Jefatura Del Estado. I. Disposiciones generales. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. (BOE-A-2025-11066)
Ley Orgánica 2/2025, de 3 de junio, por la que se autoriza la ratificación de cuatro enmiendas al artículo 8.2 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Miércoles 4 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 72957

armamento especialmente dañino o inhumano, o el recurso a la hambruna como arma
de guerra en supuestos no previstos previamente, es coherente con el compromiso que
nuestro país ha venido demostrando con los derechos humanos y con la Corte Penal
Internacional desde su creación, como piedra angular del sistema de justicia penal
universal que abandera la lucha contra la impunidad frente a los más graves crímenes
cometidos contra la humanidad.
Las cuatro enmiendas al artículo 8 del Estatuto de Roma comportan una ampliación
material de las potestades transferidas a la Corte Penal Internacional. Dado que se trata
de competencias derivadas de la Constitución, procede que la ratificación de las
mencionadas enmiendas sea autorizada mediante ley orgánica, según lo previsto en el
artículo 93 de la Constitución.
Artículo único. Autorización de la ratificación.
Se autoriza la ratificación por España de las Enmiendas al Estatuto de Roma de la
Corte Penal Internacional, relativas a los crímenes de guerra, añadiendo los
artículos 8.2.b) xxvii), 8.2.e) xvi), 8.2.b) xxviii), 8.2.e) xvii), 8.2.b) xxix) y 8.2.e) xviii, así
como el 8.2.e) xix).
Disposición final primera.

Título competencial.

La presente ley orgánica se dicta en aplicación de lo previsto en el artículo 149.1.3.ª
de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
relaciones internacionales.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

La presente ley orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan
guardar esta ley orgánica.
Madrid, 3 de junio de 2025.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,

cve: BOE-A-2025-11066
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PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN