Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10668)
Orden TED/535/2025, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70309
– Deber de confidencialidad del auditor de cuentas y del personal a su cargo y
compromiso del beneficiario de autorización de comunicación entre auditores.
3.3 El alcance de la revisión de la cuenta justificativa por parte de la persona o
empresa auditora incluirá, como mínimo, el análisis, comprobación y copia de los
siguientes documentos e información:
3.3.1 Una memoria técnica de actuación justificativa del cumplimiento de las
condiciones impuestas en la concesión de la ayuda, conforme a lo exigido por las bases
reguladoras, la normativa de aplicación, convocatoria y la resolución de concesión, con
indicación de las actividades realizadas, de los resultados obtenidos y del grado de
cumplimiento de los indicadores y de los compromisos asumidos. Esta memoria será
realizada y suscrita por un técnico titulado competente que será el autor del proyecto o el
responsable de la dirección de la ejecución de las actuaciones. Además, la memoria se
realizará siguiendo el formato y modelo que estará disponible en la página web del IDAE.
Dicha memoria incluirá como mínimo:
3.3.2
menos:
Una memoria económica abreviada. Esta memoria económica incluirá, al
i) El estado representativo de la totalidad de los gastos e inversiones incurridos en
la realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso,
fecha de pago, así como cualquier otro extremo relacionado. Asimismo, incluirá, en su
caso, una justificación de las desviaciones acaecidas respecto al presupuesto
considerado en la concesión de la ayuda. En su caso, se aportará la acreditación del
cve: BOE-A-2025-10668
Verificable en https://www.boe.es
i) Información suficiente sobre el desarrollo y el grado de cumplimiento del proyecto
incentivado, de forma concreta y detallada, con un informe sobre la situación final del
mismo, indicando así mismo, la fecha de comienzo y conclusión de las actuaciones. Y en
su caso, información sobre la modificación de las condiciones técnicas declaradas en el
momento de la solicitud en la memoria descriptiva de las actuaciones.
ii) Información sobre los valores de indicadores energéticos e hitos y objetivos
conseguidos y, en su caso, documentación justificativa de los mismos.
iii) Relación de las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas con las
que cuenta y que le sean de aplicación conforme a la normativa vigente.
iv) Certificado final de obra suscrito por el director de obra y director de ejecución
de la obra, en caso de que sea preceptivo.
v) Autorización de explotación o acta de puesta en servicio de la instalación cuando
esta sea preceptiva y Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), de acuerdo con el
Reglamento electrotécnico de baja tensión (en instalaciones eléctricas de cualquier
tipología), emitido por la empresa instaladora y diligenciado por el órgano competente de
la comunidad autónoma. Cuando no sea preceptiva la autorización de explotación,
deberá aportarse documentación que acredite que la instalación está construida y se
encuentra en condiciones de ser puesta en tensión y proceder a su explotación.
Adicionalmente, se adjuntará copia del proyecto o memoria técnica de diseño (según
proceda para la tipología de actuación) que se haya aportado al órgano competente de la
comunidad autónoma para la obtención de la autorización de explotación o acta de
puesta en servicio y/o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) y/o certificado de la
instalación térmica.
vi) Reportaje fotográfico de las actuaciones, infraestructuras, equipos e
instalaciones principales objeto de la ayuda, identificando equipos y/o instalaciones, así
como de las placas de características de los mismos, y donde se muestre, de ser
aplicable, el cartel publicitario de la actuación. Información y enlace al sitio de Internet del
beneficiario/a, en caso de que disponga de uno, y de cómo se han cumplido con las
obligaciones de publicidad recogidas en el apartado 12 del anexo II.2, donde éste
informará al público del apoyo obtenido de los Fondos de la Unión Europea.
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70309
– Deber de confidencialidad del auditor de cuentas y del personal a su cargo y
compromiso del beneficiario de autorización de comunicación entre auditores.
3.3 El alcance de la revisión de la cuenta justificativa por parte de la persona o
empresa auditora incluirá, como mínimo, el análisis, comprobación y copia de los
siguientes documentos e información:
3.3.1 Una memoria técnica de actuación justificativa del cumplimiento de las
condiciones impuestas en la concesión de la ayuda, conforme a lo exigido por las bases
reguladoras, la normativa de aplicación, convocatoria y la resolución de concesión, con
indicación de las actividades realizadas, de los resultados obtenidos y del grado de
cumplimiento de los indicadores y de los compromisos asumidos. Esta memoria será
realizada y suscrita por un técnico titulado competente que será el autor del proyecto o el
responsable de la dirección de la ejecución de las actuaciones. Además, la memoria se
realizará siguiendo el formato y modelo que estará disponible en la página web del IDAE.
Dicha memoria incluirá como mínimo:
3.3.2
menos:
Una memoria económica abreviada. Esta memoria económica incluirá, al
i) El estado representativo de la totalidad de los gastos e inversiones incurridos en
la realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso,
fecha de pago, así como cualquier otro extremo relacionado. Asimismo, incluirá, en su
caso, una justificación de las desviaciones acaecidas respecto al presupuesto
considerado en la concesión de la ayuda. En su caso, se aportará la acreditación del
cve: BOE-A-2025-10668
Verificable en https://www.boe.es
i) Información suficiente sobre el desarrollo y el grado de cumplimiento del proyecto
incentivado, de forma concreta y detallada, con un informe sobre la situación final del
mismo, indicando así mismo, la fecha de comienzo y conclusión de las actuaciones. Y en
su caso, información sobre la modificación de las condiciones técnicas declaradas en el
momento de la solicitud en la memoria descriptiva de las actuaciones.
ii) Información sobre los valores de indicadores energéticos e hitos y objetivos
conseguidos y, en su caso, documentación justificativa de los mismos.
iii) Relación de las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas con las
que cuenta y que le sean de aplicación conforme a la normativa vigente.
iv) Certificado final de obra suscrito por el director de obra y director de ejecución
de la obra, en caso de que sea preceptivo.
v) Autorización de explotación o acta de puesta en servicio de la instalación cuando
esta sea preceptiva y Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), de acuerdo con el
Reglamento electrotécnico de baja tensión (en instalaciones eléctricas de cualquier
tipología), emitido por la empresa instaladora y diligenciado por el órgano competente de
la comunidad autónoma. Cuando no sea preceptiva la autorización de explotación,
deberá aportarse documentación que acredite que la instalación está construida y se
encuentra en condiciones de ser puesta en tensión y proceder a su explotación.
Adicionalmente, se adjuntará copia del proyecto o memoria técnica de diseño (según
proceda para la tipología de actuación) que se haya aportado al órgano competente de la
comunidad autónoma para la obtención de la autorización de explotación o acta de
puesta en servicio y/o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) y/o certificado de la
instalación térmica.
vi) Reportaje fotográfico de las actuaciones, infraestructuras, equipos e
instalaciones principales objeto de la ayuda, identificando equipos y/o instalaciones, así
como de las placas de características de los mismos, y donde se muestre, de ser
aplicable, el cartel publicitario de la actuación. Información y enlace al sitio de Internet del
beneficiario/a, en caso de que disponga de uno, y de cómo se han cumplido con las
obligaciones de publicidad recogidas en el apartado 12 del anexo II.2, donde éste
informará al público del apoyo obtenido de los Fondos de la Unión Europea.