Jefatura Del Estado. I. Disposiciones generales. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. (BOE-A-2025-11066)
Ley Orgánica 2/2025, de 3 de junio, por la que se autoriza la ratificación de cuatro enmiendas al artículo 8.2 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Miércoles 4 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 72958

ENMIENDAS AL PÁRRAFO 2 DEL ARTÍCULO 8 DEL ESTATUTO DE ROMA
DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
A. Enmiendas adoptadas el 14 de diciembre de 2017 mediante Resolución ICCASP/16/Res.4, durante la 12.ª sesión plenaria de la Asamblea de los Estados Partes del
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional:
– Enmienda para insertar el texto siguiente como apartado b) xxvii) y apartado e) xvi)
del párrafo 2 del artículo 8 del Estatuto de Roma:
«Emplear armas que utilicen agentes microbianos u otros agentes biológicos,
o toxinas, sea cual fuere su origen o modo de producción;»
– Enmienda para insertar el texto siguiente como apartado b) xxviii) y apartado e)
xvii) del párrafo 2 del artículo 8:
«Emplear cualquier arma cuyo efecto principal sea lesionar mediante
fragmentos que no puedan localizarse por rayos X en el cuerpo humano;»
– Enmienda para insertar el texto siguiente como apartado b) xxix) y apartado e)
xviii) del párrafo 2 del artículo 8:
«Emplear armas láser específicamente concebidas, como única o una más de
sus funciones de combate, para causar ceguera permanente a la vista no
amplificada, es decir, al ojo descubierto o al ojo provisto de dispositivos
correctores de la vista;»
B. Enmienda adoptada el 6 de diciembre de 2019 mediante Resolución ICCASP/18/Res.5, durante la 9.ª sesión plenaria de la Asamblea de los Estados Partes del
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional:
– Enmienda para insertar el texto siguiente como subpárrafo xix) del apartado e) del
párrafo 2 del artículo 8 del Estatuto de Roma:

cve: BOE-A-2025-11066
Verificable en https://www.boe.es

«Hacer padecer intencionalmente hambre a la población civil como método de
hacer la guerra, privándola de los objetos indispensables para su supervivencia,
incluido el hecho de obstaculizar intencionalmente los suministros de socorro.»

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X