Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-10584)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Eólica Frontones, SL, autorización administrativa previa para la instalación híbrida «Planta Frontones Híbrida», con un módulo de generación fotovoltaica, de 26,25 MW de potencia instalada, con un sistema de almacenamiento con baterías de 4 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente «Frontones», de 50 MW, ubicada en Corral Rubio y Chinchilla de Montearagón (Albacete).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69894
CM-3261, CM-3209, CM 3261, B-10, CM-412 y B-10. Su diseño se realizará en
colaboración con los respectivos ayuntamientos y deberá obtener visto bueno por la
administración competente en urbanismo y paisaje de Castilla-La Mancha. Se revisará
cada cinco años y se aplicará durante toda la fase de funcionamiento.
– Para la aprobación del proyecto constructivo, se deberá contar con informe
favorable de la administración competente en patrimonio cultural y haber cumplido o
aceptado el condicionado impuesto por esta.
– El promotor deberá cumplir con todo lo recogido en el condicionado 2 de la DIA
«Condiciones al Programa de vigilancia ambiental».
Finalmente, la DIA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA deben estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
La instalación eólica existente «Frontones», de 50 MW de potencia nominal, está
inscrita de forma definitiva en el registro administrativo de instalaciones de producción de
energía eléctrica con la clave de registro RE-113708 y cuenta con permiso de acceso y
de conexión a la red de transporte en la subestación eléctrica «SE Campanario 400 kV»,
propiedad de Red Eléctrica de España SAU.
Red Eléctrica de España, SAU emitió, con fecha 27 de abril de 2023, actualización
de los permisos de acceso y conexión concedidos para generación renovable a la red de
transporte para la conexión en la subestación Campanario 400 kV (REE), para permitir la
incorporación del proyecto objeto de esta resolución.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 9 de abril de 2018, los promotores constituyen un acuerdo para la constitución de
una comunidad de bienes para la evacuación conjunta y coordinada de las plantas
fotovoltaicas Elawan Campanario I, II, III, IV y V, Rotonda 1, 2 y 3, Campanario I, Bonete
II, III y IV y Almansol I y los parques eólicos Derramador, Frontones y Almarejo en la
subestación eléctrica «SE Campanario 400 kV». Con fechas 18 y 19 de marzo de 2025,
el promotor presenta acuerdos para integrar el presente proyecto «Planta Frontones
Híbrida», en la citada comunidad de bienes.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Centro de seccionamiento para evacuación conjunta de todos los circuitos hacia la
SET «Derramador 30/132 kV».
– Red subterránea de 30 kV, que transportará la energía generada hasta la
subestación eléctrica de transformación «Derramador 30/132 kV».
– Nueva celda de línea de 30 kV en barras del Parque Eólico «Frontones» en la
subestación transformadora «Derramador 30/132 kV».
cve: BOE-A-2025-10584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128
Miércoles 28 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69894
CM-3261, CM-3209, CM 3261, B-10, CM-412 y B-10. Su diseño se realizará en
colaboración con los respectivos ayuntamientos y deberá obtener visto bueno por la
administración competente en urbanismo y paisaje de Castilla-La Mancha. Se revisará
cada cinco años y se aplicará durante toda la fase de funcionamiento.
– Para la aprobación del proyecto constructivo, se deberá contar con informe
favorable de la administración competente en patrimonio cultural y haber cumplido o
aceptado el condicionado impuesto por esta.
– El promotor deberá cumplir con todo lo recogido en el condicionado 2 de la DIA
«Condiciones al Programa de vigilancia ambiental».
Finalmente, la DIA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA deben estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
La instalación eólica existente «Frontones», de 50 MW de potencia nominal, está
inscrita de forma definitiva en el registro administrativo de instalaciones de producción de
energía eléctrica con la clave de registro RE-113708 y cuenta con permiso de acceso y
de conexión a la red de transporte en la subestación eléctrica «SE Campanario 400 kV»,
propiedad de Red Eléctrica de España SAU.
Red Eléctrica de España, SAU emitió, con fecha 27 de abril de 2023, actualización
de los permisos de acceso y conexión concedidos para generación renovable a la red de
transporte para la conexión en la subestación Campanario 400 kV (REE), para permitir la
incorporación del proyecto objeto de esta resolución.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 9 de abril de 2018, los promotores constituyen un acuerdo para la constitución de
una comunidad de bienes para la evacuación conjunta y coordinada de las plantas
fotovoltaicas Elawan Campanario I, II, III, IV y V, Rotonda 1, 2 y 3, Campanario I, Bonete
II, III y IV y Almansol I y los parques eólicos Derramador, Frontones y Almarejo en la
subestación eléctrica «SE Campanario 400 kV». Con fechas 18 y 19 de marzo de 2025,
el promotor presenta acuerdos para integrar el presente proyecto «Planta Frontones
Híbrida», en la citada comunidad de bienes.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Centro de seccionamiento para evacuación conjunta de todos los circuitos hacia la
SET «Derramador 30/132 kV».
– Red subterránea de 30 kV, que transportará la energía generada hasta la
subestación eléctrica de transformación «Derramador 30/132 kV».
– Nueva celda de línea de 30 kV en barras del Parque Eólico «Frontones» en la
subestación transformadora «Derramador 30/132 kV».
cve: BOE-A-2025-10584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128