Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2025-11112)
Orden TDF/570/2025, de 2 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de junio de 2025
9.

Sec. II.B. Pág. 73194

Solicitudes

9.1 De acuerdo con la Orden TFP/510/2019, de 30 de abril, por la que se establece
la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o
el acceso a los cuerpos o escalas de funcionarios cuya selección corresponde al
Ministerio de Política Territorial y Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 8 de
mayo de 2019), y con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos,
las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las instancias por medios
electrónicos a través del servicio de Inscripción de pruebas selectivas (IPS) del Punto de
Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III.
Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los
que determine el servicio de IPS.
9.2 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
9.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso
General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La presentación se
realizará en la forma siguiente:
9.3.1 Las personas interesadas realizarán su inscripción en línea a través de la
aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General
(http://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).
9.3.2 Para ello, seleccionarán la subescala correspondiente (Secretaría, categoría
de entrada) y pincharán sobre «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su
inscripción on line» deberá pulsar el botón «Acceder Cl@ve» y seguir las instrucciones
que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en
cualquiera de sus modalidades.
La presentación electrónica permitirá lo siguiente:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos,
permitiendo completar o modificar los datos subsanables que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiere para legitimar la subsanación.
Para confirmar que la inscripción ha sido correctamente registrada, las personas
aspirantes deberán descargar el justificante de registro de su solicitud de admisión.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, los participantes deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de
consultas/incidencias disponibles en la siguiente dirección:
https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.
9.3.3 Una vez cumplimentados los datos solicitados, se ha de marcar la casilla que
indica «He leído las condiciones y manifiesto la voluntad de firmar digitalmente y
presentar la solicitud» y a continuación pulsar sobre el botón «Firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestra el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones». Las personas aspirantes deberán descargarse dicho justificante.
9.3.4 El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen
los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas

cve: BOE-A-2025-11112
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Núm. 134