Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Seguridad Social. (BOE-A-2025-10488)
Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Miércoles 28 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 69590

así como el tipo de lesiones, que concluya el daño producido por el trabajo, dependiendo
de la permanencia en la ocupación y la edad.
c) En todos los casos, los indicadores mostraran su desviación respecto del
colectivo de la misma actividad económica y respecto del colectivo total de personas
trabajadoras.
Artículo 15.
M.P.

Informe del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A.,

El informe de morbilidad y mortalidad se remitirá al Instituto Nacional de Seguridad y
Salud en el Trabajo, O.A., M.P., para que emita informe técnico general en el ámbito de
sus competencias de prevención de riesgos laborales y salud laboral, sobre las
condiciones de trabajo asociadas a la actividad objeto del expediente. Este informe
incluirá también la realización de propuestas de actuación y mejora en materia de
prevención de riesgos laborales.
Asimismo, este informe habrá de tener en cuenta los estudios epidemiológicos
disponibles haciendo una revisión de la literatura científica, si esta existiera, sobre la
morbilidad del colectivo concreto, que pueda ocasionar secuelas, o bien se incremente a
partir de una determinada edad.
Artículo 16. Informe del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo
y Seguridad Social.
El informe de morbilidad y mortalidad se remitirá al Organismo Autónomo Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social a fin de que, en virtud de las funciones
de asistencia técnica que tiene atribuidas, elabore un informe que contenga, entre otros
aspectos, los siguientes extremos:
a) Informe motivado, conforme al artículo 1.2, sobre la posibilidad de modificación
de las condiciones de trabajo. Igualmente, informará sobre las medidas de cualquier tipo,
que dentro su ámbito competencial, considere necesarias para su efectiva aplicación.
b) Las condiciones de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad de las
ocupaciones o actividades profesionales objeto del informe.
Para la elaboración de este informe, el Organismo Autónomo Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrá coordinarse con el Instituto Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., en los primeros 10 días del plazo para la
emisión del informe, para la identificación de las condiciones a comprobar.
Las actuaciones de comprobación necesarias para la emisión del informe se llevarán
a cabo sobre una muestra representativa del colectivo solicitante, que podrá ser
acordada con el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P.
Informe del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función

Exclusivamente para el supuesto de que el inicio del procedimiento sea solicitado
en relación con un colectivo de empleadas o empleados públicos, la Dirección
General de Ordenación de la Seguridad Social, sin perjuicio de los informes
preceptivos señalados en los artículos 15 y 16, solicitará informe al Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, al que se remitirá también el informe
de morbilidad y mortalidad.

cve: BOE-A-2025-10488
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 17.
Pública.