Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2025-11112)
Orden TDF/570/2025, de 2 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 73195
que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos
públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de
referencia completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
9.3.5 En el caso de que la persona interesada se opusiera en su solicitud al
tratamiento de los datos expresados en la misma, alegando una causa para ello, deberá
adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica la documentación justificativa indicada
en la base 9.7.
9.3.6 Asimismo, las personas aspirantes que se encuentren, en su caso, en alguno
de los supuestos previstos en la base 8.2 deberán adjuntar escaneada en la solicitud
electrónica la documentación justificativa indicada en ellas.
9.4 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes.
9.5 Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud en el mismo proceso
selectivo. Igualmente, quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con
discapacidad (CRD), únicamente podrán presentar una solicitud por este cupo.
9.6 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
9.7 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad general igual o superior al 33 por ciento.
La condición de discapacidad se verificará por el órgano gestor mediante consulta a
la Plataforma de Intermediación de Datos cuando la condición de discapacidad haya sido
reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://
administracion.gob.es/PAG/PID.
Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para
su verificación por la Administración de los datos expresados en la misma, alegando una
causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el certificado acreditativo de su
condición de discapacidad.
b) La personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención:
1) Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales.
Estos extremos se verificarán por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma
de Intermediación de Datos, salvo que la persona interesada se haya opuesto en la
solicitud a su verificación por la Administración alegando una causa para ello.
En caso de ejercicio del derecho de oposición al tratamiento de datos, la persona
interesada deberá solicitar, en la oficina de los servicios públicos de empleo, la
certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en la que conste que
cumple con los requisitos señalados, y deberá presentar anexa a la solicitud el citado
certificado.
2) Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario
Mínimo Interprofesional en vigor a la fecha de publicación de esta convocatoria.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se verificará por el órgano gestor mediante
consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos de los datos obrantes en la Agencia
Estatal de Administración Tributaria conforme a las rentas que resulten de la declaración
presentada, con independencia de que se haya optado por la tributación conjunta o
individual, siempre que la persona interesada haya autorizado expresamente la consulta
de sus datos en esta Agencia Estatal en la correspondiente casilla de la solicitud.
En caso de no constar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la
persona interesada deberá presentar anexo a la solicitud, certificado de la declaración
presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al
cve: BOE-A-2025-11112
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 73195
que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos
públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de
referencia completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
9.3.5 En el caso de que la persona interesada se opusiera en su solicitud al
tratamiento de los datos expresados en la misma, alegando una causa para ello, deberá
adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica la documentación justificativa indicada
en la base 9.7.
9.3.6 Asimismo, las personas aspirantes que se encuentren, en su caso, en alguno
de los supuestos previstos en la base 8.2 deberán adjuntar escaneada en la solicitud
electrónica la documentación justificativa indicada en ellas.
9.4 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes.
9.5 Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud en el mismo proceso
selectivo. Igualmente, quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con
discapacidad (CRD), únicamente podrán presentar una solicitud por este cupo.
9.6 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
9.7 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad general igual o superior al 33 por ciento.
La condición de discapacidad se verificará por el órgano gestor mediante consulta a
la Plataforma de Intermediación de Datos cuando la condición de discapacidad haya sido
reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://
administracion.gob.es/PAG/PID.
Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para
su verificación por la Administración de los datos expresados en la misma, alegando una
causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el certificado acreditativo de su
condición de discapacidad.
b) La personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención:
1) Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales.
Estos extremos se verificarán por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma
de Intermediación de Datos, salvo que la persona interesada se haya opuesto en la
solicitud a su verificación por la Administración alegando una causa para ello.
En caso de ejercicio del derecho de oposición al tratamiento de datos, la persona
interesada deberá solicitar, en la oficina de los servicios públicos de empleo, la
certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en la que conste que
cumple con los requisitos señalados, y deberá presentar anexa a la solicitud el citado
certificado.
2) Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario
Mínimo Interprofesional en vigor a la fecha de publicación de esta convocatoria.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se verificará por el órgano gestor mediante
consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos de los datos obrantes en la Agencia
Estatal de Administración Tributaria conforme a las rentas que resulten de la declaración
presentada, con independencia de que se haya optado por la tributación conjunta o
individual, siempre que la persona interesada haya autorizado expresamente la consulta
de sus datos en esta Agencia Estatal en la correspondiente casilla de la solicitud.
En caso de no constar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la
persona interesada deberá presentar anexo a la solicitud, certificado de la declaración
presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al
cve: BOE-A-2025-11112
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 134