Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10761)
Orden TED/542/2025, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas al impulso de la economía circular de bienes de equipo para energías renovables, Programa Renocicla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Viernes 30 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 70847

importes efectivamente cargados en cuenta a través de entidad financiera con
anterioridad a la finalización del plazo citado.
c) Existir constancia documental de los mismos y ser verificables.
d) Estar relacionados de manera indubitada con la actividad a desarrollar y ser
necesarios para la ejecución de las correspondientes actuaciones.
e) Cumplir la normativa local, autonómica, nacional y de la Unión Europea
aplicable.
4.

Los activos materiales e inmateriales deberán:

a) Utilizarse exclusivamente al proyecto objeto de la ayuda.
b) Ser amortizables, en los términos contemplados por la normativa contable de
aplicación.
c) Adquirirse en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el
comprador, salvo cuando ello no fuera posible, en cuyo caso esta circunstancia deberá
quedar suficientemente acreditada.
d) Incluirse en los activos de la entidad beneficiaria.

a) La inversión en equipos relacionadas con la tipología de actuación objeto de
ayuda.
b) Los costes de ejecución de las instalaciones relacionadas con la tipología de
actuación objeto de ayuda: equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y
auxiliares cuando estén asociados a la actuación objeto de ayuda.
c) Sistema eléctrico general de alta tensión y baja tensión, incluyendo
transformadores, línea de evacuación y sistemas e infraestructuras eléctricas adicionales
hasta el punto de conexión con la red eléctrica de transporte o distribución, cuando estén
asociados a la actuación objeto de ayuda. En su caso, se incluirán las protecciones y
equipamientos que correspondan bajo el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión
(REBT) y sus Instrucciones técnicas complementarias o el Reglamento de Instalaciones
Eléctricas en Alta Tensión (RIAT) y sus Instrucciones técnicas complementarias.
d) Obras civiles, cuando estén relacionadas con la actuación objeto de ayuda y
aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del proyecto. Asimismo, se
consideran subvencionables como obra civil las siguientes partidas: edificaciones
necesarias para el proyecto, campas, excavaciones, zanjas y canalizaciones y tuberías
asociados a la instalación de generación, o a los sistemas de integración de energía
eléctrica, ayudas de albañilería, instalaciones auxiliares necesarias, viales de
servidumbre interna de la instalación, adecuación de accesos internos y hasta la
instalación, edificios de control.
e) Los costes de la redacción de los proyectos, estudios de impacto ambiental o
memorias técnicas relacionados con la tipología de actuación objeto de ayuda, hasta un
límite de 10.000 euros por expediente.
f) Los costes de la dirección facultativa, relacionados con la tipología de actuación
objeto de ayuda.
g) Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje relacionado con la
tipología de actuación objeto de ayuda.
h) Los costes de gestión de la solicitud y de la justificación de la realización de las
actuaciones de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación
requerida para la solicitud y justificación, el/los informe(s) de autoevaluación del
cumplimiento de no causar daño significativo al medio ambiente, inclusive. A estos
efectos, se considerarán como costes de gestión de solicitud de la ayuda, aquellos que
la entidad beneficiaria de la ayuda pudiera llevar a cabo él mismo o pudieran satisfacer a

cve: BOE-A-2025-10761
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5. Sin perjuicio de lo considerado en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, el artículo 83 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se podrán considerar
como costes de inversión subvencionables para el Programa 1 dentro de las actuaciones
subvencionables en cada subprograma los siguientes: