Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10468)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Europea de Madrid, para la realización del Prácticum, en los centros educativos dependientes del Ministerio en Ceuta, de los alumnos que cursen los títulos de Grado en Maestro/a en Educación Infantil, Grado en Maestro en Educación Primaria, y del Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 69412

Régimen Jurídico del Sector Público y a lo estipulado entre otras en las siguientes
disposiciones:
– Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización
de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
– Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario.
– El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.
– La Orden Ministerial ECI/3854/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los
requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el
ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Infantil.
– La Orden Ministerial ECI/3857/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los
requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el
ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Primaria.
– La Orden Ministerial ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los
requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el
ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato,
Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.
– Orden EDU/2026/2010, de 19 de julio, por la que se establecen los requisitos y
convocatoria para el reconocimiento de centros de prácticas y profesores tutores de los
estudiantes del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación
Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas,
para las Ciudades de Ceuta y Melilla.
– La Orden ECD/1039/2017, de 24 de octubre, por la que se establecen el
procedimiento y la convocatoria para el reconocimiento de centros de formación en
prácticas y la acreditación de profesores tutores de prácticas de los títulos universitarios de
Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria, para las ciudades de Ceuta y
Melilla.
B. Oferta del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a través de la Dirección
Provincial de Ceuta, procederá a la selección y reconocimiento de los centros docentes de
Ceuta y Melilla sostenidos con fondos públicos acreditados como centros de prácticas, así
como de los tutores de docencia directa, de acuerdo con la normativa anteriormente
indicada y podrá ofrecer plazas de prácticas con la periodicidad que se requiera en dichos
centros.
C. Naturaleza y condiciones de las prácticas.
La naturaleza y condiciones particulares de cada práctica concreta serán establecidas
entre la Universidad Europea de Madrid y la Dirección Provincial del MEFPD en Ceuta a la
que esté adscrito el centro o programa al que el alumno vaya a ir destinado para cada una
de ellas.
Las prácticas ofertadas asegurarán el correcto desarrollo y seguimiento de las
actividades académicas del estudiante, con una duración que establezca el plan de estudios
correspondiente, no superior al cincuenta por ciento de los créditos del curso académico
correspondiente, conforme regulación del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por
el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las
titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
La colaboración de este convenio se concretará en un proyecto formativo por
estudiante, que constará en documento anexo, y será firmado por el tutor académico
designado por la Universidad, el estudiante y el tutor designado por el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes. En este anexo se recogerán las condiciones
particulares de las prácticas (fechas de comienzo y finalización, horario, lugar de desarrollo

cve: BOE-A-2025-10468
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Núm. 127