Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-10493)
Real Decreto 412/2025, de 27 de mayo, por el que se determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Miércoles 28 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 69643
f) Organizar, dirigir y diseñar los sistemas de información y aplicaciones generales
de control financiero permanente.
g) Proponer la resolución de consultas en materias de su competencia.
h) Realizar los estudios e informes que en el ámbito de su competencia se le
encomienden o le correspondan.
i) Cualesquiera otras que le asigne la persona titular de la Intervención General de
la Seguridad Social.
Artículo 10. Funciones de la Subdirección General de Organización, Planificación y
Gestión de los Recursos.
La Subdirección General de Organización, Planificación y Gestión de los Recursos
realizará las siguientes funciones:
Artículo 11.
Estructura periférica.
1. La Intervención General de la Seguridad Social está integrada, a nivel periférico,
por los siguientes órganos:
a) Intervenciones delegadas en los servicios centrales de las entidades gestoras y
servicios comunes de la Seguridad Social.
b) Intervenciones delegadas territoriales.
c) Unidades territoriales de control financiero.
cve: BOE-A-2025-10493
Verificable en https://www.boe.es
a) Realizar estudios y elaborar informes, planes y normas relativas a la
organización de la Intervención General de la Seguridad Social.
b) Planificar, programar y proponer la cobertura de los medios personales
necesarios para el ejercicio de las funciones atribuidas a la Intervención General de la
Seguridad Social.
c) La ejecución de la política de personal, la gestión ordinaria del mismo, así como,
en general, todas las funciones inherentes a la administración de personal que competen
a la Intervención General de la Seguridad Social.
d) Controlar y efectuar el seguimiento de la organización, procedimientos y otros
medios utilizados por las Intervenciones delegadas y Unidades territoriales de control
financiero en el ejercicio de sus funciones, con vistas a la elaboración de propuestas
para su ordenación y mejora.
e) La gestión de los medios materiales de la estructura central de la Intervención
General de la Seguridad Social, bienes muebles e inmuebles y su inventario; la gestión de
los arrendamientos; la adecuación y conservación de dichos inmuebles; el mantenimiento
de sus instalaciones; la gestión de suministros y servicios; así como la planificación,
tramitación y seguimiento de la contratación administrativa y privada necesaria para ello.
f) Mantener debidamente actualizado el inventario de bienes muebles e inmuebles
de la Intervención General de la Seguridad Social.
g) Elaborar, proponer y gestionar el presupuesto de la Intervención General de la
Seguridad Social.
h) Realizar las actuaciones oportunas con relación a la formación y
perfeccionamiento del personal funcionario vinculado a la Intervención General de la
Seguridad Social y mantener, a estos efectos, las relaciones oportunas con los centros
competentes.
i) Obtener, ordenar y custodiar el material bibliográfico y documental de interés para
la Intervención General de la Seguridad Social.
j) Dirección y gestión de la oficina de asistencia en materia de registros de la
Intervención General de la Seguridad Social.
k) Realizar los estudios e informes que en el ámbito de su competencia se le
encomienden.
l) Cualesquiera otras que le asigne la persona titular de la Intervención General de
la Seguridad Social.
Núm. 128
Miércoles 28 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 69643
f) Organizar, dirigir y diseñar los sistemas de información y aplicaciones generales
de control financiero permanente.
g) Proponer la resolución de consultas en materias de su competencia.
h) Realizar los estudios e informes que en el ámbito de su competencia se le
encomienden o le correspondan.
i) Cualesquiera otras que le asigne la persona titular de la Intervención General de
la Seguridad Social.
Artículo 10. Funciones de la Subdirección General de Organización, Planificación y
Gestión de los Recursos.
La Subdirección General de Organización, Planificación y Gestión de los Recursos
realizará las siguientes funciones:
Artículo 11.
Estructura periférica.
1. La Intervención General de la Seguridad Social está integrada, a nivel periférico,
por los siguientes órganos:
a) Intervenciones delegadas en los servicios centrales de las entidades gestoras y
servicios comunes de la Seguridad Social.
b) Intervenciones delegadas territoriales.
c) Unidades territoriales de control financiero.
cve: BOE-A-2025-10493
Verificable en https://www.boe.es
a) Realizar estudios y elaborar informes, planes y normas relativas a la
organización de la Intervención General de la Seguridad Social.
b) Planificar, programar y proponer la cobertura de los medios personales
necesarios para el ejercicio de las funciones atribuidas a la Intervención General de la
Seguridad Social.
c) La ejecución de la política de personal, la gestión ordinaria del mismo, así como,
en general, todas las funciones inherentes a la administración de personal que competen
a la Intervención General de la Seguridad Social.
d) Controlar y efectuar el seguimiento de la organización, procedimientos y otros
medios utilizados por las Intervenciones delegadas y Unidades territoriales de control
financiero en el ejercicio de sus funciones, con vistas a la elaboración de propuestas
para su ordenación y mejora.
e) La gestión de los medios materiales de la estructura central de la Intervención
General de la Seguridad Social, bienes muebles e inmuebles y su inventario; la gestión de
los arrendamientos; la adecuación y conservación de dichos inmuebles; el mantenimiento
de sus instalaciones; la gestión de suministros y servicios; así como la planificación,
tramitación y seguimiento de la contratación administrativa y privada necesaria para ello.
f) Mantener debidamente actualizado el inventario de bienes muebles e inmuebles
de la Intervención General de la Seguridad Social.
g) Elaborar, proponer y gestionar el presupuesto de la Intervención General de la
Seguridad Social.
h) Realizar las actuaciones oportunas con relación a la formación y
perfeccionamiento del personal funcionario vinculado a la Intervención General de la
Seguridad Social y mantener, a estos efectos, las relaciones oportunas con los centros
competentes.
i) Obtener, ordenar y custodiar el material bibliográfico y documental de interés para
la Intervención General de la Seguridad Social.
j) Dirección y gestión de la oficina de asistencia en materia de registros de la
Intervención General de la Seguridad Social.
k) Realizar los estudios e informes que en el ámbito de su competencia se le
encomienden.
l) Cualesquiera otras que le asigne la persona titular de la Intervención General de
la Seguridad Social.