en futuros periodos de
aplicación. En función de los resultados del seguimiento de la eficacia y consecución de
objetivos, podrá determinarse la aplicación de medidas adicionales. En el caso de existir
impactos residuales adicionales no contemplados, se estudiarán y propondrán las
oportunas medidas de mitigación.