Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-10671)
Resolución de 20 de mayo de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas externas.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70325
compromisos o aspectos convenidos en el presente documento, no modifiquen la
sustancialidad de aquéllos y no afecten al contenido mínimo y esencial del convenio.
Si en el desarrollo del aprendizaje el estudiante o la estudiante no alcanzara el nivel
adecuado por desatención, incompetencia manifiesta o incumplimiento de las
instrucciones encomendadas, se comunicará inmediatamente a la Universidad esta
circunstancia y se podrá dar por finalizada la realización de la práctica con pérdida de los
derechos formativos.
Séptima.
Difusión de la colaboración del INAEM.
El INAEM gozará del título de entidad colaboradora en prácticas externas de la
Universidad durante el tiempo de vigencia de este convenio.
En todos los actos publicitarios o de comunicación que eventualmente se lleven a
cabo para la difusión de los programas formativos objeto del presente convenio se hará
constar expresamente la colaboración del INAEM. En consecuencia, la Universidad hará
uso de sus logotipos oficiales, que se pueden obtener en la página Web del Ministerio de
Cultura.
Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento General de Protección de Datos).
Los datos de carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el
INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento «Convenios y protocolos generales
de actuación», cuya finalidad es la tramitación de los convenios y protocolos generales
de actuación de los que es parte el INAEM.
Con ocasión de la comunicación de los datos personales a la entidad colaboradora,
la Universidad se compromete a informar a sus estudiantes en prácticas sobre la
existencia de dicha comunicación, así como del tratamiento a realizar por el INAEM de
los datos contenidos en el anexo a este convenio.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas, y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Las partes autorizan la recogida y el tratamiento de los datos personales de las
personas arriba firmantes y de las personas de contacto de ambas entidades (nombre y
apellidos, DNI, correo electrónico, funciones desempeñadas, etc.) con la finalidad
gestionar la relación de colaboración y favorecer la comunicación entre las partes. Los
datos serán conservados como mínimo hasta la finalización del convenio y, más allá de
su extinción, si existiera un interés mutuo por ambas partes en mantener futuras
relaciones profesionales y/o comerciales. Las partes se informan que no cederán los
datos de las personas arriba firmantes y de contacto, salvo que medie consentimiento
expreso o en cumplimiento de una obligación legal.
En cualquier momento, las partes podrán ejercitar sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, portabilidad de los datos, limitación u oposición a su tratamiento,
así como a obtener información clara y transparente sobre el tratamiento de sus datos.
Para ello, habrán de enviar un escrito acompañado de una fotocopia del DNI o cualquier
otro documento identificativo equivalente a la dirección postal del encabezamiento o a un
correo electrónico que se hayan facilitado de común acuerdo. Asimismo, las partes
cve: BOE-A-2025-10671
Verificable en https://www.boe.es
Octava.
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70325
compromisos o aspectos convenidos en el presente documento, no modifiquen la
sustancialidad de aquéllos y no afecten al contenido mínimo y esencial del convenio.
Si en el desarrollo del aprendizaje el estudiante o la estudiante no alcanzara el nivel
adecuado por desatención, incompetencia manifiesta o incumplimiento de las
instrucciones encomendadas, se comunicará inmediatamente a la Universidad esta
circunstancia y se podrá dar por finalizada la realización de la práctica con pérdida de los
derechos formativos.
Séptima.
Difusión de la colaboración del INAEM.
El INAEM gozará del título de entidad colaboradora en prácticas externas de la
Universidad durante el tiempo de vigencia de este convenio.
En todos los actos publicitarios o de comunicación que eventualmente se lleven a
cabo para la difusión de los programas formativos objeto del presente convenio se hará
constar expresamente la colaboración del INAEM. En consecuencia, la Universidad hará
uso de sus logotipos oficiales, que se pueden obtener en la página Web del Ministerio de
Cultura.
Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento General de Protección de Datos).
Los datos de carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el
INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento «Convenios y protocolos generales
de actuación», cuya finalidad es la tramitación de los convenios y protocolos generales
de actuación de los que es parte el INAEM.
Con ocasión de la comunicación de los datos personales a la entidad colaboradora,
la Universidad se compromete a informar a sus estudiantes en prácticas sobre la
existencia de dicha comunicación, así como del tratamiento a realizar por el INAEM de
los datos contenidos en el anexo a este convenio.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas, y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Las partes autorizan la recogida y el tratamiento de los datos personales de las
personas arriba firmantes y de las personas de contacto de ambas entidades (nombre y
apellidos, DNI, correo electrónico, funciones desempeñadas, etc.) con la finalidad
gestionar la relación de colaboración y favorecer la comunicación entre las partes. Los
datos serán conservados como mínimo hasta la finalización del convenio y, más allá de
su extinción, si existiera un interés mutuo por ambas partes en mantener futuras
relaciones profesionales y/o comerciales. Las partes se informan que no cederán los
datos de las personas arriba firmantes y de contacto, salvo que medie consentimiento
expreso o en cumplimiento de una obligación legal.
En cualquier momento, las partes podrán ejercitar sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, portabilidad de los datos, limitación u oposición a su tratamiento,
así como a obtener información clara y transparente sobre el tratamiento de sus datos.
Para ello, habrán de enviar un escrito acompañado de una fotocopia del DNI o cualquier
otro documento identificativo equivalente a la dirección postal del encabezamiento o a un
correo electrónico que se hayan facilitado de común acuerdo. Asimismo, las partes
cve: BOE-A-2025-10671
Verificable en https://www.boe.es
Octava.