Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Suplementos de crédito. (BOE-A-2025-11203)
Decreto-ley 8/2025, de 29 de abril, de concesión de un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023 prorrogados para el 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 73479

Para continuar garantizando el mínimo funcionamiento de los servicios de la
Administración durante el ejercicio 2025, el Gobierno ha aprobado el suplemento de
crédito, mediante el Decreto-ley 7/2025, de 25 de marzo, por un importe
de 2.167.695.613,78 euros, lo cual permitirá atender de manera más urgente las
necesidades recurrentes del año 2024.
No obstante, ahora hay que hacer frente a las necesidades que corresponden al
ejercicio 2025, uno de los compromisos que se tendrá que asumir es el incremento
retributivo del 0,5 % del IPCA del 2024 que se abonará durante el ejercicio 2025, con
efectos del 1 de enero de 2024, derivado del Acuerdo marco para una Administración del
siglo XXI. En este acuerdo se establece el incremento adicional del 0,5 % de las
retribuciones respecto de las vigentes el 31 de diciembre de 2023, en términos de
homogeneidad para los dos periodos de comparación, tanto en cuanto a efectivos de
personal como su antigüedad, si la variación del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024
supera el incremento retributivo fijado acumulado de 2022, 2023 y 2024.
Igualmente, se tiene que incluir la previsión de incremento retributivo del personal al
servicio de la Administración de la Generalitat de Catalunya que se apruebe, respecto de
las retribuciones vigentes el 31 de diciembre de 2024, en términos de homogeneidad
para los dos periodos de comparación, tanto en cuanto a efectivos de personal como su
antigüedad. Así mismo, hay que atender el impacto proporcional que los incrementos
retributivos tienen sobre los conciertos educativos, sanitarios, de servicios sociales y de
igualdad y feminismo, y el del personal de las universidades.
En este sentido, se aprobó el Decreto-ley 5/2025, de 25 de marzo, por el cual se
adoptan medidas urgentes en materia fiscal, de gastos de personal y otras
administrativas, en el cual se regula en el apartado de medidas en materia de gastos de
personal el incremento en el porcentaje máximo que autorice la normativa básica.
Por otro lado, la aprobación de este suplemento tiene que dar cobertura a los
compromisos inaplazables de este 2025, para los cuales no se dispone del crédito
necesario y que incluye compromisos adoptados por el Gobierno, compromisos de
mandato legal y de garantía de prestación de servicios. Estos recursos tienen que
garantizar el funcionamiento normal de los servicios sanitarios, educativos y de servicios
sociales, los servicios de justicia, seguridad y emergencias y la ejecución de inversiones
en curso. También es necesario continuar movilizando recursos para la emergencia
habitacional.
Debido a los riesgos derivados de la incertidumbre de la coyuntura económica
ocasionada por la política arancelaria de los Estados Unidos, el Gobierno ha aprobado el
Plan Respondemos con varias medidas que hay que dotar con el objetivo de fortalecer la
resiliencia del tejido empresarial y agrícola, así como mantener la ocupación.
También hay que hacer frente de manera urgente a las consecuencias de la
emergencia climática en el sector de la agricultura que se ha visto perjudicado de
manera especial estos últimos días.
La estimación de ingresos que tiene que percibir la Generalitat permite financiar los
suplementos de crédito necesarios para atender los compromisos de gasto, y garantizar
el cumplimiento de la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Actualmente, la prórroga del presupuesto cuenta con una previsión de ingresos y unos
créditos prorrogados que comportan un superávit presupuestario de un 1,1 % del PIB, es
decir, 3.620,9 millones de euros. Dado que el objetivo de déficit comunicado a las
comunidades autónomas fue del 0,1 % del PIB, se propone añadir 315,7 millones de euros,
lo cual supone un importe final de 3.936,7 millones de euros. Este importe financia el
suplemento de crédito aprobado mediante el Decreto-ley 7/2025, de 25 de marzo, así como
los nuevos incrementos que ahora se proponen para 2025 y que se limita a las necesidades
de gastos de personal directos e indirectos y las otras medidas urgentes del ejercicio 2025
que no pueden aplazarse, por un importe total de 1.301.018.772,62 euros. El gasto que
deriva de este suplemento se propone que se financie mayoritariamente con la previsión de
los ingresos más altos de los anticipos del modelo de financiación y la liquidación que
corresponderían al ejercicio 2025, de acuerdo con las estimaciones efectuadas.

cve: BOE-A-2025-11203
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Núm. 135