Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-10856)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de prórroga y modificación del I Convenio colectivo de las Unidades Globales de Telefónica en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71208
– Paga de productividad: El importe anual de la Paga de Productividad será
de 337,62 euros brutos y se cobrará íntegramente, siempre y cuando el resultado
de negocio sea igual o superior al 100 %.
Esta paga se percibirá completa si la persona trabajadora ha estado todo el
año en la empresa y con jornada completa, abonándose la parte proporcional que
corresponda, en caso de reducción de jornada y/o incorporación a partir del día 1
de enero de cada año (considerándose meses completos, aunque la incorporación
haya sido en día posterior al 1 del mes).
La Paga de Productividad no se consolidará en el salario del año siguiente a
aquél en que se haya devengado si el resultado de negocio es inferior al 100 %,
siendo esta última una condición indispensable para que se produzca dicha
consolidación.
El grado de consecución de los objetivos será un número entero,
redondeándose los decimales al alza o a la baja. Así, decimales hasta 0,5 % se
redondean a la baja y a partir de 0,6 % al alza (ejemplo: 99,5 % se considerará
como 99 % y 99,6 % como 100 %).
El sistema de tramos, según el porcentaje de cumplimento de los objetivos
(resultado de negocio), por el que se rige, tanto el pago, como la consolidación de
la Paga de Productividad en el salario es el siguiente:
i. Si los objetivos se cumplen al 100 % (o por encima), se abona el 100 % de
la Paga y se consolida en el salario.
ii. Si los objetivos se cumplen entre un 90 % y un 99 %, se abona la Paga en
proporción al porcentaje de cumplimento de los mismos.
iii. Si se cumplen los objetivos entre un 85 % y un 89 %, se abona la mitad de
la Paga.
iv. Si hubiese un cumplimiento de los objetivos por debajo del 85 %, no
procedería el abono de la Paga.
Únicamente se consolidará la paga de productividad en el salario en el caso de
que el nivel de cumplimiento de los objetivos fuese del 100 % o superior.
– Plus de transporte: las personas trabajadoras del centro de trabajo de
Boecillo, (Valladolid) que, a fecha de firma del convenio colectivo, estén
percibiendo, ad personam, en concepto de plus transporte un importe de 60,10
euros/mes, seguirán percibiéndolo durante la vigencia del convenio colectivo.
– Días 24 y 31 de diciembre: las personas trabajadoras de Telefónica I+D
disfrutarán de los días 24 y 31 de diciembre de cada año como días no laborables,
ni recuperables.
– Plan de pensiones: las personas trabajadoras de Telefónica I+D podrán
escoger entre estas dos opciones:
● Si la aportación de la persona trabajadora es de un 1 % del salario fijo bruto
anual, la aportación de la empresa será del 3,51 % del salario fijo bruto anual.
● Si la aportación de la persona trabajadora es de un 2 % del salario fijo bruto
anual, la aportación de la empresa será del 4,51 % del salario fijo bruto anual.
– Compensación por antiguas líneas de móviles de Tuenti: las personas
trabajadoras de Telefónica I+D que colaboraron en el proyecto Novum continuarán
percibiendo, ad personam, la cuantía de 30 euros brutos/mes (para el caso de que
tuvieran una línea) o 60 euros brutos/mes (para el caso de que tuvieran dos
líneas).
– Ayuda deporte: las personas trabajadoras de Telefónica I+D que colaboraron
en el proyecto Novum continuarán percibiendo, ad personam, una cuantía de 15
euros brutos/mes, en concepto de ayuda deporte.
cve: BOE-A-2025-10856
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71208
– Paga de productividad: El importe anual de la Paga de Productividad será
de 337,62 euros brutos y se cobrará íntegramente, siempre y cuando el resultado
de negocio sea igual o superior al 100 %.
Esta paga se percibirá completa si la persona trabajadora ha estado todo el
año en la empresa y con jornada completa, abonándose la parte proporcional que
corresponda, en caso de reducción de jornada y/o incorporación a partir del día 1
de enero de cada año (considerándose meses completos, aunque la incorporación
haya sido en día posterior al 1 del mes).
La Paga de Productividad no se consolidará en el salario del año siguiente a
aquél en que se haya devengado si el resultado de negocio es inferior al 100 %,
siendo esta última una condición indispensable para que se produzca dicha
consolidación.
El grado de consecución de los objetivos será un número entero,
redondeándose los decimales al alza o a la baja. Así, decimales hasta 0,5 % se
redondean a la baja y a partir de 0,6 % al alza (ejemplo: 99,5 % se considerará
como 99 % y 99,6 % como 100 %).
El sistema de tramos, según el porcentaje de cumplimento de los objetivos
(resultado de negocio), por el que se rige, tanto el pago, como la consolidación de
la Paga de Productividad en el salario es el siguiente:
i. Si los objetivos se cumplen al 100 % (o por encima), se abona el 100 % de
la Paga y se consolida en el salario.
ii. Si los objetivos se cumplen entre un 90 % y un 99 %, se abona la Paga en
proporción al porcentaje de cumplimento de los mismos.
iii. Si se cumplen los objetivos entre un 85 % y un 89 %, se abona la mitad de
la Paga.
iv. Si hubiese un cumplimiento de los objetivos por debajo del 85 %, no
procedería el abono de la Paga.
Únicamente se consolidará la paga de productividad en el salario en el caso de
que el nivel de cumplimiento de los objetivos fuese del 100 % o superior.
– Plus de transporte: las personas trabajadoras del centro de trabajo de
Boecillo, (Valladolid) que, a fecha de firma del convenio colectivo, estén
percibiendo, ad personam, en concepto de plus transporte un importe de 60,10
euros/mes, seguirán percibiéndolo durante la vigencia del convenio colectivo.
– Días 24 y 31 de diciembre: las personas trabajadoras de Telefónica I+D
disfrutarán de los días 24 y 31 de diciembre de cada año como días no laborables,
ni recuperables.
– Plan de pensiones: las personas trabajadoras de Telefónica I+D podrán
escoger entre estas dos opciones:
● Si la aportación de la persona trabajadora es de un 1 % del salario fijo bruto
anual, la aportación de la empresa será del 3,51 % del salario fijo bruto anual.
● Si la aportación de la persona trabajadora es de un 2 % del salario fijo bruto
anual, la aportación de la empresa será del 4,51 % del salario fijo bruto anual.
– Compensación por antiguas líneas de móviles de Tuenti: las personas
trabajadoras de Telefónica I+D que colaboraron en el proyecto Novum continuarán
percibiendo, ad personam, la cuantía de 30 euros brutos/mes (para el caso de que
tuvieran una línea) o 60 euros brutos/mes (para el caso de que tuvieran dos
líneas).
– Ayuda deporte: las personas trabajadoras de Telefónica I+D que colaboraron
en el proyecto Novum continuarán percibiendo, ad personam, una cuantía de 15
euros brutos/mes, en concepto de ayuda deporte.
cve: BOE-A-2025-10856
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 131