Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10468)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Europea de Madrid, para la realización del Prácticum, en los centros educativos dependientes del Ministerio en Ceuta, de los alumnos que cursen los títulos de Grado en Maestro/a en Educación Infantil, Grado en Maestro en Educación Primaria, y del Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127
Martes 27 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69411
cuales establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que
habiliten, respectivamente, para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación
Infantil, Maestro en Educación Primaria y Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas. En las mismas cabe
destacar que se recoge de manera específica que el Prácticum de dichos títulos ha de ser
orientado y tutelado por profesionales de la educación en ejercicio, acreditados como
tutores de prácticas.
Quinto.
Que, según las Órdenes ECD/1039/2017, de 24 de octubre y EDU/2026/2010, de 19 de
julio, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes tiene la responsabilidad
de acreditar y seleccionar, en su ámbito de gestión, a los centros y profesores tutores de
prácticas en las ciudades de Ceuta y Melilla, para que los estudiantes de los Grados en
Educación Infantil y Primaria, así como en su caso a los de Máster Universitario en
Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y
Enseñanzas de Idiomas puedan realizar el prácticum en centros docentes de dicha ciudad
en condiciones de calidad óptima, sin perjuicio de la autonomía de las Universidades para la
elaboración de los planes de estudio correspondientes, estableciéndose en estas
disposiciones el procedimiento de acreditación necesario tanto para los centros educativos
como para el profesorado que ejerza las funciones de tutores de prácticas.
Sexto.
En virtud de sus mutuos intereses y objetivos, consideran establecer un marco de
colaboración en el que se aprovechen y potencien sus recursos docentes, metodológicos y
de ejercicio para colaborar en los procesos de formación de estudiantes de la Universidad a
través de programas de prácticas.
Con tal fin, acuerdan suscribir el presente convenio de conformidad con las cláusulas
que figuran a continuación.
CLÁUSULAS
La finalidad del presente convenio es establecer la colaboración entre el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad Europea de Madrid para la
formación de sus estudiantes que cursen los estudios de Grado de Maestro en Educación
Infantil, Grado de Maestro en Educación Primaria así como del Máster Universitario en
Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y
Enseñanza de Idiomas, a través de un programa de prácticas académicas externas no
remuneradas, que se realizarán en los centros dependientes del Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes en Ceuta y cuyo objetivo es permitir a los estudiantes de
los estudios indicados, el ejercicio de la práctica de la docencia, así como aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la
adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento a
través de un programa de prácticas integradas.
Segunda.
Condiciones generales del convenio.
A. Régimen jurídico general aplicable.
El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en los
artículos 47 a 53 (capítulo VI, título preliminar) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
cve: BOE-A-2025-10468
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.
Núm. 127
Martes 27 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69411
cuales establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que
habiliten, respectivamente, para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación
Infantil, Maestro en Educación Primaria y Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas. En las mismas cabe
destacar que se recoge de manera específica que el Prácticum de dichos títulos ha de ser
orientado y tutelado por profesionales de la educación en ejercicio, acreditados como
tutores de prácticas.
Quinto.
Que, según las Órdenes ECD/1039/2017, de 24 de octubre y EDU/2026/2010, de 19 de
julio, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes tiene la responsabilidad
de acreditar y seleccionar, en su ámbito de gestión, a los centros y profesores tutores de
prácticas en las ciudades de Ceuta y Melilla, para que los estudiantes de los Grados en
Educación Infantil y Primaria, así como en su caso a los de Máster Universitario en
Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y
Enseñanzas de Idiomas puedan realizar el prácticum en centros docentes de dicha ciudad
en condiciones de calidad óptima, sin perjuicio de la autonomía de las Universidades para la
elaboración de los planes de estudio correspondientes, estableciéndose en estas
disposiciones el procedimiento de acreditación necesario tanto para los centros educativos
como para el profesorado que ejerza las funciones de tutores de prácticas.
Sexto.
En virtud de sus mutuos intereses y objetivos, consideran establecer un marco de
colaboración en el que se aprovechen y potencien sus recursos docentes, metodológicos y
de ejercicio para colaborar en los procesos de formación de estudiantes de la Universidad a
través de programas de prácticas.
Con tal fin, acuerdan suscribir el presente convenio de conformidad con las cláusulas
que figuran a continuación.
CLÁUSULAS
La finalidad del presente convenio es establecer la colaboración entre el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad Europea de Madrid para la
formación de sus estudiantes que cursen los estudios de Grado de Maestro en Educación
Infantil, Grado de Maestro en Educación Primaria así como del Máster Universitario en
Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y
Enseñanza de Idiomas, a través de un programa de prácticas académicas externas no
remuneradas, que se realizarán en los centros dependientes del Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes en Ceuta y cuyo objetivo es permitir a los estudiantes de
los estudios indicados, el ejercicio de la práctica de la docencia, así como aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la
adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento a
través de un programa de prácticas integradas.
Segunda.
Condiciones generales del convenio.
A. Régimen jurídico general aplicable.
El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en los
artículos 47 a 53 (capítulo VI, título preliminar) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
cve: BOE-A-2025-10468
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.