Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Registro Mercantil. Modelos de cuentas anuales. (BOE-A-2025-11005)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 72484

traspone a través de esta previsión de la ley el artículo 19 de la Directiva (UE) 2017/1132
en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del
derecho de sociedades.
El segundo cambio se refiere a incluir el nuevo código de actividad CNAE de 2025.
Ante la entrada en vigor del Reglamento Delegado (UE) 2023/137, por el que se
establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2, y
del Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación
Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), sobre la nueva tabla de
actividades económicas, válida a partir de 2025, se incluye una nueva clave para el
CNAE 2025. Para su cumplimentación los modelos electrónicos incorporan una ayuda
para que las empresas puedan rellenarlo a partir del CNAE vigente en 2024
(denominado CNAE 2009). La importancia de esta nueva clave viene motivada por 1) la
necesidad de que las instituciones encargadas de realizar estadísticas y estudios puedan
avanzar en la adaptación a las nuevas tablas que entran en vigor en 2025 y 2) para
propiciar que las empresas conozcan la nueva CNAE y puedan conciliar con la previa,
verificando además su correcta declaración.
Así, las modificaciones que se incluyen en los nuevos modelos, en relación con los
anteriores aprobados por la Resolución de 23 de abril de 2024, junto con la Resolución
de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe pública,
según apartado afectado, son las siguientes:
A.1
A.1.1

Cambios en la solicitud de presentación en el Registro Mercantil.
Código IRUS.

Se incluye el identificador registral único de la sociedad (código IRUS).
A.2
A.2.1

Cambios en la hoja de identificación.
Código IRUS.

Se incluye el identificador registral único de la sociedad (código IRUS).
A.2.2

Nuevo CNAE para 2025.

Inclusión del CNAE 2025 a partir del CNAE 2009 vigente para 2024.
A.3

Cambios en los test de errores.

Se modifica de voluntario a obligatorio el test relativo a consignar el código CNAE y
se incluye como voluntario el reporte del código IRUS.
Formato electrónico europeo.

Cuando el grupo sujeto a la obligación de depositar las cuentas anuales
consolidadas decida presentarlas en formato electrónico único europeo, por aplicar las
normas internacionales de contabilidad NIC/NIIF, deberá realizarlo mediante la
generación del fichero correspondiente, que deberá cumplir las normas y
especificaciones de acuerdo a la Taxonomía XBRL del formato ESEF, que se encuentra
publicada en la siguiente página web de la European Securities and Markets Authority
(ESMA), https://www.esma.europa.eu/document/esef-taxonomy-2024.
Los requisitos técnicos que debe cumplir dicho fichero se encuentran definidos en la
ESEF Conformance Suite, https://www.esma.europa.eu/document/esef-conformancesuite-2024, que consiste en un conjunto de estructuras y ejemplos en formato XBRL,
acompañados de un fichero Excel que describe las guías y reglas que debe cumplir un
archivo en este formato electrónico único.

cve: BOE-A-2025-11005
Verificable en https://www.boe.es

A.4