Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10761)
Orden TED/542/2025, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas al impulso de la economía circular de bienes de equipo para energías renovables, Programa Renocicla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Viernes 30 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 70895

El «coste subvencionable unitario a otorgar del proyecto» (Csuop), se calculará
mediante la siguiente expresión:
Csuop = Csuo – Cuf
Siendo:
Csuo: «coste subvencionable unitario a otorgar», expresado en €/(t/año).
Cuf: «coste unitario de la instalación de referencia», expresado en €/(t/año), del
subprograma 1, 2 o 3 correspondiente a la tipología de actuación del proyecto.
En el apartado 3 «Valores de referencia para el cálculo de las ayudas» de este
anexo, se presentan los costes unitarios de la instalación de referencia (Cuf) para los
subprogramas 1, 2 y 3.
El «coste subvencionable a otorgar del proyecto» (Cso) se calculará mediante la
siguiente expresión:
Cso = Csuop x Catr
Siendo:
Catr: capacidad anual estimada de tratamiento de la instalación (de reciclaje y/o
segunda vida) en t/año.
Csuop: «coste subvencionable unitario a otorgar del proyecto», expresado en
€/(t/año).
La «ayuda máxima a otorgar al proyecto» resultará del cálculo de multiplicar el
«coste subvencionable a otorgar del proyecto» (Cso), por la intensidad de ayuda máxima
a aplicar establecida en el apartado 3 «valores de referencia para el cálculo de las
ayudas», dependiendo del subprograma, del tipo de empresa y de la ubicación de la
actuación, redondeado a dos decimales, limitada por el importe de la ayuda máxima
indicado en el mismo apartado 3 para el Programa 1.
La «ayuda a otorgar al proyecto» será la menor entre la ayuda concedida publicada
en la resolución definitiva, o en sus sucesivas modificaciones de resolución, y la «ayuda
máxima a otorgar al proyecto».
ANEXO III.2
Cálculo de la ayuda para el Programa 2
Cálculo de la «ayuda máxima correspondiente a la actuación» y solicitada.

El coste subvencionable del proyecto (Cs) será la suma de los costes de inversión
subvencionables estimados que conforman el proyecto de innovación correspondiente a
la actuación».
La «ayuda máxima correspondiente a la actuación» (Amáx) se obtendrá multiplicando
el coste subvencionable del proyecto (Cs), por la intensidad de ayuda máxima a aplicar
establecida en el apartado 3 «Valores de referencia para el cálculo de las ayudas»,
dependiendo del tipo de empresa, redondeado a dos decimales, limitada por el importe
de la ayuda máxima en el mismo apartado 3 para el Programa 2.
La «ayuda solicitada para la actuación» (As) deberá ser igual o inferior a la «ayuda
máxima correspondiente a la actuación» (Amáx).
La «ayuda solicitada para la actuación» (As) será la establecida por la entidad
beneficiaria en la memoria del proyecto que deberá presentar en la documentación de la
solicitud.

cve: BOE-A-2025-10761
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