Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10761)
Orden TED/542/2025, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas al impulso de la economía circular de bienes de equipo para energías renovables, Programa Renocicla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Viernes 30 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 70836

normativa de desarrollo, así como en las demás disposiciones que resulten de
aplicación.
7. En materia de prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y el
conflicto de intereses, esta orden de bases se encuentra en el ámbito de aplicación del
Plan de medidas antifraude del IDAE en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 de la
Orden HFP/1030/2021. Este Plan recoge los mecanismos y procedimientos necesarios
que deberán cumplir todos los proyectos financiados con cargo al Mecanismo de
Recuperación y resiliencia. Adicionalmente, la normativa aplicable en materia de
prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y el conflicto de intereses:

8. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la
ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta ley.
9. Asimismo, será de aplicación la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y el Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, en lo que se refiere a la vinculación legal a finalidad de los fondos
recibidos por transferencia a IDAE procedentes del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, así como el tipo de concurrencia, la publicación de
las bases, las obligaciones de control, el seguimiento de la ejecución y el reingreso de
fondos.
10. La Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de
noviembre de 2008 sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas;
y el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y
electrónicos.
11. El Reglamento (UE) 2023/1542 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de julio de 2023, relativo a las pilas y baterías y sus residuos y por el que se modifican la
Directiva 2008/98/CE y el Reglamento (UE) 2019/1020 y se deroga la
Directiva 2006/66/CE (Texto pertinente a efectos del EEE); y el Real Decreto 106/2008,
de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
Artículo 4.

Régimen de concesión y compatibilidad de las ayudas.

1. Las ayudas reguladas en esta orden se otorgarán en régimen de concurrencia
competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad,

cve: BOE-A-2025-10761
Verificable en https://www.boe.es

i. En aplicación de la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 5 de julio de 2017, la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero por la que se
modifica la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para transponer
Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financieros y de terrorismo, y abordar
cuestiones de índole internacional.
ii. El Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/1995 del Consejo, de 18 de diciembre
de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades
Europeas.
iii. El Reglamento (EU, Euratom) 2024/2509, del Parlamento Europeo y del Consejo
de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto
General de la Unión europea (Reglamento financiero).
iv. El artículo 53 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
relativo a los principios éticos; el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, relativo a
la abstención, y el artículo 24 del mismo cuerpo legal, relativo a la recusación.
v. Adicionalmente, será de aplicación el Plan de Medidas Antifraude en el ámbito
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por el IDAE así como
el procedimiento de gestión de conflicto de interés del Instituto y cualquier procedimiento
o instrucciones que en desarrollo y como complemento de los mismos se aprueben.